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Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo
         Escuela de Medicina




               Cardoso Mairena, César
               Chunga Aparicio, María José
               Cumpa Dávila, María Julia
               Larios León, Javier
               Meléndez Ramírez, Fiorella
               Vásquez Rojas, Consuelo
• Conocer la definición, clases y modos de
  Eutanasia.
• Definir la relación entre eutanasia y bioética
• Conocer el significado del encarnizamiento
  terapéutico y los cuidados paliativos.
• Definir y Conocer los aspectos más
  importantes del Testamento Vital.
• Analizar el caso Schiavo según la Bioética
  Personalista.
Acción u omisión que permite, acelera o
provoca la muerte de un paciente terminal o
       de un recién nacido con graves
malformaciones, para evitar sus sufrimientos.
a. Eutanasia Activa

  – Aquella caracterizada porque la provocación de la
    muerte se obtiene mediante hechos positivos
    dirigidos a acortar o suprimir el curso vital.
b. Eutanasia Pasiva

  – Es el fallecimiento de un enfermo terminal tras
    omisión de tratamientos, que aún suponiendo le
    puedan prolongar su vida, se consideran
    inapropiados al no mejorar su calidad de vida o
    incluso poder deteriorarla aún más.
a. Eutanasia Homicida

  – Aquella realizada o ayudada por alguien del entorno
    del paciente. Puede ser de dos tipos:

     • Homicidio piadoso: cortar la vida de un semejante para
       liberarlo de las taras de una enfermedad terrible, una
       deformación física o una vejez angustiosa.

     • Eutanasia económica o social: eliminar vidas humanas
       consideradas como una carga social, también denominadas
       "vidas sin valor vital".
b. Eutanasia Suicidio

  – Se la aplica el propio individuo. Cuando el paciente
    ejecuta acciones que lo llevan a la muerte, sin
    intervención de nadie de su entorno.


c. Suicido Asistido

  – Cuando el médico ayuda a que el paciente se suicide
    con el fin de evitarse sufrimiento y dolor.
d. Eutanasia positiva

  – Se provoca la muerte de un individuo mediante la
    administración de fármacos.


e. Eutanasia negativa

  – Consigue su fin omitiendo cualquier tipo de ayuda
    médica al enfermo. Se llama también ortotanasia o
    "muerte normal".
f. Eutanasia agónica

  – Provocar la    muerte   de   un   enfermo   ya
    desahuciado.
El derecho de cada cual a
  El derecho a la muerte digna,
                                       disponer de su propia vida, en
expresamente querida por quien
                                       uso de su libertad y autonomía
  padece sufrimientos atroces
                                                  individual




    El progreso que representa
                                       La manifestación de solidaridad
suprimir la vida de los deficientes
                                      social que significa la eliminación
   psíquicos profundos o de los
                                          de vidas sin sentido, que
enfermos en fase terminal, ya que
                                       constituyen una dura carga para
    se trataría de vidas que no
                                        los familiares y para la propia
  pueden llamarse propiamente
                                                   sociedad.
             humanas
• El dolor y la muerte forman parte de la vida humana.
• Todo ser humano huye por instinto del dolor y de
  cuanto cause sufrimiento, ya que la constitución
  natural del hombre, está creado para ser feliz y, por
  tanto, reacciona con aversión ante lo que atente a su
  felicidad.
• El dolor y el sufrimiento tienen también un valor
  positivo si nos ayudan a comprender mejor nuestra
  naturaleza y sus limitaciones, si sabemos integrarlos en
  nuestro proceso de crecimiento y maduración.
• Es bueno aceptar el hecho cierto e inevitable del dolor, y
  también es bueno luchar por mitigarlo.
• Es bueno luchar por vencer a la enfermedad, y no es bueno
  eliminar seres humanos enfermos para que no sufran.
• El fin – el motivo subjetivo - no justifica los medios - en este
  caso, matar .
• Una muerte digna no consiste sólo en la ausencia de
  tribulaciones externas, sino que nace de la grandeza de
  ánimo de quien se enfrenta a ella. Es claro que, llegado el
  momento supremo de la muerte, el protagonista de este
  trance ha de afrontarlo en las condiciones más llevaderas
  posibles, tanto desde el punto de vista del dolor físico como
  también del sufrimiento moral.
• La Constitución peruana reconoce el derecho a la
  vida de todos los seres humanos, y el resto de las
  leyes, en especial el Código Penal, protegen este
  derecho prohibiendo todo atentado contra la vida
  de cualquier ser humano e imponiendo las más
  severas penas a quien quita la vida a otro.
• La eutanasia siempre es matar a otro, con o sin su
  consentimiento, por presuntos motivos de
  compasión o para evitarle dolores o situaciones
  dramáticas. Para nuestro Código Penal, la
  eutanasia es homicidio.
• ¿no es legítima la decisión de una persona de
  disponer de su propia vida? No. En la conservación de
  la vida humana existen a la vez intereses individuales y
  sociales. Ningún ser humano es una realidad aislada,
  fuente autónoma y exclusiva de derechos y
  obligaciones.
• ¿no es coartar la libertad y la autonomía individual el
  negar al ser humano la capacidad de decidir cuándo y
  cómo quiere morir? No lo es, porque no tiene sentido
  contraponer el derecho a la libre autodeterminación de
  la persona -como expresión de su dignidad- al bien de
  la vida humana.
• La eutanasia no es una forma de Medicina, sino una
  forma de homicidio.
• Si la practica un médico, éste estará negando la
  Medicina porque la razón de ser de la Medicina es:
   – la curación del enfermo en cualquier fase de su dolencia, la
     mitigación de sus dolores, y la ayuda a sobrellevar el
     trance supremo de la muerte cuando la curación no es
     posible.
• No es posible que exista la Medicina si el paciente en
  vez de tener confianza en su médico, llega a tenerle
  miedo porque no sabe si el profesional de la Medicina
  que se ocupan de su salud van a decidir que su caso es
  digno de curación o susceptible de eutanasia.
“Aquellas prácticas médicas con
 pretensiones terapéuticas que
   no benefician realmente al
   enfermo y le provocan un
    sufrimiento innecesario.”
• En muchas oportunidades se utilizan como sinónimos de
  ET: Distanasia, Obstinación y Ensañamiento Terapéutico.

• La Distanasia es lo opuesto a la eutanasia. Esta práctica
  consiste en procurar retrasar la llegada de la muerte por
  todos los medios, desproporcionados o extraordinarios
  aunque no haya esperanza alguna de restablecimiento
  (llamado también clásicamente ET).

