Reglamento RD 279/99 Anexo IV

 

ANEXO IV

Especificaciones técnicas mínimas de las edificaciones en materia de telecomunicaciones

1. Objeto

Estas especificaciones técnicas tienen por objeto establecer los requisitos mínimos que, desde un punto de vista técnico, han de cumplir las canalizaciones, recintos y elementos complementarios que alberguen la infraestructura común de telecomunicaciones (ICT) para facilitar su despliegue, mantenimiento y reparación, contribuyendo de esta manera a posibilitar el que los usuarios finales accedan a los servicios de telefonía disponible al público y red digital de servicios integrados (TB + RDSI), Telecomunicaciones por Cable (TLCA) y Radiodifusión y Televisión (RTV).

En los apéndices 1 al 8 de las presentes especificaciones técnicas, se describen gráficamente los términos y definiciones utilizados a lo largo de este anexo.

2. Ámbito de aplicación

En todo caso, las presentes especificaciones técnicas serán de aplicación con carácter general a:

1) Inmuebles de nueva construcción cuyo destino principal sea el de vivienda, en bloques de pisos que generalmente disponen de un reducido número de locales comerciales y oficinas, aun cuando puede servir como referencia para el resto de inmuebles, y

2) Conjuntos de viviendas unifamiliares aisladas, adosadas, pareadas o cualquier otra configuración (en adelante viviendas unifamiliares) que dispongan de elementos comunes y, por tanto, estén acogidas al régimen de propiedad horizontal. Se exceptúan aquellos casos en los que la configuración está constituida por espacios parcelados aislados, con viviendas unifamiliares a las que se accede desde los viales públicos mediante acometidas individuales, para dotarlas de instalaciones de telecomunicación.

3. Topología de la ICT

La infraestructura que soporta el acceso a los servicios de telecomunicación contemplados en las presentes especificaciones técnicas, para inmuebles como los señalados en el punto 1) del apartado anterior, responderá a los esquemas reflejados en los diagramas o planos tipo incluidos como apéndices 1 y apéndice 2 a este anexo.

Dicho esquema obedece a la necesidad de establecer de manera clara los diferentes elementos que conforman la ICT del inmueble y que permiten soportar los distintos servicios de telecomunicación.

Las redes de alimentación de los distintos operadores se introducen en la ICT, por la parte inferior del inmueble a través de la arqueta de entrada y de las canalizaciones externa y de enlace, atravesando el punto de entrada general del inmueble y, por la parte superior del mismo, a través del pasamuro y de la canalización de enlace hasta los registros principales situados en los recintos de instalaciones de telecomunicaciones, donde se produce la interconexión con la red de distribución de la ICT.

La red de distribución tiene como función principal llevar a cada planta del inmueble las señales necesarias para alimentar la red de dispersión. La infraestructura que la soporta está compuesta por la canalización principal, que une los recintos de instalaciones de telecomunicaciones inferior y superior y por los registros principales.

La red de dispersión se encarga, dentro de cada planta del inmueble, de llevar las señales de los diferentes servicios de telecomunicación hasta los PAU de cada usuario. La infraestructura que la soporta está formada por la canalización secundaria y los registros secundarios.

La red interior de usuario tiene como función principal distribuir las señales de los diferentes servicios de telecomunicación en el interior de cada vivienda o local, desde los PAU hasta las diferentes bases de toma de cada usuario. La infraestructura que la soporta está formada por la canalización interior de usuario y los registros de terminación de red y de toma.

Así, con carácter general, pueden establecerse como referencia los siguientes puntos de la ICT:

Punto de interconexión o de terminación de red: es el lugar donde se produce la unión entre las redes de alimentación de los distintos operadores de los servicios de telecomunicación con la red de distribución de la ICT del inmueble. Se encuentra situado en el interior de los recintos de instalaciones de telecomunicaciones.

Punto de distribución: es el lugar donde se produce la unión entre las redes de distribución y de dispersión de la ICT del inmueble. Habitualmente se encuentra situado en el interior de los registros secundarios.

Punto de acceso al usuario (PAU): es el lugar donde se produce la unión de las redes de dispersión e interiores de cada usuario de la ICT del inmueble. Se encuentra situado en el interior de los registros de terminación de red.

Base de acceso terminal: es el punto donde el usuario conecta los equipos terminales que le permiten acceder a los servicios de telecomunicación que proporciona la ICT del inmueble. Se encuentra situado en el interior de los registros de toma.

Desde el punto de vista del dominio en el que están situados los distintos elementos que conforman la ICT, puede establecerse la siguiente división:

Zona exterior del inmueble: en ella se encuentran la arqueta de entrada y la canalización externa.

Zona común del inmueble: donde se sitúan todos los elementos de la ICT comprendidos entre el punto de entrada general del inmueble y los puntos de acceso al usuario.

Zona privada del inmueble: la que comprende los elementos de la ICT que conforman la red interior de los usuarios.

Para el caso de conjuntos de viviendas como las descritas en el punto 2) del apartado precedente, la topología de la ICT responderá a los esquemas reflejados en los diagramas o planos tipo incluidos como apéndices 7 y apéndice8 a las presentes especificaciones técnicas. En ellos se observa que, como consecuencia del tipo de construcción, la red de dispersión y la de distribución se simplifican de manera notable. Los servicios de telecomunicación se introducen a partir de un único recinto común de instalaciones de telecomunicaciones, siendo válidos en general los conceptos y descripciones efectuadas para el otro tipo de inmuebles.

