Sangrado Uterino Anormal. Dr Carlos Quiroz_052747.pptx
Bioética y Eutanasia
1. Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo
Escuela de Medicina
Cardoso Mairena, César
Chunga Aparicio, María José
Cumpa Dávila, María Julia
Larios León, Javier
Meléndez Ramírez, Fiorella
Vásquez Rojas, Consuelo
2. • Conocer la definición, clases y modos de
Eutanasia.
• Definir la relación entre eutanasia y bioética
• Conocer el significado del encarnizamiento
terapéutico y los cuidados paliativos.
• Definir y Conocer los aspectos más
importantes del Testamento Vital.
• Analizar el caso Schiavo según la Bioética
Personalista.
3.
4. Acción u omisión que permite, acelera o
provoca la muerte de un paciente terminal o
de un recién nacido con graves
malformaciones, para evitar sus sufrimientos.
5. a. Eutanasia Activa
– Aquella caracterizada porque la provocación de la
muerte se obtiene mediante hechos positivos
dirigidos a acortar o suprimir el curso vital.
6. b. Eutanasia Pasiva
– Es el fallecimiento de un enfermo terminal tras
omisión de tratamientos, que aún suponiendo le
puedan prolongar su vida, se consideran
inapropiados al no mejorar su calidad de vida o
incluso poder deteriorarla aún más.
7. a. Eutanasia Homicida
– Aquella realizada o ayudada por alguien del entorno
del paciente. Puede ser de dos tipos:
• Homicidio piadoso: cortar la vida de un semejante para
liberarlo de las taras de una enfermedad terrible, una
deformación física o una vejez angustiosa.
• Eutanasia económica o social: eliminar vidas humanas
consideradas como una carga social, también denominadas
"vidas sin valor vital".
8. b. Eutanasia Suicidio
– Se la aplica el propio individuo. Cuando el paciente
ejecuta acciones que lo llevan a la muerte, sin
intervención de nadie de su entorno.
c. Suicido Asistido
– Cuando el médico ayuda a que el paciente se suicide
con el fin de evitarse sufrimiento y dolor.
9. d. Eutanasia positiva
– Se provoca la muerte de un individuo mediante la
administración de fármacos.
e. Eutanasia negativa
– Consigue su fin omitiendo cualquier tipo de ayuda
médica al enfermo. Se llama también ortotanasia o
"muerte normal".
12. El derecho de cada cual a
El derecho a la muerte digna,
disponer de su propia vida, en
expresamente querida por quien
uso de su libertad y autonomía
padece sufrimientos atroces
individual
El progreso que representa
La manifestación de solidaridad
suprimir la vida de los deficientes
social que significa la eliminación
psíquicos profundos o de los
de vidas sin sentido, que
enfermos en fase terminal, ya que
constituyen una dura carga para
se trataría de vidas que no
los familiares y para la propia
pueden llamarse propiamente
sociedad.
humanas
13. • El dolor y la muerte forman parte de la vida humana.
• Todo ser humano huye por instinto del dolor y de
cuanto cause sufrimiento, ya que la constitución
natural del hombre, está creado para ser feliz y, por
tanto, reacciona con aversión ante lo que atente a su
felicidad.
• El dolor y el sufrimiento tienen también un valor
positivo si nos ayudan a comprender mejor nuestra
naturaleza y sus limitaciones, si sabemos integrarlos en
nuestro proceso de crecimiento y maduración.
14. • Es bueno aceptar el hecho cierto e inevitable del dolor, y
también es bueno luchar por mitigarlo.
• Es bueno luchar por vencer a la enfermedad, y no es bueno
eliminar seres humanos enfermos para que no sufran.
• El fin – el motivo subjetivo - no justifica los medios - en este
caso, matar .
• Una muerte digna no consiste sólo en la ausencia de
tribulaciones externas, sino que nace de la grandeza de
ánimo de quien se enfrenta a ella. Es claro que, llegado el
momento supremo de la muerte, el protagonista de este
trance ha de afrontarlo en las condiciones más llevaderas
posibles, tanto desde el punto de vista del dolor físico como
también del sufrimiento moral.
15. • La Constitución peruana reconoce el derecho a la
vida de todos los seres humanos, y el resto de las
leyes, en especial el Código Penal, protegen este
derecho prohibiendo todo atentado contra la vida
de cualquier ser humano e imponiendo las más
severas penas a quien quita la vida a otro.