• En realidad se infligen al moribundo unos sufrimientos
  añadidos, que solo aplazan idas u horas el deceso. La
  distanasia, es la muerte en malas condiciones, con dolor,
  con molestias y sufrimientos. Sería la muerte con un mal
  tratamiento del dolor, o la asociada al encarnizamiento
  terapéutico.
“Un cuidado total, activo y continuado del
       paciente y su familia, por un equipo
 multiprofesional, cuando la expectativa médica
ya no es la curación. Su objetivo primario no es
prolongar la supervivencia, sino conseguir la más
alta calidad de vida para el paciente y su familia.
Deben cubrir las necesidades físicas, psicológicas,
 sociales y espirituales. Si es necesario, el apoyo
      debe extenderse al proceso de duelo”
(Subcomité de Cuidados Paliativos del Programa
      Europeo contra el Cáncer, Junio 1992).
• Tratar el dolor
• Tratar síntomas como vómitos, opresión,
  estreñimiento, obstrucción respiratoria, evacuación de
  flemas, etc.
• Proveer la enfermería básica de cama: alimento y
  bebida (la nutrición y la hidratación, sean naturales o
  artificiales), limpieza, supervisión de funciones
  excretorias, limpiar las ulceras de decúbito, la
  aspiración de secreciones bronquiales.
• Se puede recurrir a antibióticos, si los dolores se
  asocian a un proceso infeccioso y si contribuye a
  atenuar su aflicción.
• Un ambiente alegre y sereno.
• Atención espiritual
• Incluye dar apoyo psicológico: escuchar al
  enfermo, los contactos con la familia y
  allegados, apoyo religioso, etc.
• Es inoportuno decirle al enfermo que no se
  puede hacer nada, ya que se pueden hacer un
  montón de cosas por él.
En la misma Encíclica Juan Pablo II indica también el
   valor que tienen los cuidados paliativos para las
 familias, que “pueden encontrar gran ayuda en las
 estructuras sociales de asistencia y si es necesario,
        recurriendo a los cuidados paliativos”.
 El Evangelium vitae se refiere a los cuidados paliativos,
 subrayando el “relieve particular” que están asumiendo
para “hacer más soportable el sufrimiento en la fase final
    de la enfermedad y, al mismo tiempo, aseguran al
   paciente un acompañamiento humano adecuado”.
• El objetivo prioritario de los cuidados paliativos
  es el alivio de los síntomas que provocan
  sufrimiento y deterioran la calidad de vida del
  enfermo en situación terminal y facilitar la
  transición de la vida a la muerte.

• Con este fin se pueden emplear analgésicos o
  sedantes en la dosis necesaria para alcanzar los
  objetivos terapéuticos, aunque se pudiera
  ocasionar indirectamente un        adelanto del
  fallecimiento.
Los Cuidados Paliativos son la única respuesta ética ante la enfermedad terminal.


  Con los enfermos terminales no cabe una ética de mínimos, sino de máximos
        que nos lleve a procurar dispensarles la mejor atención posible.


   Dos pilares básicos sobre los que se puede construir la ética de lo Cuidados
                                    Paliativos:

                                             Carácter finito de la intervención
  Respeto a la debilidad: reconocer la
                                             médica: admitir los límites de los
valía del enfermo incurable, que tiene
                                           medios terapéuticos y su inutilidad,
tanto derecho a una atención médica
                                          cuando no hacen más que prolongar la
 de calidad como el paciente curable.
                                                           agonía.
El médico debe aprender a
  manifestar respeto por la vida y
aceptación de la muerte; para ello:
  El tratamiento nunca      El médico tampoco tiene
    debe tener como          el derecho ni el deber,
  objetivo la específica   legal o ético, de prescribir
inducción de la muerte.      una muerte retrasada.
Testamento Vital
“O documento de instrucciones previas, es el nombre
 genérico con el que se conocen aquellos documentos
  en que una persona manifiesta sus deseos expresos
  acerca de su tratamiento médico en caso de hallarse
inconsciente, o incapacitada para expresarse, por causa
    de una enfermedad, frecuentemente terminal”.
• El paciente podrá disponer de forma genérica que no
  se prolongue su vida de forma artificial en caso de
  enfermedad terminal.
• Se puede hacer manifestaciones siempre y cuando
  no sean contrarias al orden público.
• Donación de órganos.
• Estancia hospitalaria.
• Incineración.
Instrucciones y límites
 Criterios Personales
                                    concretos hacia personal
Situaciones Sanitarias                      médico




                         Representante
• El testamento Vital no se debe confundir con
  el testamento.
           No contiene bienes patrimoniales.

• El testamento vital no está relacionada con la
  eutanasia activa.
           Auxilio al suicidio.
Para argumentar sobre la eutanasia, siempre es útil acogerse a un caso límite, como el de la
norteamericana Terri Schiavo, en estado vegetativo persistente (EVP) desde 1990, y prácticamente
      sin posibilidades de recuperar el movimiento y la conciencia. Su corteza cerebral quedó
irremisiblemente dañada al perder el flujo sanguíneo durante varios minutos tras un paro cardiaco.
EL CASO DE TERRI SCHIAVO
       • Su nombre era Marie Terri Schindler y
         nació en Pensilvania.
       • En 1982 conoció a quien luego sería su
         esposo, el señor Michael Schiavo.
       • Hace 15 años, a los 27 años de edad y
         con la finalidad de combatir su
         sobrepeso Terri empezó a ingerir sólo
         líquidos y vomitar de manera
         espontánea, lo que le ocasionó un
         ataque cardiaco por alteración de
         potasio.
EL CASO DE TERRI SCHIAVO
• Como consecuencia de ésta parada cardíaca, en
  1990 Terri padeció una lesión cerebral grave
  quedando en lo que en medicina se conoce
  como "estado vegetativo persistente", una
  situación en la que el paciente se halla
  inconsciente y de la que, en principio, no se
  espera ya recuperación. Ella no había dejado
  instrucciones escritas acerca de sus deseos para
  el caso de que quedara inválida.
• Este daño cerebral la dejó en total dependencia
  de los demás para las cosas más elementales de
  la vida, inclusive alimentarse.
• Todo lo que Terri necesitaba para seguir
  viviendo era comida y agua.
EL CASO DE TERRI SCHIAVO
• Su esposo, separado de Terri a
  poco de producirse el accidente
  y que vive actualmente con otra
  mujer, afirmaba que ella le
  había dicho mucho tiempo
  antes que no deseaba que se le
  mantuviera artificialmente en
  vida.
• Los padres de Terri disentían de
  ello y mantenían que su hija les
  sonreía e intentaba hablarles.
EL CASO DE TERRI SCHIAVO
     • El 18 de Marzo de 2005, Michael Schiavo,
       su singular marido y tutor, desconectó el
       tubo que la sustentaba. Bob y Mary
       Schindler, los padres de Terri, han
       batallado sin éxito para evitar que su hija
       muriese; pese a esto Terri ha muerto de
       inanición y deshidratada en Florida, tras
       13 días sin recibir alimentación después
       de que le fuera retirado el aporte por
       orden judicial.
BIOÉTICA PRINCIPIALISTA
PRINCIPIO DE AUTONOMÍA

