¿Qué es el catálogo de cuentas?

La práctica de la Contabilidad ha evolucionado a través de los tiempos, desde el inicio de los registros contables en papel, hasta el envío de la información a las autoridades, la cual en la actualidad se genera en formato digital.

¿Qué es el catálogo de cuentas?

Es el documento que forma parte de la Contabilidad y que contiene una lista analítica ordenada y sistemática de las cuentas que la integran.

También el catálogo de cuentas es considerado como una herramienta importante para la captura de los registros contables, a tal grado que al momento de analizarlo el usuario puede darse una idea del giro de la empresa.

Los catálogos de cuentas están ordenados por niveles escalonados, los cuales dependerán directamente del tipo de operaciones que desarrolle la organización.

Ejemplo:

……….……….……….Nivel 1———————–Cuenta

……….……….……….……….Nivel 2———————–Subcuenta

……….……….……….……….……….Nivel 3———————–Subsubcuenta

……….……….……….……….……….……….Nivel  4———————–Cuenta auxiliar

Envío al SAT

Una de las obligaciones contempladas por el Código Fiscal de la Federación (CFF) es el envío del catálogo de cuentas, el cual deberá hacerse por única vez y cada vez que sea modificado.

¿Cómo se envía el catálogo de cuentas?

La entrega de la información es a través del Buzón Tributario en el apartado de Contabilidad Electrónica. El envío debe hacerse con firma electrónica, en formato XML y deberá tener las cuentas de nivel mayor y subcuenta (niveles 1 y 2)

Si el envío es exitoso se recibirá un acuse de recepción; sin embargo, cuando los archivos tengan errores informáticos, en estos casos se recibirá un aviso a través del Buzón Tributario para que, dentro de los 3 días hábiles siguientes, se corrija esa situación y se envíe nuevamente.

Atributos del catálogo de cuentas

De acuerdo con el Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, el catálogo de cuentas debe contener los siguientes atributos:

Versión. La cual deberá partir de la 1.0.2.
RFC del contribuyente.
Total de cuentas que contiene el catálogo.
Mes en el que inicie la vigencia del catálogo para la balanza de comprobación.
Año en el que inicie la vigencia del catálogo para la balanza de comprobación.
Código agrupador de cuentas, de acuerdo al catálogo publicado por el SAT.
Número de la cuenta.
Descripción de la cuenta.
Subcuentas, clave de la cuenta a la que pertenece.
Nivel en que se encuentra la cuenta.
Naturaleza de la cuenta (D – Deudora, A – Acreedora).
Actualmente, con las reformas referentes a la Contabilidad Electrónica, la autoridad tendrá a su alcance prácticamente el total de la información contable. Cumplir en tiempo y forma con las obligaciones fiscales representa tranquilidad para los obligados, ya que hacer caso a lo dispuesto por la autoridad le ahorra al contribuyente erogaciones por concepto de sanciones administrativas.

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