4. Definiciones

4.1 Arqueta de entrada. Es el recinto que permite establecer la unión entre las redes de alimentación de los servicios de telecomunicación de los distintos operadores y la infraestructura común de telecomunicación del inmueble. Se encuentra en la zona exterior del inmueble y a ella confluyen por un lado las canalizaciones de los distintos operadores y por otro la canalización externa de la ICT del inmueble. Su construcción corresponde a la propiedad del inmueble.

4.2 Canalización externa. Está constituida por los conductos que discurren por la zona exterior del inmueble desde la arqueta de entrada hasta el punto de entrada general del inmueble. Es la encargada de introducir en el inmueble las redes de alimentación de los servicios de telecomunicación de los diferentes operadores. Su construcción corresponde a la propiedad del inmueble.

4.3 Punto de entrada general. Es el lugar por donde la canalización externa que proviene de la arqueta de entrada accede a la zona común del inmueble.

4.4 Canalización de enlace. Para el caso de inmuebles de viviendas y teniendo en cuenta el lugar por el que se acceda al inmueble, se define como:

Para la entrada al inmueble por la parte inferior, es la que soporta los cables de la red de alimentación desde el punto de entrada general hasta el registro principal ubicado en el recinto de instalaciones de telecomunicaciones inferior (RITI).

Para la entrada al inmueble por la parte superior, es la que soporta los cables que van desde los sistemas de captación hasta el recinto de instalaciones de telecomunicaciones superior (RITS), entrando en el inmueble mediante el correspondiente elemento pasamuro.

Para el caso de conjuntos de viviendas unifamiliares, se define como:

La que soporta los cables de la red de alimentación de los diferentes servicios de telecomunicación desde el punto de entrada general hasta los registros principales, y desde los sistemas de captación hasta el elemento pasamuro, situados en el recinto de instalaciones de telecomunicaciones único (RITU).

En cualquier caso está constituida por los conductos de entrada y los elementos de registro intermedios que sean precisos. Los elementos de registro son las cajas o arquetas intercaladas en esta canalización de enlace para poder facilitar el tendido de los cables de alimentación.

4.5 Recintos de instalaciones de telecomunicaciones. Se establecen los siguientes tipos de recintos para el caso de inmuebles de viviendas:

4.5.1 Recinto Inferior (RITI): es el local o habitáculo donde se instalarán los registros principales correspondientes a los distintos operadores de los servicios de telecomunicación de TB + RDSI y TLCA, y los posibles elementos necesarios para el suministro de estos servicios. Asimismo, de este recinto arranca la canalización principal de la ICT del inmueble.

El registro principal para TB + RDSI es la caja que contiene el punto de interconexión entre las redes de alimentación y la de distribución del inmueble. En el caso particular de que la red de distribución conste de 25 6 menos pares, puede contener directamente el punto de distribución.

El registro principal para TLCA es la caja soporte del equipamiento que constituye el punto de interconexión entre la red de alimentación y la de distribución del inmueble.

4.5.2 Recinto superior (RITS): es el local o habitáculo donde se instalarán los elementos necesarios para el suministro de los servicios de RTV y, en su caso, de otros posibles servicios. En él se alojarán los elementos necesarios para adecuar las señales procedentes de los sistemas de captación de emisiones radioeléctricas de RTV, para su distribución por la ICT del inmueble o, en el caso de otros servicios, los elementos necesarios para trasladar las señales recibidas hasta el RITI.

4.5.3 Recinto único (RITU): para el caso de viviendas unifamiliares se establece un único recinto de instalaciones de telecomunicaciones (RITU) que acumule la funcionalidad de los dos descritos anteriormente.

4.5.4 Recinto modular (RITM): para los casos de inmuebles de pisos y de conjuntos de viviendas unifamiliares de hasta veinte viviendas, los recintos superior, inferior y único podrán ser realizados mediante armarios ignífugos de tipo modular.

4.6 Canalización principal. Es la que soporta la red de distribución de la ICT del inmueble, conecta el RITI y el RITS entre sí y éstos con los registros secundarios. Podrá estar formada por galerías, tuberías o canaletas.

En ella se intercalan los registros secundarios, que conectan la canalización principal y las secundarias. También se utilizan para seccionar o cambiar de dirección la canalización principal.

En el caso de acceso radioeléctrico de servicios distintos de los de radiodifusión sonora y televisión, la canalización principal tiene como misión añadida la de hacer posible el traslado de las señales desde el RITS hasta el RITI.

4.7 Canalización secundaria. Es la que soporta la red de dispersión del inmueble, conecta los registros secundarios con los registros de terminación de red.

En ella se intercalan los registros de paso, que son los elementos que facilitan el tendido de los cables entre los registros secundarios y los registros de terminación de red.

Los registros de terminación de red son los elementos que conectan las canalizaciones secundarias con las canalizaciones interiores de usuario. En estos registros se alojan los correspondientes puntos de acceso a los usuarios: en el caso de RDSI, el PAU podrá ir superficial al lado de este registro. Estos registros se ubicarán siempre en el interior de la vivienda, oficina o local comercial y podrán ser suministrados por los operadores de los servicios previo acuerdo entre las partes.

4.8 Canalización interior de usuario. Es la que soporta la red interior de usuario, conecta los registros de terminación de red y los registros de toma. En ella se intercalan los registros de paso que son los elementos que facilitan el tendido de los cables de usuario.

Los registros de toma, son los elementos que alojan las bases de acceso terminal (BAT), o tomas de usuario, que permiten al usuario efectuar la conexión de los equipos terminales de telecomunicación o los módulos de abonado con la ICT, para acceder a los servicios proporcionados por ella.