       • El respeto por las personas exige
         incorporar a la práctica clínica al
         menos dos convicciones éticas: la
         primera es que los individuos
         deberían ser tratados como entes
         autónomos y la segunda es que las
         personas cuya autonomía deben
         ser objeto de protección.
PRINCIPIO DE AUTONOMÍA
• Una forma de respetar la autonomía es promover en la
  práctica la participación del propio enfermo y de su
  familia en la toma de decisiones, lo que implica:
   – Informar comprensiblemente al enfermo y a la familia.
   – Garantizar la voluntariedad en la aceptación del
     tratamiento mediante el uso del consentimiento
     informado respetando el derecho a rechazar un
     tratamiento.
   – Proteger a los menores o incapaces que no lleguen al
     grado de competencia necesario para tomar por sí
     mismos una determinada decisión, lo que supone el
     respeto a las decisiones subsidiarias de los padres.
PRINCIPIO DE AUTONOMÍA
• Según     este    principio    las
  opiniones y decisiones del
  paciente deben ser respetadas
  en todo momento, ya que son
  expresión de la autonomía
  inherente a todo ser humano.
• En     el     caso      suscitado
  anteriormente este principio no
  cumple puesto que el paciente
  no se encuentra en condiciones
  óptimas para poder decidir
  acerca de su estado de salud.
PRINCIPIO DE BENEFICENCIA
         • El principio de beneficencia implica que
           el médico debe buscar en todo momento
           la cura del enfermo poniendo a su
           disposición todos sus conocimientos. Por
           tanto, el médico no podría causarle la
           muerte en tanto que no supone mejoría
           ni cura para el paciente. El problema
           surge con los pacientes incurables o
           terminales, a los que este principio no
           parece afectar ya que su enfermedad no
           tiene cura y su destino es la muerte. La
           cuestión es si esa muerte, que ocurriría a
           corto o a largo plazo, se pudiese
           adelantar para evitar el sufrimiento
           innecesario del enfermo.
PRINCIPIO DE BENEFICENCIA

• En el caso de Terri, se le proporcionan los
  medios al inicio de su enfermedad para
  mantener su condición de vida; sin embargo
  más adelante se va en contra de éste principio
  pues se decide proceder a desconectarla.
PRINCIPIO DE JUSTICIA
• La justicia puede interpretarse desde diversas perspectivas.
  En este caso nos fijaremos en su dimensión de equidad que
  nos exige ofrecer a los mismos casos las mismas soluciones.
PRINCIPIO DE JUSTICIA

• Este principio de justicia, implica en primer
  término comprobar que el nivel de calidad del
  dispositivo asistencial que se ofrece garantiza
  los derechos del enfermo terminal y su familia
  sin discriminación.
PRINCIPIO DE NO
              MALEFICENCIA
• Ejercer la beneficencia exige
  no causar ningún daño.
  Maximizar los beneficios
  posibles y minimizar los
  posibles       daños.     Este
  principio implica aplicar un
  plan de atención integral,
  comprobar proporcionalidad
  de medios diagnósticos o
  terapéuticos en un ámbito
  integral multidisciplinar y
  realizar un análisis objetivo
  de          la        relación
  beneficios/riesgos.
PRINCIPIO DE NO
            MALEFICENCIA
• Si partimos de éste principio, la eutanasia no sería
  posible pues este principio implica que el médico no
  puede usar sus conocimientos para producir daño al
  enfermo y por lo tanto no podría producirle un daño
  irreversible como es la muerte.
• No se cumple este principio pues el médico accede a
  producir la muerte de la paciente.
• La eutanasia es gravemente ilícita porque, al buscar la muerte
  como fin o como medio, atenta contra el vivir de la persona
  humana, que tiene una dignidad y un valor intrínsecos que,
  exigen el respeto incondicional de la vida del inocente.

• No es lícito al hombre buscar justificaciones para poner fin a
  la propia vida ni a la de los demás, ni le es permitido
  emprender acciones con ese fin.

• La intención con la que se pretende justificar la eutanasia:
  eliminar el dolor o el sufrimiento, es una falacia: se está
  eliminando es a la persona que sufre sin que se ataque, para
  nada, la causa del dolor o del sufrimiento.
El valor
                                                   DIGNIDAD
Vida corporal               fundamental de la
                                                   HUMANA
                              persona misma




“La profesión médica está al servicio del
hombre y de la sociedad. En consecuencia,
                                                Código español de
respetar la vida humana y la dignidad de la
                                                Ética y Deontología
persona y el cuidado de la salud del
                                                       médica
individuo y de la comunidad, son los
deberes primordiales del medico”.
Por ello, para nuestro caso presentado:


1- Para quienes propugnamos una Medicina a favor de la vida, así como la dignificación
de la profesión sanitaria, tan imperativo es el rechazo de la eutanasia (activa y pasiva)
como el del encarnizamiento terapéutico. Partiendo de la convicción de que matar o
ayudar a matarse no es lo mismo éticamente que dejar morir cuando no hay terapia y
la situación es irreversible, insistimos en que el principio básico debe ser el del respeto
máximo de la vida humana.