• La eutanasia siempre es matar a otro, con o sin su
consentimiento, por presuntos motivos de
compasión o para evitarle dolores o situaciones
dramáticas. Para nuestro Código Penal, la
eutanasia es homicidio.
16. • ¿no es legítima la decisión de una persona de
disponer de su propia vida? No. En la conservación de
la vida humana existen a la vez intereses individuales y
sociales. Ningún ser humano es una realidad aislada,
fuente autónoma y exclusiva de derechos y
obligaciones.
• ¿no es coartar la libertad y la autonomía individual el
negar al ser humano la capacidad de decidir cuándo y
cómo quiere morir? No lo es, porque no tiene sentido
contraponer el derecho a la libre autodeterminación de
la persona -como expresión de su dignidad- al bien de
la vida humana.
17.
18. • La eutanasia no es una forma de Medicina, sino una
forma de homicidio.
• Si la practica un médico, éste estará negando la
Medicina porque la razón de ser de la Medicina es:
– la curación del enfermo en cualquier fase de su dolencia, la
mitigación de sus dolores, y la ayuda a sobrellevar el
trance supremo de la muerte cuando la curación no es
posible.
• No es posible que exista la Medicina si el paciente en
vez de tener confianza en su médico, llega a tenerle
miedo porque no sabe si el profesional de la Medicina
que se ocupan de su salud van a decidir que su caso es
digno de curación o susceptible de eutanasia.
19.
20. “Aquellas prácticas médicas con
pretensiones terapéuticas que
no benefician realmente al
enfermo y le provocan un
sufrimiento innecesario.”
21. • En muchas oportunidades se utilizan como sinónimos de
ET: Distanasia, Obstinación y Ensañamiento Terapéutico.
• La Distanasia es lo opuesto a la eutanasia. Esta práctica
consiste en procurar retrasar la llegada de la muerte por
todos los medios, desproporcionados o extraordinarios
aunque no haya esperanza alguna de restablecimiento
(llamado también clásicamente ET).
• En realidad se infligen al moribundo unos sufrimientos
añadidos, que solo aplazan idas u horas el deceso. La
distanasia, es la muerte en malas condiciones, con dolor,
con molestias y sufrimientos. Sería la muerte con un mal
tratamiento del dolor, o la asociada al encarnizamiento
terapéutico.
22.
23. “Un cuidado total, activo y continuado del
paciente y su familia, por un equipo
multiprofesional, cuando la expectativa médica
ya no es la curación. Su objetivo primario no es
prolongar la supervivencia, sino conseguir la más
alta calidad de vida para el paciente y su familia.
Deben cubrir las necesidades físicas, psicológicas,
sociales y espirituales. Si es necesario, el apoyo
debe extenderse al proceso de duelo”
(Subcomité de Cuidados Paliativos del Programa
Europeo contra el Cáncer, Junio 1992).
24. • Tratar el dolor
• Tratar síntomas como vómitos, opresión,
estreñimiento, obstrucción respiratoria, evacuación de
flemas, etc.
• Proveer la enfermería básica de cama: alimento y
bebida (la nutrición y la hidratación, sean naturales o
artificiales), limpieza, supervisión de funciones
excretorias, limpiar las ulceras de decúbito, la
aspiración de secreciones bronquiales.
• Se puede recurrir a antibióticos, si los dolores se
asocian a un proceso infeccioso y si contribuye a
atenuar su aflicción.
25. • Un ambiente alegre y sereno.
• Atención espiritual
• Incluye dar apoyo psicológico: escuchar al
enfermo, los contactos con la familia y
allegados, apoyo religioso, etc.
• Es inoportuno decirle al enfermo que no se
puede hacer nada, ya que se pueden hacer un
montón de cosas por él.
26. En la misma Encíclica Juan Pablo II indica también el
valor que tienen los cuidados paliativos para las
familias, que “pueden encontrar gran ayuda en las
estructuras sociales de asistencia y si es necesario,
recurriendo a los cuidados paliativos”.
El Evangelium vitae se refiere a los cuidados paliativos,
subrayando el “relieve particular” que están asumiendo
para “hacer más soportable el sufrimiento en la fase final
de la enfermedad y, al mismo tiempo, aseguran al
paciente un acompañamiento humano adecuado”.
27. • El objetivo prioritario de los cuidados paliativos
es el alivio de los síntomas que provocan
sufrimiento y deterioran la calidad de vida del
enfermo en situación terminal y facilitar la
transición de la vida a la muerte.