5. Diseño y dimensionado

Como norma general, las canalizaciones deberán estar, como mínimo, a 10 cm de cualquier encuentro entre dos paramentos.

5.1 Arqueta de entrada. La arqueta de entrada deberá tener unas dimensiones interiores mínimas de 800 x 700 x 820 mm (largo x ancho x profundo), dispondrá de dos puntos para el tendido de cables situados 150 mm por encima de su fondo, y tendrá la forma indicada en el apéndice 3 de las presentes especificaciones técnicas. Se recomienda consultar su ubicación con los posibles operadores de servicio.

5.2 Canalización externa. La canalización externa que va desde la arqueta de entrada hasta el punto de entrada general al inmueble, estará constituida por un mínimo de 8 conductos de 63 mm de diámetro exterior. de acuerdo con el esquema del apéndice 4 de las presentes especificaciones técnicas.

La utilización de estos conductos para los distintos servicios de telecomunicación será la siguiente:

5.3 Punto de entrada general. Es el elemento pasamuro que permite la entrada al inmueble de la canalización externa, capaz de albergar los conductos de 63 mm de diámetro exterior que provienen de la arqueta de entrada.

El punto de entrada general terminará por el lado interior del inmueble, en un registro de enlace de las dimensiones indicadas en el apartado 5.4.1, para dar continuidad hacia la canalización de enlace.

5.4 Canalización de enlace.

5.4.1 Para entrada inferior: esta canalización estará formada por tubos, en número igual a los de la canalización externa o bien por canaletas, que alojarán únicamente redes de telecomunicación. En ambos casos, podrán instalarse empotrados o superficiales, o en canalizaciones subterráneas.

En el caso de tubos, los cuatro destinados a TB, se dimensionarán todos del mismo diámetro exterior, en función del número de pares de los cables de la red de distribución, de acuerdo con la siguiente tabla:

Nº de pares Diámetro del

cable mayor

Tubos de

PVC (4)

Tubos de

acero (4)

Hasta 250

Entre 250 y 525

Entre 525 y 800

Hasta 28 mm

Hasta 35 mm

Hasta 45 mm

40 mm

50 mm

63 mm

42’4 mm

48’3 mm

60’3 mm

Para los dos tubos destinados a TLCA y para el de RDSI puede suponerse un diámetro del cable no superior a 16 mm, por lo que el diámetro mínimo de estos tres conductos, será de 40 mm en el caso de tubo de PVC y 42,4 mm para tubo de acero.

En los casos en que parte de la canalización de enlace sea subterránea, será prolongación de la canalización externa de acuerdo con el apéndice 4 de las presentes especificaciones técnicas, eliminando el registro de enlace asociado al punto de entrada general.

El tubo de reserva será como mínimo, igual al de mayor diámetro que se haya obtenido anteriormente.

En el caso de canaletas se dispondrán cuatro espacios independientes, en una o varias canaletas, asignándose cada espacio de la siguiente forma:

La sección útil de cada espacio (Si), se determinará según la siguiente fórmula:

Si mayor o igual que C x Sj

siendo:

C = 2 para cables coaxiales ó C = 1,82 para el resto de cables.

Sj = Suma de las secciones de los cables que se instalen en ese espacio.

Para seleccionar la canaleta o canaletas a instalar, se tendrá en cuenta que la dimensión inferior menor de cada espacio será 1,3 veces el diámetro del cable mayor a instalar en él.

En los espacios correspondientes a TB + RDSI, la sección y el diámetro del cable mayor de TB se determinarán en función del número total de pares de los cables de la red de distribución de la ICT, de acuerdo con la siguiente tabla:

Nº de pares Sj (mm2) Diámetro (mm.)
Hasta 100
335 18
Entre 100 y 200
520 24
Entre 200 y 400
910 31
Entre 400 y 800 1520 40

En los tramos de canalización superficial con tubos, éstos deberán fijarse mediante grapas separadas, como máximo, un metro.

Cuando la canalización sea mediante tubos, se colocarán registros de enlace (armarios o arquetas) en los siguientes casos:

Cada 30 m de longitud en canalización empotrada o superficial y 50 m en canalización subterránea.

En el punto de intersección de dos tramos rectos no alineados o bien dentro de los 60 cm antes de la intersección en un solo tramo de los dos que se encuentren. En este último caso, la curva en la intersección tendrá un radio mínimo de 35 cm y no presentará deformaciones en la parte cóncava del tubo.

Las dimensiones mínimas de estos registros de enlace serán 70 x 50 x 12 cm (alto x ancho x profundo) para el caso de registros en pared.

Para el caso de arquetas las dimensiones interiores mínimas serán 40 x 40 x 40 cm.

Cuando la canalización sea mediante canaletas, en los puntos de encuentro en tramos no alineados se colocarán accesorios de cambio de dirección con un radio mínimo de 35 cm.

5.4.2 Para entrada superior: en la canalización de enlace superior, los cables irán sin protección entubada entre los elementos de captación (antenas) y el punto de entrada al inmueble (pasamuro). A partir de aquí la canalización de enlace estará formada por 4 tubos, empotrados o superficiales, cuyas dimensiones en mm serán las siguientes:

Las fijaciones superficiales de los tubos serán las mismas del punto anterior 5.4. 1.

Los armarios de registro de enlace se colocarán en los mismos casos que en el punto anterior y sus dimensiones mínimas serán 45 x 45 x 12 cm (alto x ancho x profundo).