2- Esta claro, entonces que la Eutanasia, trasgrede este principio bioético puesto que
representa un atentado contra la vida humana reprobables ética y jurídicamente.
Por esto la vida es la
                                                     condición indispensable
Derecho a la defensa de la
                             Derecho a la libertad   para que todos y cada
           vida
                                                     uno de nosotros podamos
                                                     ejercer la libertad
• Este principio sanciona la obligación moral que el paciente
  tiene de colaborar en los cuidados ordinarios y necesarios
  para salvaguardar la vida y la salud propia y ajena. En ciertos
  casos, como el de los pacientes que rechazan los cuidados
  indispensables para la vida y la supervivencia cuando el
  médico considera en conciencia necesario imponerlas, el
  derecho deberá regular el procedimiento para aplicar tales
  cuidados obligatorios.
1-Paciente
                      • Lo cual es ilícito para el médico, porque la acción de matar no es un acto
consciente que
                        médico terapéutico. No restablece la salud y tampoco preserva la vida.
quiere asistencia
para el suicidio (y   • La misión fundamental y la razón de ser del médico es el respeto por la
                        vida humana.
que muere como
consecuencia del      • El juramento -convención de Ginebra , el médico : “Velar con sumo interés
                        y respeto por la vida humana; desde el momento de la concepción y, aún
acto suicida y no
                        bajo amenaza, no emplear mis conocimientos médicos para contravenir las
como consecuencia       leyes humanas”.
de su enfermedad)


                      • Cualquier persona es libre ( lícita ética y jurídicamente) de aceptar su
                        condición terminal y de “entregarse” al curso natural de su enfer., y
2-Paciente              esperar morir como consecuencia de ello. Esa es la vida.
consciente que
rechaza cualquier
tratamiento (y que    • Quien respeta esa decisión no está practicando ningún tipo de eutanasia,
muere como              por cuanto el concepto de eutanasia hace referencia a la acción de
                        terceras personas de matar, y no a la acción personal de matarse, ni
consecuencia            tampoco a la acción personal de dejarse morir.
directa de su
                      • Ello no impide al médico respetar el deseo del paciente de dejar que el
enfermedad)
                        proceso natural de la muerte siga su curso en la fase terminal de su
                        enfermedad.
3. Paciente inconsciente       • Es obvio que quien firma un consentimiento cuando está en
con consentimiento               buen estado de salud no conoce ni puede conocer, cuando
firmado previo a su estado       está en un estado de inconsciencia, la información seria y
de inconsciencia, en el que      fiable acerca de su enfermedad y de las opciones
estipula su voluntad de que      terapéuticas y su pronóstico.
le suspendan cualquier
medida terapéutica que         • Además, el sujeto pasivo (el paciente) pudo muy bien haber
haya sido instaurada, con la     cambiado de opinión en el lapso de tiempo transcurrido
intención de morir como          entre el momento en el que firmó la petición y el momento
consecuencia de ello.            de su estado patológico actual de inconsciencia.




4. Paciente inconsciente sin   • En el que terceras personas solicitan que se le suspendan las
                                 medidas terapéuticas ya instauradas con la intención de que
  consentimiento firmado         el paciente muera como consecuencia de ello.
    previo a su estado de      • Este acto eutanásico es entonces, por definición,
        inconciencia             inconstitucional y constituiría un homicidio agravado.
• Principios básicos que caracterizan a la ética médica.
• Se funda en el hecho de que la corporeidad humana
  es un todo unitario resultante de partes distintas,
  unificadas entre sí orgánica y jerárquicamente por la
  existencia única y personal.
«PROPORCIONALIDA
                                   D DE LAS TERAPIAS»



Evaluar el contexto de la                             “cuidados desproporcionados”:       para engañar al
totalidad de la persona, y que se                     paciente dando la impresión de ser eficiente, o bien
exija por tanto una cierta                            para complacer su solicitud o la de los familiares «de
                                                      hacer todo lo posible» sin resultados previsibles, o
proporción entre los riesgos y
                                                      para experimentar terapias sin beneficios para el
daños que ésta acarrea y los                          paciente que ignora tal hecho, puede resultar una
beneficios que aporta.                                demostración de agresividad o ensañamiento
                                                      terapéutico.



       Código Deontológico de los Colegios Médicos en España, expresa:
       “En el caso de enfermedad incurable y terminal, el médico debe limitarse a aliviar los dolores
       físicos y morales del paciente, manteniendo en todo lo posible la calidad de una vida que se
       agota, evitando emprender o continuar acciones terapéuticas sin esperanza, inútiles y
       obstinadas, y asistirá al enfermo hasta el final con el respeto que merece la dignidad del hombre”.
• En nuestro caso, dicho principio no se cumple, ya que no se vela por el
  bien de la vida ni de la salud, puesto que su muerte no fue natural sino por
  omisión, al desconectarle la sonda.

• La única forma de entender la acción de matar como un acto
  “terapéutico” es considerando al enfermo no como lo que es, un enfermo,
  sino como una enfermedad. En ese caso la acción “terapéutica” de matar
  se constituye en una acción de limpieza social eugenésica y eso
  simplemente no es aceptable para el médico.
Además en dicho caso no se puede hablar de un ensañamiento
terapéutico, en tanto que la alimentación e hidratación artificial
puedan ser considerados medios «desproporcionados» que hay que
suspender en fase terminal o en condiciones graves como el estado
vegetativo.

   Ya que, dar agua y alimento no son actos médicos, y no configuran casos de
   encarnizamiento terapéutico, al menos hasta que no aparezca evidente que son
   totalmente inútiles, esto es, que el organismo no es capaz de asimilarlos.
   Son, al contrario, cuidados básicos, «normales», que hay que asegurar a todos los
   pacientes en cuanto forma irrenunciable de mantenimiento de la vida humana.
• Compromete a todas y a cada una de las personas en su propia realización
  al participar en la realización del bien de sus semejantes.

• En este principio se olvida la naturaleza interdependiente del ser humano,
  que necesita de los demás a lo largo de toda su vida. El hombre no es un
  ser autosuficiente que se basta a si mismo y no necesita de los demás,
  sino que, es alguien eminentemente dependiente.

• Si esto es cierto para todos los seres humanos, es especialmente claro en
  los enfermos en fase terminal, que necesitan de todo el apoyo familiar y
  del cuerpo médico para llevar adelante su situación de un modo humano.
• El caso Schiavo visto desde el principio de sociabilidad
  y subsidiariedad, no se cumple, puesto que no se
  protege la vida ni como bien personal, social,
  profesional (para el sistema de salud) ni constitucional
  (para los Derechos Fundamentales de la Persona.)
• La Eutanasia es la acción u omisión que permite, acelera o provoca
  la muerte de un paciente terminal o de un recién nacido con graves
  malformaciones, para evitar sus sufrimientos.
• Se suele promover la legalización de la eutanasia y su aceptación
  social con argumentos como: El derecho a la muerte digna y del
  derecho de cada cual a disponer de su propia vida.
• Una muerte digna no consiste sólo en la ausencia de tribulaciones
  externas, sino de afrontar la muerte en las condiciones más
  llevaderas posibles, tanto desde el punto de vista del dolor físico
  como también del sufrimiento moral.
• La función del médico es devolver la salud y mitigar los sufrimientos
  y los dolores, no sólo en cuanto esa mitigación puede conducir a la
  curación, sino también si puede servir para procurar una muerte
  tranquila y fácil (eutanasia)”
• El testamento vital, se trata de una manifestación de voluntad del
  paciente expresando como quiere que se le trate en el curso de
  una enfermedad terminal.
• El testamento vital señala criterios, situaciones y limitaciones
  médicas propuestas por el paciente, así como también un
  representante encargado del cumplimiento de dicho documento.
• Para nuestro caso, la bioética personalista es trasgredida en todos
  sus principios, desde el p. de defensa de la vida, entendido como
  tal; el p. de libertad y responsabilidad, puesto que toda persona es
  libre de aceptar su condición terminal y de “entregarse” al curso
  natural de su enfermedad, mas no existe el derecho a morir ni por
  determinación propia ni de terceros; el p. terapéutico, ya que con al
  eutanasia no se trata ninguna enfermedad, por el contrario se
  produce una muerte que es por omisión; p. de sociabilidad, en el
  que no se protege la vida.
Bioética y Eutanasia