• Con este fin se pueden emplear analgésicos o
sedantes en la dosis necesaria para alcanzar los
objetivos terapéuticos, aunque se pudiera
ocasionar indirectamente un adelanto del
fallecimiento.
28. Los Cuidados Paliativos son la única respuesta ética ante la enfermedad terminal.
Con los enfermos terminales no cabe una ética de mínimos, sino de máximos
que nos lleve a procurar dispensarles la mejor atención posible.
Dos pilares básicos sobre los que se puede construir la ética de lo Cuidados
Paliativos:
Carácter finito de la intervención
Respeto a la debilidad: reconocer la
médica: admitir los límites de los
valía del enfermo incurable, que tiene
medios terapéuticos y su inutilidad,
tanto derecho a una atención médica
cuando no hacen más que prolongar la
de calidad como el paciente curable.
agonía.
29. El médico debe aprender a
manifestar respeto por la vida y
aceptación de la muerte; para ello:
El tratamiento nunca El médico tampoco tiene
debe tener como el derecho ni el deber,
objetivo la específica legal o ético, de prescribir
inducción de la muerte. una muerte retrasada.
32. “O documento de instrucciones previas, es el nombre
genérico con el que se conocen aquellos documentos
en que una persona manifiesta sus deseos expresos
acerca de su tratamiento médico en caso de hallarse
inconsciente, o incapacitada para expresarse, por causa
de una enfermedad, frecuentemente terminal”.
33. • El paciente podrá disponer de forma genérica que no
se prolongue su vida de forma artificial en caso de
enfermedad terminal.
• Se puede hacer manifestaciones siempre y cuando
no sean contrarias al orden público.
• Donación de órganos.
• Estancia hospitalaria.
• Incineración.
34. Instrucciones y límites
Criterios Personales
concretos hacia personal
Situaciones Sanitarias médico
Representante
35. • El testamento Vital no se debe confundir con
el testamento.
No contiene bienes patrimoniales.
• El testamento vital no está relacionada con la
eutanasia activa.
Auxilio al suicidio.
36. Para argumentar sobre la eutanasia, siempre es útil acogerse a un caso límite, como el de la
norteamericana Terri Schiavo, en estado vegetativo persistente (EVP) desde 1990, y prácticamente
sin posibilidades de recuperar el movimiento y la conciencia. Su corteza cerebral quedó
irremisiblemente dañada al perder el flujo sanguíneo durante varios minutos tras un paro cardiaco.
37. EL CASO DE TERRI SCHIAVO
• Su nombre era Marie Terri Schindler y
nació en Pensilvania.
• En 1982 conoció a quien luego sería su
esposo, el señor Michael Schiavo.
• Hace 15 años, a los 27 años de edad y
con la finalidad de combatir su
sobrepeso Terri empezó a ingerir sólo
líquidos y vomitar de manera
espontánea, lo que le ocasionó un
ataque cardiaco por alteración de
potasio.
38. EL CASO DE TERRI SCHIAVO
• Como consecuencia de ésta parada cardíaca, en
1990 Terri padeció una lesión cerebral grave
quedando en lo que en medicina se conoce
como "estado vegetativo persistente", una
situación en la que el paciente se halla
inconsciente y de la que, en principio, no se
espera ya recuperación. Ella no había dejado
instrucciones escritas acerca de sus deseos para
el caso de que quedara inválida.
• Este daño cerebral la dejó en total dependencia
de los demás para las cosas más elementales de
la vida, inclusive alimentarse.
• Todo lo que Terri necesitaba para seguir
viviendo era comida y agua.
39. EL CASO DE TERRI SCHIAVO
• Su esposo, separado de Terri a
poco de producirse el accidente
y que vive actualmente con otra
mujer, afirmaba que ella le
había dicho mucho tiempo
antes que no deseaba que se le
mantuviera artificialmente en
vida.
• Los padres de Terri disentían de
ello y mantenían que su hija les
sonreía e intentaba hablarles.
40. EL CASO DE TERRI SCHIAVO
• El 18 de Marzo de 2005, Michael Schiavo,
su singular marido y tutor, desconectó el
tubo que la sustentaba. Bob y Mary
Schindler, los padres de Terri, han
batallado sin éxito para evitar que su hija
muriese; pese a esto Terri ha muerto de
inanición y deshidratada en Florida, tras
13 días sin recibir alimentación después
de que le fuera retirado el aporte por
orden judicial.