5.5 Recintos de instalaciones de telecomunicaciones. Los recintos dispondrán de espacios delimitados en planta para cada tipo de servicio de telecomunicación. Estarán equipados con un sistema de escalerillas o canaletas horizontales para el tendido de los cables oportunos. La escalerilla o canaleta se dispondrá en todo el perímetro interior a 30 cm del techo. Las características citadas no serán de aplicación a los recintos de tipo modular (RITM).

En cualquier caso tendrán una puerta de acceso metálica, con apertura hacia el exterior y dispondrán de cerradura con llave común para los distintos usuarios autorizados. El acceso a estos recintos estará controlado y la llave estará en poder del presidente de la comunidad de propietarios o del propietario del inmueble, o de la persona o personas en quien deleguen, que facilitarán el acceso a los distintos operadores para efectuar los trabajos de instalación y mantenimiento necesarios.

5.5.1 Dimensiones: los recintos de instalaciones de telecomunicaciones tendrán las dimensiones mínimas siguientes:

  RITI RITS RITU RITM
Anchura 200 cm 200 cm 200 cm 100 cm
Profundidad 270 cm 200 cm 270 cm 50 cm
Altura 230 cm 230 cm 230 cm 200 cm

5.5.2 Características constructivas: los recintos de instalaciones de telecomunicación, excepto los RITM, deberán tener las siguientes características constructivas mínimas:

Solado: pavimento rígido que disipe cargas electrostáticas: terrazo, cemento, etc.

Paredes y techo con capacidad portante suficiente

El sistema de toma de tierra se hará según lo dispuesto en el apartado 7 de las presentes especificaciones técnicas.

5.5.3 Ubicación del recinto: los recintos estarán situados en zona comunitaria. El RITI (o el RITU en los casos que proceda) estará a ser posible sobre la rasante; de estar a nivel inferior se le dotará de sumidero con desagüe que impida la acumulación de aguas. El RITS estará preferentemente en la cubierta o azotea y nunca por debajo de la última planta del inmueble. En los casos en que pudiera haber un centro de transformación de energía próximo, caseta de maquinaria de ascensores o maquinaria de aire acondicionado, los recintos de instalaciones de telecomunicaciones se distanciarán de éstos un mínimo de dos metros, o bien se les dotará de una protección contra campo electromagnético prevista en el apartado 7.3 de estas especificaciones técnicas.

Se evitará, en la medida de lo posible, que los recintos se encuentren en la proyección vertical de canalizaciones o desagües y, en todo caso, se garantizará su protección frente a la humedad.

5.5.4 Ventilación: el recinto dispondrá de ventilación natural directa, ventilación natural forzada por medio de conducto vertical y aspirador estático, o de ventilación mecánica que permita una renovación total del aire del local al menos dos veces a la hora. Esta exigencia no será aplicable a los recintos tipo RITM.

5.5.5 Instalaciones eléctricas de los recintos: se habilitará una canalización eléctrica directa hasta el cuarto de contadores del inmueble, constituida por cables de cobre con aislamiento hasta 750 V y de 2 x 6 + T mm2 de sección, irá en el interior de un tubo de PVC, empotrado o superficial, con diámetro mínimo de 29 mm.

La citada canalización finalizará en el correspondiente cuadro de protección, que tendrá las dimensiones suficientes para instalar en su interior las protecciones mínimas, y una previsión para su ampliación en un 50 por 100, que se indican a continuación:

Para cada uno de los posibles servicios, el mencionado cuadro de protección dispondrá de espacio suficiente para que cada operador instale los siguientes elementos:

El citado cuadro de protección se situará lo más próximo posible a la puerta de entrada, tendrá tapa y podrá ir instalado de forma empotrada o superficial. Podrá ser de material plástico autoextinguible o metálico. Deberá tener un grado de protección mínimo IP 40. Dispondrá de un regletero apropiado para la conexión del cable de puesta a tierra.

En cada recinto habrá, como mínimo, dos bases de enchufe con toma de tierra y de capacidad mínima de 16 A. Se dotará con cables de cobre con aislamiento hasta 750 V y de 2 x 2,5 + T mm 2 de sección.

5.5.6 Alumbrado: se habilitarán los medios para que en los RIT exista un nivel medio de iluminación de 300 lux, así como un aparato de iluminación autónomo de emergencia.

5.6 Registros principales. El registro principal para TB + RDSI debe tener las dimensiones suficientes para alojar las regletas del punto de interconexión, así como las guías y soportes necesarios para el encaminamiento de cables y puentes, teniendo en cuenta que el número de pares de las regletas de salida será igual a la suma total de los pares de la red de distribución. En cuanto al registro principal para TLCA, tendrá las dimensiones necesarias para albergar los elementos derivadores que proporcionan señal a los distintos usuarios.

Los registros principales de los distintos operadores estarán dotados con los mecanismos adecuados de seguridad que eviten manipulaciones no autorizadas de los mismos.

5.7 Canalización principal. En el caso de inmuebles de viviendas, la canalización principal deberá ser rectilínea, fundamentalmente vertical y de una capacidad suficiente para alojar todos los cables necesarios para los servicios de telecomunicación del inmueble. Cuando el número de usuarios (viviendas, oficinas o locales comerciales) por planta sea superior a 8, se dispondrá más de una distribución vertical, atendiendo cada una de ellas a un número máximo de 8 usuarios por planta. En inmuebles con distribución en varias verticales, cada vertical tendrá su canalización principal independiente, partiendo todas ellas del registro principal único tal y como se contempla en el apéndice 5 de las presentes especificaciones técnicas. Cada canalización principal unirá los dos recintos. Esta canalización será empotrada y puede materializarse mediante tubos, galería vertical o canaleta, alojándose, en estos dos últimos casos, en ellas únicamente redes de telecomunicación. La canalización discurrirá próxima al hueco de ascensores o escalera.