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Bioética y Eutanasia

  • 1. Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo Escuela de Medicina Cardoso Mairena, César Chunga Aparicio, María José Cumpa Dávila, María Julia Larios León, Javier Meléndez Ramírez, Fiorella Vásquez Rojas, Consuelo
  • 2. • Conocer la definición, clases y modos de Eutanasia. • Definir la relación entre eutanasia y bioética • Conocer el significado del encarnizamiento terapéutico y los cuidados paliativos. • Definir y Conocer los aspectos más importantes del Testamento Vital. • Analizar el caso Schiavo según la Bioética Personalista.
  • 3.
  • 4. Acción u omisión que permite, acelera o provoca la muerte de un paciente terminal o de un recién nacido con graves malformaciones, para evitar sus sufrimientos.
  • 5. a. Eutanasia Activa – Aquella caracterizada porque la provocación de la muerte se obtiene mediante hechos positivos dirigidos a acortar o suprimir el curso vital.
  • 6. b. Eutanasia Pasiva – Es el fallecimiento de un enfermo terminal tras omisión de tratamientos, que aún suponiendo le puedan prolongar su vida, se consideran inapropiados al no mejorar su calidad de vida o incluso poder deteriorarla aún más.
  • 7. a. Eutanasia Homicida – Aquella realizada o ayudada por alguien del entorno del paciente. Puede ser de dos tipos: • Homicidio piadoso: cortar la vida de un semejante para liberarlo de las taras de una enfermedad terrible, una deformación física o una vejez angustiosa. • Eutanasia económica o social: eliminar vidas humanas consideradas como una carga social, también denominadas "vidas sin valor vital".
  • 8. b. Eutanasia Suicidio – Se la aplica el propio individuo. Cuando el paciente ejecuta acciones que lo llevan a la muerte, sin intervención de nadie de su entorno. c. Suicido Asistido – Cuando el médico ayuda a que el paciente se suicide con el fin de evitarse sufrimiento y dolor.
  • 9. d. Eutanasia positiva – Se provoca la muerte de un individuo mediante la administración de fármacos. e. Eutanasia negativa – Consigue su fin omitiendo cualquier tipo de ayuda médica al enfermo. Se llama también ortotanasia o "muerte normal".
  • 10. f. Eutanasia agónica – Provocar la muerte de un enfermo ya desahuciado.
  • 11.
  • 12. El derecho de cada cual a El derecho a la muerte digna, disponer de su propia vida, en expresamente querida por quien uso de su libertad y autonomía padece sufrimientos atroces individual El progreso que representa La manifestación de solidaridad suprimir la vida de los deficientes social que significa la eliminación psíquicos profundos o de los de vidas sin sentido, que enfermos en fase terminal, ya que constituyen una dura carga para se trataría de vidas que no los familiares y para la propia pueden llamarse propiamente sociedad. humanas
  • 13. • El dolor y la muerte forman parte de la vida humana. • Todo ser humano huye por instinto del dolor y de cuanto cause sufrimiento, ya que la constitución natural del hombre, está creado para ser feliz y, por tanto, reacciona con aversión ante lo que atente a su felicidad. • El dolor y el sufrimiento tienen también un valor positivo si nos ayudan a comprender mejor nuestra naturaleza y sus limitaciones, si sabemos integrarlos en nuestro proceso de crecimiento y maduración.
  • 14. • Es bueno aceptar el hecho cierto e inevitable del dolor, y también es bueno luchar por mitigarlo. • Es bueno luchar por vencer a la enfermedad, y no es bueno eliminar seres humanos enfermos para que no sufran. • El fin – el motivo subjetivo - no justifica los medios - en este caso, matar . • Una muerte digna no consiste sólo en la ausencia de tribulaciones externas, sino que nace de la grandeza de ánimo de quien se enfrenta a ella. Es claro que, llegado el momento supremo de la muerte, el protagonista de este trance ha de afrontarlo en las condiciones más llevaderas posibles, tanto desde el punto de vista del dolor físico como también del sufrimiento moral.
  • 15. • La Constitución peruana reconoce el derecho a la vida de todos los seres humanos, y el resto de las leyes, en especial el Código Penal, protegen este derecho prohibiendo todo atentado contra la vida de cualquier ser humano e imponiendo las más severas penas a quien quita la vida a otro. • La eutanasia siempre es matar a otro, con o sin su consentimiento, por presuntos motivos de compasión o para evitarle dolores o situaciones dramáticas. Para nuestro Código Penal, la eutanasia es homicidio.
  • 16. • ¿no es legítima la decisión de una persona de disponer de su propia vida? No. En la conservación de la vida humana existen a la vez intereses individuales y sociales. Ningún ser humano es una realidad aislada, fuente autónoma y exclusiva de derechos y obligaciones. • ¿no es coartar la libertad y la autonomía individual el negar al ser humano la capacidad de decidir cuándo y cómo quiere morir? No lo es, porque no tiene sentido contraponer el derecho a la libre autodeterminación de la persona -como expresión de su dignidad- al bien de la vida humana.
  • 17.
  • 18. • La eutanasia no es una forma de Medicina, sino una forma de homicidio. • Si la practica un médico, éste estará negando la Medicina porque la razón de ser de la Medicina es: – la curación del enfermo en cualquier fase de su dolencia, la mitigación de sus dolores, y la ayuda a sobrellevar el trance supremo de la muerte cuando la curación no es posible. • No es posible que exista la Medicina si el paciente en vez de tener confianza en su médico, llega a tenerle miedo porque no sabe si el profesional de la Medicina que se ocupan de su salud van a decidir que su caso es digno de curación o susceptible de eutanasia.
  • 19.
  • 20. “Aquellas prácticas médicas con pretensiones terapéuticas que no benefician realmente al enfermo y le provocan un sufrimiento innecesario.”
  • 21. • En muchas oportunidades se utilizan como sinónimos de ET: Distanasia, Obstinación y Ensañamiento Terapéutico. • La Distanasia es lo opuesto a la eutanasia. Esta práctica consiste en procurar retrasar la llegada de la muerte por todos los medios, desproporcionados o extraordinarios aunque no haya esperanza alguna de restablecimiento (llamado también clásicamente ET). • En realidad se infligen al moribundo unos sufrimientos añadidos, que solo aplazan idas u horas el deceso. La distanasia, es la muerte en malas condiciones, con dolor, con molestias y sufrimientos. Sería la muerte con un mal tratamiento del dolor, o la asociada al encarnizamiento terapéutico.