42. PRINCIPIO DE AUTONOMÍA
• El respeto por las personas exige
incorporar a la práctica clínica al
menos dos convicciones éticas: la
primera es que los individuos
deberían ser tratados como entes
autónomos y la segunda es que las
personas cuya autonomía deben
ser objeto de protección.
43. PRINCIPIO DE AUTONOMÍA
• Una forma de respetar la autonomía es promover en la
práctica la participación del propio enfermo y de su
familia en la toma de decisiones, lo que implica:
– Informar comprensiblemente al enfermo y a la familia.
– Garantizar la voluntariedad en la aceptación del
tratamiento mediante el uso del consentimiento
informado respetando el derecho a rechazar un
tratamiento.
– Proteger a los menores o incapaces que no lleguen al
grado de competencia necesario para tomar por sí
mismos una determinada decisión, lo que supone el
respeto a las decisiones subsidiarias de los padres.
44. PRINCIPIO DE AUTONOMÍA
• Según este principio las
opiniones y decisiones del
paciente deben ser respetadas
en todo momento, ya que son
expresión de la autonomía
inherente a todo ser humano.
• En el caso suscitado
anteriormente este principio no
cumple puesto que el paciente
no se encuentra en condiciones
óptimas para poder decidir
acerca de su estado de salud.
45. PRINCIPIO DE BENEFICENCIA
• El principio de beneficencia implica que
el médico debe buscar en todo momento
la cura del enfermo poniendo a su
disposición todos sus conocimientos. Por
tanto, el médico no podría causarle la
muerte en tanto que no supone mejoría
ni cura para el paciente. El problema
surge con los pacientes incurables o
terminales, a los que este principio no
parece afectar ya que su enfermedad no
tiene cura y su destino es la muerte. La
cuestión es si esa muerte, que ocurriría a
corto o a largo plazo, se pudiese
adelantar para evitar el sufrimiento
innecesario del enfermo.
46. PRINCIPIO DE BENEFICENCIA
• En el caso de Terri, se le proporcionan los
medios al inicio de su enfermedad para
mantener su condición de vida; sin embargo
más adelante se va en contra de éste principio
pues se decide proceder a desconectarla.
47. PRINCIPIO DE JUSTICIA
• La justicia puede interpretarse desde diversas perspectivas.
En este caso nos fijaremos en su dimensión de equidad que
nos exige ofrecer a los mismos casos las mismas soluciones.
48. PRINCIPIO DE JUSTICIA
• Este principio de justicia, implica en primer
término comprobar que el nivel de calidad del
dispositivo asistencial que se ofrece garantiza
los derechos del enfermo terminal y su familia
sin discriminación.
49. PRINCIPIO DE NO
MALEFICENCIA
• Ejercer la beneficencia exige
no causar ningún daño.
Maximizar los beneficios
posibles y minimizar los
posibles daños. Este
principio implica aplicar un
plan de atención integral,
comprobar proporcionalidad
de medios diagnósticos o
terapéuticos en un ámbito
integral multidisciplinar y
realizar un análisis objetivo
de la relación
beneficios/riesgos.
50. PRINCIPIO DE NO
MALEFICENCIA
• Si partimos de éste principio, la eutanasia no sería
posible pues este principio implica que el médico no
puede usar sus conocimientos para producir daño al
enfermo y por lo tanto no podría producirle un daño
irreversible como es la muerte.
• No se cumple este principio pues el médico accede a
producir la muerte de la paciente.
51.
52. • La eutanasia es gravemente ilícita porque, al buscar la muerte
como fin o como medio, atenta contra el vivir de la persona
humana, que tiene una dignidad y un valor intrínsecos que,
exigen el respeto incondicional de la vida del inocente.
• No es lícito al hombre buscar justificaciones para poner fin a
la propia vida ni a la de los demás, ni le es permitido
emprender acciones con ese fin.
• La intención con la que se pretende justificar la eutanasia:
eliminar el dolor o el sufrimiento, es una falacia: se está
eliminando es a la persona que sufre sin que se ataque, para
nada, la causa del dolor o del sufrimiento.
53. El valor
DIGNIDAD
Vida corporal fundamental de la
HUMANA
persona misma
“La profesión médica está al servicio del
hombre y de la sociedad. En consecuencia,
Código español de
respetar la vida humana y la dignidad de la
Ética y Deontología
persona y el cuidado de la salud del
médica
individuo y de la comunidad, son los
deberes primordiales del medico”.