En el caso de viviendas unifamiliares, la canalización deberá ser lo más rectilínea posible y con capacidad suficiente para alojar todos los cables necesarios para los servicios de telecomunicación que incluirá la ICT. Cada canalización principal atenderá a un número de viviendas unifamiliares similar al del caso anterior. Podrán estar enterradas, empotradas o ir superficiales y materializarse mediante tubos o galerías en los que se alojarán, exclusivamente redes de telecomunicación, y discurrirán, siempre que sea razonable, por la zona común y en cualquier raso por zonas accesibles.

5.7.1 Canalización con tubos: en el caso de que la canalización se realice mediante tubos, su diámetro será de 40 mm y su número se determinará de la siguiente manera:

Para TB (o TB + RDSI por los mismos pares) un tubo por cada cable multipar o, para el caso de verticales con 25 ó menos pares, uno o dos tubos, teniendo en cuenta que por cada tubo se instalarán como máximo 18 cables de acometida interior de un par o 16 de dos pares. En el caso de viviendas unifamiliares se instalarán como máximo 4 cables de acometida exterior por cada tubo.

Para accesos primarios de RDSI que empleen cable especial (de pares apantallados, F.O. o coaxiales) los tubos que sean precisos, teniendo en cuenta que la suma de las superficies de las secciones transversales de los cables no debe superar los 275 mm 2 por tubo. Se indica, a estos efectos, que si el acceso primario se da mediante coaxiales se precisan dos cables (uno para cada sentido de la transmisión) de 17,5 mm (díametro 4,7 mm) por cada acceso primario que se prevea: si se da mediante par apantallado, un solo cable de 2 pares (uno para cada sentido) de 20 mm 2 ( diámetro 5 mm) por cada acceso primario; y si se realiza mediante F.O., para cada acceso primario se precisan 1 ó 2 fibras (una para cada sentido) dependiendo del sistema. los cables disponibles son de 4, 6 u 8 fibras, todos ellos de 38,7 mm 2 ( diámetro 7 mm). En este último caso el radio de curvatura mínimo que presentará el cable una vez instalado será de 14 cm.

Para la determinación del número de tubos para TLCA se tendrá en cuenta una topología del tipo estrella, contemplándose dos casos:

a) Para el caso de inmuebles de viviendas:

  1. Si la altura del inmueble es inferior a nueve plantas, el número de tubos se determinará a razón de dos, por cada ocho viviendas o fracción de éstas; teniendo en cuenta que el cable coaxial que se prevea instalar será de un máximo de 7 mm y se aloje por cada tubo un máximo de ocho cables de estas características.
  2. Si la altura es igual o superior a nueve plantas el cálculo del número de tubos se hará dividiendo el inmueble en dos o más zonas de distribución aproximadamente iguales. Cada zona de distribución se dimensionará en número de tubos según el párrafo anterior y sumando dos tubos adicionales hasta los puntos intermedios de distribución para alojar los cables de distribución de las zonas adicionales por cada servicio.

El número de plantas que delimita los dos casos anteriores es orientativo. Por otra parte, en el caso de inmuebles de más de 9 alturas y más de 4 usuarios por planta, se podrá disponer más de una distribución vertical.

b) Para el caso de viviendas unifamiliares, el número de tubos se determinará a razón de dos, por cada ocho viviendas o fracción de éstas; teniendo en cuenta que el cable coaxial que se prevea instalar será de un máximo de 7 mm y se aloje por cada tubo un máximo de ocho cables de estas características.

Para RTV, al tener su red una topología del tipo árbol rama, el número de tubos se determinará de la siguiente forma:

Se instalarán al menos dos tubos. La ocupación máxima de cada tubo será de 8 cables coaxiales de 7 mm de diámetro ó 4 de 11 mm o, en caso de combinaciones de estos u otros tipos de cables, la suma de la superficie de las secciones transversales de todas ellas no superará el 40 por 100 de la superficie de la sección transversal útil del tubo. Si excepcionalmente se superan estos límites, se duplicará el número de tubos.

El número mínimo de tubos de reserva será de uno por cada cuatro tubos o fracción determinados según las reglas anteriores.

5.7.2 Canalización con canaletas o galerías: en el caso de canaletas o galerías, se determinarán cinco compartimentos independientes, asignándose de la siguiente forma:

Para su dimensionado se aplicarán las reglas específicas de dimensionado de canaletas definidas en el apartado 5.4.1 de las presentes especificaciones técnicas, siendo el número de cables y su dimensión el determinado en el proyecto de red del inmueble. En el caso de que por cada compartimento discurrieran más de ocho cables, estos se encintarán en grupos de ocho col máximo, identificándolos convenientemente.

5.8 Registros secundarios. Se colocará un registro secundario en los siguientes casos:

a) En los puntos de encuentro entre una canalización principal y una secundaria en el caso de inmuebles de viviendas, y en los puntos de segregación hacia cada vivienda en el caso de viviendas unifamiliares.

b) En cada cambio de dirección o bifurcación de la canalización principal.

c) En cada tramo de 30 m de canalización principal.