  • 22.
  • 23. “Un cuidado total, activo y continuado del paciente y su familia, por un equipo multiprofesional, cuando la expectativa médica ya no es la curación. Su objetivo primario no es prolongar la supervivencia, sino conseguir la más alta calidad de vida para el paciente y su familia. Deben cubrir las necesidades físicas, psicológicas, sociales y espirituales. Si es necesario, el apoyo debe extenderse al proceso de duelo” (Subcomité de Cuidados Paliativos del Programa Europeo contra el Cáncer, Junio 1992).
  • 24. • Tratar el dolor • Tratar síntomas como vómitos, opresión, estreñimiento, obstrucción respiratoria, evacuación de flemas, etc. • Proveer la enfermería básica de cama: alimento y bebida (la nutrición y la hidratación, sean naturales o artificiales), limpieza, supervisión de funciones excretorias, limpiar las ulceras de decúbito, la aspiración de secreciones bronquiales. • Se puede recurrir a antibióticos, si los dolores se asocian a un proceso infeccioso y si contribuye a atenuar su aflicción.
  • 25. • Un ambiente alegre y sereno. • Atención espiritual • Incluye dar apoyo psicológico: escuchar al enfermo, los contactos con la familia y allegados, apoyo religioso, etc. • Es inoportuno decirle al enfermo que no se puede hacer nada, ya que se pueden hacer un montón de cosas por él.
  • 26. En la misma Encíclica Juan Pablo II indica también el valor que tienen los cuidados paliativos para las familias, que “pueden encontrar gran ayuda en las estructuras sociales de asistencia y si es necesario, recurriendo a los cuidados paliativos”. El Evangelium vitae se refiere a los cuidados paliativos, subrayando el “relieve particular” que están asumiendo para “hacer más soportable el sufrimiento en la fase final de la enfermedad y, al mismo tiempo, aseguran al paciente un acompañamiento humano adecuado”.
  • 27. • El objetivo prioritario de los cuidados paliativos es el alivio de los síntomas que provocan sufrimiento y deterioran la calidad de vida del enfermo en situación terminal y facilitar la transición de la vida a la muerte. • Con este fin se pueden emplear analgésicos o sedantes en la dosis necesaria para alcanzar los objetivos terapéuticos, aunque se pudiera ocasionar indirectamente un adelanto del fallecimiento.
  • 28. Los Cuidados Paliativos son la única respuesta ética ante la enfermedad terminal. Con los enfermos terminales no cabe una ética de mínimos, sino de máximos que nos lleve a procurar dispensarles la mejor atención posible. Dos pilares básicos sobre los que se puede construir la ética de lo Cuidados Paliativos: Carácter finito de la intervención Respeto a la debilidad: reconocer la médica: admitir los límites de los valía del enfermo incurable, que tiene medios terapéuticos y su inutilidad, tanto derecho a una atención médica cuando no hacen más que prolongar la de calidad como el paciente curable. agonía.
  • 29. El médico debe aprender a manifestar respeto por la vida y aceptación de la muerte; para ello: El tratamiento nunca El médico tampoco tiene debe tener como el derecho ni el deber, objetivo la específica legal o ético, de prescribir inducción de la muerte. una muerte retrasada.
  • 31.
  • 32. “O documento de instrucciones previas, es el nombre genérico con el que se conocen aquellos documentos en que una persona manifiesta sus deseos expresos acerca de su tratamiento médico en caso de hallarse inconsciente, o incapacitada para expresarse, por causa de una enfermedad, frecuentemente terminal”.
  • 33. • El paciente podrá disponer de forma genérica que no se prolongue su vida de forma artificial en caso de enfermedad terminal. • Se puede hacer manifestaciones siempre y cuando no sean contrarias al orden público. • Donación de órganos. • Estancia hospitalaria. • Incineración.
  • 34. Instrucciones y límites Criterios Personales concretos hacia personal Situaciones Sanitarias médico Representante
  • 35. • El testamento Vital no se debe confundir con el testamento. No contiene bienes patrimoniales. • El testamento vital no está relacionada con la eutanasia activa. Auxilio al suicidio.
  • 36. Para argumentar sobre la eutanasia, siempre es útil acogerse a un caso límite, como el de la norteamericana Terri Schiavo, en estado vegetativo persistente (EVP) desde 1990, y prácticamente sin posibilidades de recuperar el movimiento y la conciencia. Su corteza cerebral quedó irremisiblemente dañada al perder el flujo sanguíneo durante varios minutos tras un paro cardiaco.
  • 37. EL CASO DE TERRI SCHIAVO • Su nombre era Marie Terri Schindler y nació en Pensilvania. • En 1982 conoció a quien luego sería su esposo, el señor Michael Schiavo. • Hace 15 años, a los 27 años de edad y con la finalidad de combatir su sobrepeso Terri empezó a ingerir sólo líquidos y vomitar de manera espontánea, lo que le ocasionó un ataque cardiaco por alteración de potasio.
  • 38. EL CASO DE TERRI SCHIAVO • Como consecuencia de ésta parada cardíaca, en 1990 Terri padeció una lesión cerebral grave quedando en lo que en medicina se conoce como "estado vegetativo persistente", una situación en la que el paciente se halla inconsciente y de la que, en principio, no se espera ya recuperación. Ella no había dejado instrucciones escritas acerca de sus deseos para el caso de que quedara inválida. • Este daño cerebral la dejó en total dependencia de los demás para las cosas más elementales de la vida, inclusive alimentarse. • Todo lo que Terri necesitaba para seguir viviendo era comida y agua.
  • 39. EL CASO DE TERRI SCHIAVO • Su esposo, separado de Terri a poco de producirse el accidente y que vive actualmente con otra mujer, afirmaba que ella le había dicho mucho tiempo antes que no deseaba que se le mantuviera artificialmente en vida. • Los padres de Terri disentían de ello y mantenían que su hija les sonreía e intentaba hablarles.
  • 40. EL CASO DE TERRI SCHIAVO • El 18 de Marzo de 2005, Michael Schiavo, su singular marido y tutor, desconectó el tubo que la sustentaba. Bob y Mary Schindler, los padres de Terri, han batallado sin éxito para evitar que su hija muriese; pese a esto Terri ha muerto de inanición y deshidratada en Florida, tras 13 días sin recibir alimentación después de que le fuera retirado el aporte por orden judicial.
  • 42. PRINCIPIO DE AUTONOMÍA • El respeto por las personas exige incorporar a la práctica clínica al menos dos convicciones éticas: la primera es que los individuos deberían ser tratados como entes autónomos y la segunda es que las personas cuya autonomía deben ser objeto de protección.