54. Por ello, para nuestro caso presentado:
1- Para quienes propugnamos una Medicina a favor de la vida, así como la dignificación
de la profesión sanitaria, tan imperativo es el rechazo de la eutanasia (activa y pasiva)
como el del encarnizamiento terapéutico. Partiendo de la convicción de que matar o
ayudar a matarse no es lo mismo éticamente que dejar morir cuando no hay terapia y
la situación es irreversible, insistimos en que el principio básico debe ser el del respeto
máximo de la vida humana.
2- Esta claro, entonces que la Eutanasia, trasgrede este principio bioético puesto que
representa un atentado contra la vida humana reprobables ética y jurídicamente.
55. Por esto la vida es la
condición indispensable
Derecho a la defensa de la
Derecho a la libertad para que todos y cada
vida
uno de nosotros podamos
ejercer la libertad
56. • Este principio sanciona la obligación moral que el paciente
tiene de colaborar en los cuidados ordinarios y necesarios
para salvaguardar la vida y la salud propia y ajena. En ciertos
casos, como el de los pacientes que rechazan los cuidados
indispensables para la vida y la supervivencia cuando el
médico considera en conciencia necesario imponerlas, el
derecho deberá regular el procedimiento para aplicar tales
cuidados obligatorios.
57. 1-Paciente
• Lo cual es ilícito para el médico, porque la acción de matar no es un acto
consciente que
médico terapéutico. No restablece la salud y tampoco preserva la vida.
quiere asistencia
para el suicidio (y • La misión fundamental y la razón de ser del médico es el respeto por la
vida humana.
que muere como
consecuencia del • El juramento -convención de Ginebra , el médico : “Velar con sumo interés
y respeto por la vida humana; desde el momento de la concepción y, aún
acto suicida y no
bajo amenaza, no emplear mis conocimientos médicos para contravenir las
como consecuencia leyes humanas”.
de su enfermedad)
• Cualquier persona es libre ( lícita ética y jurídicamente) de aceptar su
condición terminal y de “entregarse” al curso natural de su enfer., y
2-Paciente esperar morir como consecuencia de ello. Esa es la vida.
consciente que
rechaza cualquier
tratamiento (y que • Quien respeta esa decisión no está practicando ningún tipo de eutanasia,
muere como por cuanto el concepto de eutanasia hace referencia a la acción de
terceras personas de matar, y no a la acción personal de matarse, ni
consecuencia tampoco a la acción personal de dejarse morir.
directa de su
• Ello no impide al médico respetar el deseo del paciente de dejar que el
enfermedad)
proceso natural de la muerte siga su curso en la fase terminal de su
enfermedad.
58. 3. Paciente inconsciente • Es obvio que quien firma un consentimiento cuando está en
con consentimiento buen estado de salud no conoce ni puede conocer, cuando
firmado previo a su estado está en un estado de inconsciencia, la información seria y
de inconsciencia, en el que fiable acerca de su enfermedad y de las opciones
estipula su voluntad de que terapéuticas y su pronóstico.
le suspendan cualquier
medida terapéutica que • Además, el sujeto pasivo (el paciente) pudo muy bien haber
haya sido instaurada, con la cambiado de opinión en el lapso de tiempo transcurrido
intención de morir como entre el momento en el que firmó la petición y el momento
consecuencia de ello. de su estado patológico actual de inconsciencia.
4. Paciente inconsciente sin • En el que terceras personas solicitan que se le suspendan las
medidas terapéuticas ya instauradas con la intención de que
consentimiento firmado el paciente muera como consecuencia de ello.
previo a su estado de • Este acto eutanásico es entonces, por definición,
inconciencia inconstitucional y constituiría un homicidio agravado.
59. • Principios básicos que caracterizan a la ética médica.
• Se funda en el hecho de que la corporeidad humana
es un todo unitario resultante de partes distintas,
unificadas entre sí orgánica y jerárquicamente por la
existencia única y personal.