Las dimensiones mínimas serán:

Para inmuebles de pisos, con un número de viviendas por planta superior a dos:

En el caso a) 55 x 100 x 15 cm (alto x ancho x profundo) y alojará los 2 posibles derivadores de la red de RTV, así como el bloque de regletas de TB + RDSI.

En los casos b) y c) 45 x 45 x 15 cm.

Para viviendas unifamiliares, o inmuebles de pisos con un número de viviendas por planta menor o igual a dos:

En los tres casos a), b) y c) 45 x 45 x 15 cm.

En el caso b), cuando la canalización principal sea subterránea, serán arquetas de dimensiones 40 x 40 x 40 cm.

Los registros secundarios se ubicarán en zona comunitaria y de fácil acceso, debiendo estar dotados con el correspondiente sistema de cierre y, en los casos en los que en su interior se aloje algún elemento de conexión, dispondrá de llave que deberá estar en posesión de la propiedad del inmueble.

Si en algún registro secundario fuera precio instalar algún amplificador o igualador, se utilizarán registros complementarios como los de los casos b) o c) para estos usos en exclusiva.

Los registros secundarios del caso a) deberán disponer de espacios delimitados para cada uno de los tres servicios: TB + RDSI, TLCA y RTV.

5.9 Canalizaciones secundarias. Del registro secundario podrán salir varias canalizaciones secundarias que deberán ser de capacidad suficiente para alojar todos los cables para los servicios de telecomunicación de las viviendas a las que sirvan. El apéndice 6 recoge un ejemplo práctico de configuración típica de una canalización secundaria. Esta canalización puede materializarse mediante tubos o canaletas.

Si es mediante tubos, en sus tramos comunitarios será de 6 tubos, que se destinarán a lo siguiente:

Sus dimensiones mínimas se determinarán por separado de acuerdo con la siguiente tabla:

Diametro Exterior del tubo Nº de cables de acometida interior para TB + RDSI Nº de cables de acometida exterior para TB + RDSI Nº de acometidas de usuario para TLCA Nº de acometidas de usuario para RTV
De 1 par De 2 pares
16 1-3 1-3 1 1 1
20 4-6 4-5 2 2 2
32 7-12 6-11 4 6 6
40 13-18 12-16 6 8 8

Cuando se precisen cables especiales para servicios de acceso primario de RDSI, éstos se ubicarán por los mismos conductos que la TB, contabilizándolos como tres cables de acometida interior adicionales por cada usuario que tenga este servicio.

Para la distribución o acceso a las viviendas en inmuebles de pisos, se colocará en la derivación un registro de paso tipo A (ver apartado 5. 10 de las presentes especificaciones técnicas) del que saldrán a la vivienda 2 tubos de 20 mm de diámetro exterior. Por uno de dichos tubos irán los cables de los servicios de TLCA, y un cable de acometida interior de TB; por el otro, irán los cables de los servicios de RTV y el otro cable de acometida interior de TB. El cable especial de RDSI que eventualmente fuera necesario irá por uno cualquiera de los dos tubos.

Antes de llegar a los registros de terminación de red, se colocará un registro de paso tipo B (ver apartado 5.10 de las presentes especificaciones técnicas) para bifurcar la canalización de TB + RDSI, que continuará con un conducto de diámetro exterior según la tabla de este apartado. La canalización de RTV y TLCA continuará con las mismas características y regla de ocupación que tenía antes del registro.

Para el caso de inmuebles con un número de viviendas por planta inferior a seis o en el caso de viviendas unifamiliares, se podrá prescindir de los registros de paso citados, por lo que las canalizaciones se establecerán entre los registros secundario y de terminación de red mediante 3 tubos cuya utilización y diámetro exterior serán:

Esta simplificación podrá ser efectuada siempre que la distancia entre dichos registros no supere los 15 metros; en caso contrario habrán de instalarse registros de paso que faciliten las tareas de instalación y mantenimiento.

Si la canalización es mediante canaletas, en los tramos comunitarios tendrá 5 espacios independientes con la asignación antedicha y dimensionados según las reglas establecidas en el apartado 5.4.1 de las presentes especificaciones técnicas. En los tramos de acceso a las viviendas los espacios independientes serán los mismos que el número de tubos en el caso de éstos y se dimensionarán de acuerdo con las citadas reglas del apartado 5.4.1.

5.10 Registros de paso. Los registros de paso son cajas cuadradas con entradas laterales preiniciadas e iguales en sus cuatro paredes, a las que se podrán acopiar conos ajustables multidiámetro para entrada de conductos. Se definen tres tipos:

  Dimensiones (cm)
alto X ancho X profundo
Nº de entradas en cada lateral Diámetro máximo del tubo.
Tipo A 38 X 38 X 12 6 40 mm
Tipo B 10 X10 X 6 2 20 mm
Tipo C 17 X 17 X 4 4 16 mm

Además de los casos indicados en el apartado anterior se colocará como mínimo un registro de paso cada 15 m de longitud de las canalizaciones secundarias y de interior de usuario y en los cambios de dirección de radio inferior a 12 cm para viviendas o 25 cm para oficinas. Estos registros de paso serán del tipo A para canalizaciones secundarias en tramos comunitarios, del tipo B para canalizaciones secundarias en los tramos de acceso a las viviendas y para canalizaciones interiores de usuario de TB + RDSI y del tipo C, para las canalizaciones interiores de usuario de TLCA + RTV.

Se admitirá un máximo de dos curvas de noventa grados entre dos registros de paso.