  • 43. PRINCIPIO DE AUTONOMÍA • Una forma de respetar la autonomía es promover en la práctica la participación del propio enfermo y de su familia en la toma de decisiones, lo que implica: – Informar comprensiblemente al enfermo y a la familia. – Garantizar la voluntariedad en la aceptación del tratamiento mediante el uso del consentimiento informado respetando el derecho a rechazar un tratamiento. – Proteger a los menores o incapaces que no lleguen al grado de competencia necesario para tomar por sí mismos una determinada decisión, lo que supone el respeto a las decisiones subsidiarias de los padres.
  • 44. PRINCIPIO DE AUTONOMÍA • Según este principio las opiniones y decisiones del paciente deben ser respetadas en todo momento, ya que son expresión de la autonomía inherente a todo ser humano. • En el caso suscitado anteriormente este principio no cumple puesto que el paciente no se encuentra en condiciones óptimas para poder decidir acerca de su estado de salud.
  • 45. PRINCIPIO DE BENEFICENCIA • El principio de beneficencia implica que el médico debe buscar en todo momento la cura del enfermo poniendo a su disposición todos sus conocimientos. Por tanto, el médico no podría causarle la muerte en tanto que no supone mejoría ni cura para el paciente. El problema surge con los pacientes incurables o terminales, a los que este principio no parece afectar ya que su enfermedad no tiene cura y su destino es la muerte. La cuestión es si esa muerte, que ocurriría a corto o a largo plazo, se pudiese adelantar para evitar el sufrimiento innecesario del enfermo.
  • 46. PRINCIPIO DE BENEFICENCIA • En el caso de Terri, se le proporcionan los medios al inicio de su enfermedad para mantener su condición de vida; sin embargo más adelante se va en contra de éste principio pues se decide proceder a desconectarla.
  • 47. PRINCIPIO DE JUSTICIA • La justicia puede interpretarse desde diversas perspectivas. En este caso nos fijaremos en su dimensión de equidad que nos exige ofrecer a los mismos casos las mismas soluciones.
  • 48. PRINCIPIO DE JUSTICIA • Este principio de justicia, implica en primer término comprobar que el nivel de calidad del dispositivo asistencial que se ofrece garantiza los derechos del enfermo terminal y su familia sin discriminación.
  • 49. PRINCIPIO DE NO MALEFICENCIA • Ejercer la beneficencia exige no causar ningún daño. Maximizar los beneficios posibles y minimizar los posibles daños. Este principio implica aplicar un plan de atención integral, comprobar proporcionalidad de medios diagnósticos o terapéuticos en un ámbito integral multidisciplinar y realizar un análisis objetivo de la relación beneficios/riesgos.
  • 50. PRINCIPIO DE NO MALEFICENCIA • Si partimos de éste principio, la eutanasia no sería posible pues este principio implica que el médico no puede usar sus conocimientos para producir daño al enfermo y por lo tanto no podría producirle un daño irreversible como es la muerte. • No se cumple este principio pues el médico accede a producir la muerte de la paciente.
  • 51.
  • 52. • La eutanasia es gravemente ilícita porque, al buscar la muerte como fin o como medio, atenta contra el vivir de la persona humana, que tiene una dignidad y un valor intrínsecos que, exigen el respeto incondicional de la vida del inocente. • No es lícito al hombre buscar justificaciones para poner fin a la propia vida ni a la de los demás, ni le es permitido emprender acciones con ese fin. • La intención con la que se pretende justificar la eutanasia: eliminar el dolor o el sufrimiento, es una falacia: se está eliminando es a la persona que sufre sin que se ataque, para nada, la causa del dolor o del sufrimiento.
  • 53. El valor DIGNIDAD Vida corporal fundamental de la HUMANA persona misma “La profesión médica está al servicio del hombre y de la sociedad. En consecuencia, Código español de respetar la vida humana y la dignidad de la Ética y Deontología persona y el cuidado de la salud del médica individuo y de la comunidad, son los deberes primordiales del medico”.
  • 54. Por ello, para nuestro caso presentado: 1- Para quienes propugnamos una Medicina a favor de la vida, así como la dignificación de la profesión sanitaria, tan imperativo es el rechazo de la eutanasia (activa y pasiva) como el del encarnizamiento terapéutico. Partiendo de la convicción de que matar o ayudar a matarse no es lo mismo éticamente que dejar morir cuando no hay terapia y la situación es irreversible, insistimos en que el principio básico debe ser el del respeto máximo de la vida humana. 2- Esta claro, entonces que la Eutanasia, trasgrede este principio bioético puesto que representa un atentado contra la vida humana reprobables ética y jurídicamente.
  • 55. Por esto la vida es la condición indispensable Derecho a la defensa de la Derecho a la libertad para que todos y cada vida uno de nosotros podamos ejercer la libertad
  • 56. • Este principio sanciona la obligación moral que el paciente tiene de colaborar en los cuidados ordinarios y necesarios para salvaguardar la vida y la salud propia y ajena. En ciertos casos, como el de los pacientes que rechazan los cuidados indispensables para la vida y la supervivencia cuando el médico considera en conciencia necesario imponerlas, el derecho deberá regular el procedimiento para aplicar tales cuidados obligatorios.
  • 57. 1-Paciente • Lo cual es ilícito para el médico, porque la acción de matar no es un acto consciente que médico terapéutico. No restablece la salud y tampoco preserva la vida. quiere asistencia para el suicidio (y • La misión fundamental y la razón de ser del médico es el respeto por la vida humana. que muere como consecuencia del • El juramento -convención de Ginebra , el médico : “Velar con sumo interés y respeto por la vida humana; desde el momento de la concepción y, aún acto suicida y no bajo amenaza, no emplear mis conocimientos médicos para contravenir las como consecuencia leyes humanas”. de su enfermedad) • Cualquier persona es libre ( lícita ética y jurídicamente) de aceptar su condición terminal y de “entregarse” al curso natural de su enfer., y 2-Paciente esperar morir como consecuencia de ello. Esa es la vida. consciente que rechaza cualquier tratamiento (y que • Quien respeta esa decisión no está practicando ningún tipo de eutanasia, muere como por cuanto el concepto de eutanasia hace referencia a la acción de terceras personas de matar, y no a la acción personal de matarse, ni consecuencia tampoco a la acción personal de dejarse morir. directa de su • Ello no impide al médico respetar el deseo del paciente de dejar que el enfermedad) proceso natural de la muerte siga su curso en la fase terminal de su enfermedad.