60. «PROPORCIONALIDA
D DE LAS TERAPIAS»
Evaluar el contexto de la “cuidados desproporcionados”: para engañar al
totalidad de la persona, y que se paciente dando la impresión de ser eficiente, o bien
exija por tanto una cierta para complacer su solicitud o la de los familiares «de
hacer todo lo posible» sin resultados previsibles, o
proporción entre los riesgos y
para experimentar terapias sin beneficios para el
daños que ésta acarrea y los paciente que ignora tal hecho, puede resultar una
beneficios que aporta. demostración de agresividad o ensañamiento
terapéutico.
Código Deontológico de los Colegios Médicos en España, expresa:
“En el caso de enfermedad incurable y terminal, el médico debe limitarse a aliviar los dolores
físicos y morales del paciente, manteniendo en todo lo posible la calidad de una vida que se
agota, evitando emprender o continuar acciones terapéuticas sin esperanza, inútiles y
obstinadas, y asistirá al enfermo hasta el final con el respeto que merece la dignidad del hombre”.
61. • En nuestro caso, dicho principio no se cumple, ya que no se vela por el
bien de la vida ni de la salud, puesto que su muerte no fue natural sino por
omisión, al desconectarle la sonda.
• La única forma de entender la acción de matar como un acto
“terapéutico” es considerando al enfermo no como lo que es, un enfermo,
sino como una enfermedad. En ese caso la acción “terapéutica” de matar
se constituye en una acción de limpieza social eugenésica y eso
simplemente no es aceptable para el médico.
62. Además en dicho caso no se puede hablar de un ensañamiento
terapéutico, en tanto que la alimentación e hidratación artificial
puedan ser considerados medios «desproporcionados» que hay que
suspender en fase terminal o en condiciones graves como el estado
vegetativo.
Ya que, dar agua y alimento no son actos médicos, y no configuran casos de
encarnizamiento terapéutico, al menos hasta que no aparezca evidente que son
totalmente inútiles, esto es, que el organismo no es capaz de asimilarlos.
Son, al contrario, cuidados básicos, «normales», que hay que asegurar a todos los
pacientes en cuanto forma irrenunciable de mantenimiento de la vida humana.
63. • Compromete a todas y a cada una de las personas en su propia realización
al participar en la realización del bien de sus semejantes.
• En este principio se olvida la naturaleza interdependiente del ser humano,
que necesita de los demás a lo largo de toda su vida. El hombre no es un
ser autosuficiente que se basta a si mismo y no necesita de los demás,
sino que, es alguien eminentemente dependiente.
• Si esto es cierto para todos los seres humanos, es especialmente claro en
los enfermos en fase terminal, que necesitan de todo el apoyo familiar y
del cuerpo médico para llevar adelante su situación de un modo humano.
64. • El caso Schiavo visto desde el principio de sociabilidad
y subsidiariedad, no se cumple, puesto que no se
protege la vida ni como bien personal, social,
profesional (para el sistema de salud) ni constitucional
(para los Derechos Fundamentales de la Persona.)
65. • La Eutanasia es la acción u omisión que permite, acelera o provoca
la muerte de un paciente terminal o de un recién nacido con graves
malformaciones, para evitar sus sufrimientos.
• Se suele promover la legalización de la eutanasia y su aceptación
social con argumentos como: El derecho a la muerte digna y del
derecho de cada cual a disponer de su propia vida.
• Una muerte digna no consiste sólo en la ausencia de tribulaciones
externas, sino de afrontar la muerte en las condiciones más
llevaderas posibles, tanto desde el punto de vista del dolor físico
como también del sufrimiento moral.
• La función del médico es devolver la salud y mitigar los sufrimientos
y los dolores, no sólo en cuanto esa mitigación puede conducir a la
curación, sino también si puede servir para procurar una muerte
tranquila y fácil (eutanasia)”
66. • El testamento vital, se trata de una manifestación de voluntad del
paciente expresando como quiere que se le trate en el curso de
una enfermedad terminal.
• El testamento vital señala criterios, situaciones y limitaciones
médicas propuestas por el paciente, así como también un
representante encargado del cumplimiento de dicho documento.
• Para nuestro caso, la bioética personalista es trasgredida en todos
sus principios, desde el p. de defensa de la vida, entendido como
tal; el p. de libertad y responsabilidad, puesto que toda persona es
libre de aceptar su condición terminal y de “entregarse” al curso
natural de su enfermedad, mas no existe el derecho a morir ni por
determinación propia ni de terceros; el p. terapéutico, ya que con al
eutanasia no se trata ninguna enfermedad, por el contrario se
produce una muerte que es por omisión; p. de sociabilidad, en el
que no se protege la vida.