Los registros se colocarán empotrados. Cuando vayan intercalados en la canalización secundaria se ubicarán en lugares de uso comunitario, con su arista más próxima al techo a una distancia del mismo comprendida entre 10 y 20 cm.

En canalizaciones secundarias mediante canaletas, los registros de paso serán los correspondientes a las canaletas utilizadas.

5.11 Registros de terminación de red. Estarán en el interior de la vivienda, local u oficina y empotrados en la pared y, de manera opcional, podrán ser integrados en un único cuadro,

El de TB + RDSI:

  1. En viviendas será una caja o registro de 10 x 17 x 4 cm (alto x ancho x profundo) provisto de tapa.
  2. En oficinas las dimensiones (alto x ancho x profundo) serán de 50 x 40 x 12 cm (hasta 100 m 2 de oficina) y de 60 x 60 x 12 cm (hasta 400 m 2).

El de RTV será una caja o registro de 20 x 30 x 6 cm provisto de tapa.

El de TLCA serán una caja o registro de 20 x 30 x 6 cm provisto de tapa.

Estos registros se instalarán a más de 20 cm y menos de 180 cm del suelo.

Los registros para RDSI, TLCA y RTV, dispondrán de toma de corriente o base de enchufe.

Los distintos registros de terminación de red, dispondrán de las entradas necesarias para la canalización secundaria y las de interior de usuario que accedan a ellos.

5.12 Canalización interior de usuario. Estará realizada con tubos de material plástico, corrugados o lisos, que irán empotrados por el interior de la vivienda, uniendo los registros de terminación de red con los distintos registros de toma. El apéndice 6 recoge un ejemplo práctico de configuración típica de una canalización interior de usuario.

Para el caso de TB + RDSI acceso básico, esta unión será mediante un conducto de diámetro 16 mm, como mínimo. Se deberá tener en cuenta que se instalarán, como máximo, tres cables interiores de usuario por cada conducto de 16 mm y seis por cada conducto de 20 mm, colocándose conductos adicionales en la medida necesaria. En locales comerciales y oficinas se instalarán conductos de 20 mm de diámetro.

Para el caso de TLCA, la unión se efectuará mediante un conducto de 16 mm de diámetro como mínimo.

Para el caso de RTV, la unión se efectuará mediante un conducto de 16 mm de diámetro como mínimo.

5.13 Registros de toma. Irán empotrados en la pared. Estas cajas o registros serán cuadrados, debiendo disponer, para la fijación del elemento de conexión (BAT o toma de usuario) de al menos dos orificios para tornillos, separados entre sí 6 cm: tendrán como mínimo 4,2 cm de fondo y 6,4 cm en cada lado exterior.

En viviendas, habrá tres registros de toma (uno para cada servicio: TB + RDSI acceso básico, TLCA y RTV), por cada dos estancias o fracción que no sean baños ni trasteros, con un mínimo de dos registros para cada servicio. Los de TLCA y RTV de cada estancia estarán próximos.

En locales u oficinas, habrá un mínimo de tres registros de toma, uno para cada servicio. Fijándose el número de registros definitivo en el proyecto de ICT, en función de la superficie o de la distribución por estancias.

Los registros de toma tendrán en sus inmediaciones (máximo 50 cm) una toma de corriente alterna,

6. Materiales

6.1 Arquetas de entrada y de enlace. Deberán soportar las sobrecargas normalizadas en cada caso y el empuje del terreno. La tapa será de hormigón armado o fundición.

Las arquetas de entrada, además, dispondrán de dos puntos para tendido de cables en paredes opuestas a las entradas de conductos, que soporten una tracción de 5 kN, y su tapa estará provista de cierre de seguridad.

6.2 Conductos.

6.2.1 Tubos: serán de material plástico ignífugo, salvo en la canalización de enlace, en la que podrán ser, también, de acero.

Los de las canalizaciones externa, enlace, principal y secundaria serán de PVC rígido, según la norma UNE 53112, siendo de pared interior lisa.

La rigidez dieléctrica mínima será 15 kV/mm.

Si la canalización de enlace es con tubos de acero, estos estarán galvanizados, tendrán rosca en sus extremos y sus paredes serán lisas.

En todos los tubos vacantes se dejará instalado un hilo guía que será de alambre de acero galvanizado de 2 mm de diámetro o cuerda plástica de 5 mm. de diámetro sobresaliendo 20 cm en los extremos de cada tubo.

6.2.2 Canaletas y sus accesorios: serán de PVC rígido, o de material metálico resistente a la corrosión. Cumplirán la Norma EN 50085.

El grado de protección, según la Norma UNE 20324 (EN 60529), será:

Canalización de enlace y principal: IP33.7.

Canalización secundaria: IP33.5.

6.3 Armarios de enlace. Son cajas que podrán ser de plástico o metálicas con un grado de protección IP 33.7. Las de plástico tendrán una rigidez dieléctrica mínima de 15 kV/mm Las metálicas serán de acero galvanizado (1 mm de espesor mínimo) con un recubrimiento interior homogéneo de material aislante de 1 mm de espesor. Estarán provistas de puerta o tapa.

6.4 Registro principal. Para TB + RDSI y TVCA será una caja de material aislante.

6.5 Registros secundarios. Se podrán realizar:

Bien practicando en el muro o pared de la zona comunitaria de cada planta (descansillos) un hueco de 15 cm de profundidad a una distancia de unos 30 cm del techo en su parte más alta. Las paredes del fondo y laterales deberán quedar perfectamente enlucidas y, en la del fondo, se adaptará una placa de material aislante (madera o plástico) para sujetar con tornillos los elementos de conexión correspondientes. Deberán quedar perfectamente cerrados con tapa o puerta de plástico o metálica y llevarán un cerco metálico que garantice la solidez e indeformabilidad del conjunto, o bien

Empotrando en el muro una caja de plástico o metálica con la correspondiente puerta o tapa. Tendrá un grado de protección IP 33.5. Para el caso de viviendas unifamiliares en las que el registro este colocado en el exterior, el grado de protección será IP 54.9.