  • 58. 3. Paciente inconsciente • Es obvio que quien firma un consentimiento cuando está en con consentimiento buen estado de salud no conoce ni puede conocer, cuando firmado previo a su estado está en un estado de inconsciencia, la información seria y de inconsciencia, en el que fiable acerca de su enfermedad y de las opciones estipula su voluntad de que terapéuticas y su pronóstico. le suspendan cualquier medida terapéutica que • Además, el sujeto pasivo (el paciente) pudo muy bien haber haya sido instaurada, con la cambiado de opinión en el lapso de tiempo transcurrido intención de morir como entre el momento en el que firmó la petición y el momento consecuencia de ello. de su estado patológico actual de inconsciencia. 4. Paciente inconsciente sin • En el que terceras personas solicitan que se le suspendan las medidas terapéuticas ya instauradas con la intención de que consentimiento firmado el paciente muera como consecuencia de ello. previo a su estado de • Este acto eutanásico es entonces, por definición, inconciencia inconstitucional y constituiría un homicidio agravado.
  • 59. • Principios básicos que caracterizan a la ética médica. • Se funda en el hecho de que la corporeidad humana es un todo unitario resultante de partes distintas, unificadas entre sí orgánica y jerárquicamente por la existencia única y personal.
  • 60. «PROPORCIONALIDA D DE LAS TERAPIAS» Evaluar el contexto de la “cuidados desproporcionados”: para engañar al totalidad de la persona, y que se paciente dando la impresión de ser eficiente, o bien exija por tanto una cierta para complacer su solicitud o la de los familiares «de hacer todo lo posible» sin resultados previsibles, o proporción entre los riesgos y para experimentar terapias sin beneficios para el daños que ésta acarrea y los paciente que ignora tal hecho, puede resultar una beneficios que aporta. demostración de agresividad o ensañamiento terapéutico. Código Deontológico de los Colegios Médicos en España, expresa: “En el caso de enfermedad incurable y terminal, el médico debe limitarse a aliviar los dolores físicos y morales del paciente, manteniendo en todo lo posible la calidad de una vida que se agota, evitando emprender o continuar acciones terapéuticas sin esperanza, inútiles y obstinadas, y asistirá al enfermo hasta el final con el respeto que merece la dignidad del hombre”.
  • 61. • En nuestro caso, dicho principio no se cumple, ya que no se vela por el bien de la vida ni de la salud, puesto que su muerte no fue natural sino por omisión, al desconectarle la sonda. • La única forma de entender la acción de matar como un acto “terapéutico” es considerando al enfermo no como lo que es, un enfermo, sino como una enfermedad. En ese caso la acción “terapéutica” de matar se constituye en una acción de limpieza social eugenésica y eso simplemente no es aceptable para el médico.
  • 62. Además en dicho caso no se puede hablar de un ensañamiento terapéutico, en tanto que la alimentación e hidratación artificial puedan ser considerados medios «desproporcionados» que hay que suspender en fase terminal o en condiciones graves como el estado vegetativo. Ya que, dar agua y alimento no son actos médicos, y no configuran casos de encarnizamiento terapéutico, al menos hasta que no aparezca evidente que son totalmente inútiles, esto es, que el organismo no es capaz de asimilarlos. Son, al contrario, cuidados básicos, «normales», que hay que asegurar a todos los pacientes en cuanto forma irrenunciable de mantenimiento de la vida humana.
  • 63. • Compromete a todas y a cada una de las personas en su propia realización al participar en la realización del bien de sus semejantes. • En este principio se olvida la naturaleza interdependiente del ser humano, que necesita de los demás a lo largo de toda su vida. El hombre no es un ser autosuficiente que se basta a si mismo y no necesita de los demás, sino que, es alguien eminentemente dependiente. • Si esto es cierto para todos los seres humanos, es especialmente claro en los enfermos en fase terminal, que necesitan de todo el apoyo familiar y del cuerpo médico para llevar adelante su situación de un modo humano.
  • 64. • El caso Schiavo visto desde el principio de sociabilidad y subsidiariedad, no se cumple, puesto que no se protege la vida ni como bien personal, social, profesional (para el sistema de salud) ni constitucional (para los Derechos Fundamentales de la Persona.)
  • 65. • La Eutanasia es la acción u omisión que permite, acelera o provoca la muerte de un paciente terminal o de un recién nacido con graves malformaciones, para evitar sus sufrimientos. • Se suele promover la legalización de la eutanasia y su aceptación social con argumentos como: El derecho a la muerte digna y del derecho de cada cual a disponer de su propia vida. • Una muerte digna no consiste sólo en la ausencia de tribulaciones externas, sino de afrontar la muerte en las condiciones más llevaderas posibles, tanto desde el punto de vista del dolor físico como también del sufrimiento moral. • La función del médico es devolver la salud y mitigar los sufrimientos y los dolores, no sólo en cuanto esa mitigación puede conducir a la curación, sino también si puede servir para procurar una muerte tranquila y fácil (eutanasia)”
  • 66. • El testamento vital, se trata de una manifestación de voluntad del paciente expresando como quiere que se le trate en el curso de una enfermedad terminal. • El testamento vital señala criterios, situaciones y limitaciones médicas propuestas por el paciente, así como también un representante encargado del cumplimiento de dicho documento. • Para nuestro caso, la bioética personalista es trasgredida en todos sus principios, desde el p. de defensa de la vida, entendido como tal; el p. de libertad y responsabilidad, puesto que toda persona es libre de aceptar su condición terminal y de “entregarse” al curso natural de su enfermedad, mas no existe el derecho a morir ni por determinación propia ni de terceros; el p. terapéutico, ya que con al eutanasia no se trata ninguna enfermedad, por el contrario se produce una muerte que es por omisión; p. de sociabilidad, en el que no se protege la vida.