6.6 Registros de paso, terminación de red y toma. Si se materializan mediante cajas, serán de plástico, con una rigidez dieléctrica mínima de 15 kV/mm, un espesor mínimo de 2 mm y un grado de protección IP 33.5.

En todos los casos estarán provistos de tapa de material plástico o metálico.

7. Compatibilidad electromagnética

7.1 Tierra local. El sistema general de tierra del inmueble debe tener un valor de resistencia eléctrica no superior a 10 W respecto de la tierra lejana.

El sistema de puesta a tierra en cada uno de los recintos constará esencialmente de un anillo interior y cerrado de cobre, en el cual se encontrará intercalada, al menos, una barra colectora, también de cobre y sólida, dedicada a servir como terminal de tierra de los recintos. Este terminal será fácilmente accesible y de dimensiones adecuadas, estará conectado directamente al sistema general de tierra del inmueble en uno o más puntos. A él se conectará el conductor de protección o de equipotencialidad y los demás componentes o equipos que han de estar puestos a tierra regularmente.

Los conductores del anillo de tierra estarán fijados a las paredes de los recintos ' a una altura que permita su inspección visual y la conexión de los equipos. El anillo y el cable de conexión de la barra colectora al terminal general de tierra del inmueble estarán formados por conductores flexibles de cobre de un mínimo de 25 mm 2 de sección. Los soportes, herrajes, bastidores, bandejas, etc. metálicos de los recintos estarán unidos a la tierra local.

Si en el inmueble existe más de una toma de tierra de protección, deberán estar eléctricamente unidas.

7.2 Interconexiones equipotenciales y apantallamiento. Se supone que el inmueble cuenta con una red de interconexión común, o general de equipotencialidad, del tipo mallado, unida a la puesta a tierra del propio inmueble. Esa red estará también unida a las estructuras, elementos de refuerzo y demás componentes metálicos del inmueble.

7.3 Compatibilidad electromagnética entre sistemas en el interior de los recintos de instalaciones de telecomunicaciones. Al ambiente electromagnético que cabe esperar en los recintos, la normativa internacional (ETSI y UIT) le asigna la categoría ambiental clase 2. Por tanto, en lo que se refiere a los requisitos exigibles a los equipamientos de telecomunicación de un recinto con sus cableados específicos, por razón de la emisión electromagnética que genera, se estará a lo dispuesto en la Directiva sobre compatibilidad electromagnética 89/336/CEE ya referenciada en el anexo I (apartado 4.1.7.). Para el cumplimiento de esta Directiva podrá utilizarse como referencia la norma ETS 300 386 del ETSI. El valor máximo aceptable de emisión de campo eléctrico del equipamiento o sistema para un ambiente de clase 2 se fija en 40 dBuV/m dentro de la banda de 30 MHz - 230 MHz y en 47 dBuV/m en la de 230 MHz -1000 MHz, medidos a 10 m de distancia. Estos límites serán de aplicación en los recintos aún cuando sólo dispongan en su interior de elementos pasivos.

8. Requisitos de seguridad entre instalaciones

Como norma general, se procurará la máxima independencia entre las instalaciones de telecomunicación y las del resto de servicios. Los requisitos mínimos serán los siguientes:

La separación entre una canalización de telecomunicación y las de otros servicios será, como mínimo, de 10 cm para trazados paralelos y de 3 cm para cruces.

Si las canalizaciones secundarias se realizan con canaletas para la distribución conjunta con otros servicios que no sean de telecomunicación, cada uno de ellos se alojará en compartimentos diferentes.

La rigidez dieléctrica de los tabiques de separación de estas canalizaciones secundarias conjuntas deberá tener un valor mínimo de 15 kV/mm (según norma UNE 21316). Si son metálicas, se pondrán a tierra.

Los cruces con otros servicios se realizarán preferentemente pasando las canalizaciones de telecomunicación por encima de las de otro tipo.

En el caso de infraestructuras comunes que incorporen servicios de RDSI, en lo que se refiere a requisitos de seguridad entre instalaciones, se estará a lo dispuesto en el apartado 8.4 de la Norma Técnica de Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones para el Acceso al Servicio de Telefonía Disponible al Público.

APÉNDICE _1 - ESQUEMA GENERAL

APÉNDICE _2 - ESQUEMA DE CANALIZACIONES PARA INMUEBLES DE PISOS

APÉNDICE _3 - DIMENSIONES MÍNIMAS DE LA ARQUETA

APÉNDICE _4 - SECCIONES TRANSVERSALES DE CANALIZACIÓN SUBTERRÁNEA

APÉNDICE _5 - ESQUEMA GENERAL DE CANALIZACIÓN CON VARIAS VERTICALES

APÉNDICE _6 - CANALIZACIÓN SECUNDARIA Y DE INTERIOR DE USUARIO

APÉNDICE _7 - ESQUEMA GENERAL PARA AGRUPACIONES DE VIVIENDAS UNIFAMILIARES

APÉNDICE _8 - INFRAESTRUCTURA PARA VIVIENDAS UNIFAMILIARES