Justicia Restaurativa: ¿Un camino por explorar?
Imagen de una sesión de justicia restaurativa en lo que se denomina círculo de paz.

Justicia Restaurativa: ¿Un camino por explorar?

La justicia restaurativa es la respuesta ante la criminalidad que se centra en la resolución de los problemas derivados de un delito, de manera que las víctimas, los delincuentes y la comunidad se unen para solucionar los conflictos provocados, como el sufrimiento de la víctima, la responsabilidad del delincuente y los daños a la comunidad.

Este tipo de justicia se utiliza en muchos países para delitos menores pero también tras el final de guerras y enfrentamientos violentos, como en el caso de Sudáfrica, Colombia o Kosovo.

La justicia restaurativa, que incluye la mediación directa y la resolución de conflictos convierte al delincuente en responsable ante sí mismo, su delito y las otras partes afectadas, al mismo tiempo que le brinda aprendizaje de vida respetuosa con la ley como alternativa real a la criminalidad.

La adopción del término se le atribuye generalmente al psicólogo estadounidense Albert Eglash, en su artículo de 1959 Restitución creativa: sus raíces en la psiquiatría, la religión y la ley, planteado desde la perspectiva de justicia retributiva o centrada en el castigo y justicia de rehabilitación o centrada en la reforma personal.

La justicia restaurativa considera el crimen como algo más que una simple violación de la ley, un delito contra la autoridad gubernamental.

Lo presenta como una violación de las relaciones humanas que lesiona a las víctimas, a las comunidades e incluso a los delincuentes, cada uno de ellos de diferente manera y con diferentes necesidades que deben observarse para que comience la curación.

El crimen perturba el sentido de confianza de la sociedad y con frecuencia desemboca en sentimientos de sospecha, separación y discriminación. El crimen crea divisiones entre amigos, familiares, vecinos y comunidades.

A menudo produce una relación hostil donde no existía ninguna relación previa. Un resultado del crimen que a menudo se pasa por alto es que la víctima y el agresor tienen una relación, tienen una experiencia dolorosa y negativa en común que si no se resuelve, afecta negativamente el bienestar de ambos.

La justicia restaurativa requiere restauración para las víctimas, los delincuentes y las comunidades afectadas por el crimen.

Para promover la sanación, la sociedad debe responder a las necesidades de las partes victimizadas, así como a las responsabilidades de los delincuentes.

A los agentes de la justicia tradicional les cuesta mucho aceptar la viabilidad de la justicia restaurativa. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

UNA ALTERNATIVA A LA JUSTICIA RETRIBUTIVA

Esta justicia también sirve como una alternativa a la justicia retributiva (que considera el delito principalmente como acto que viola las leyes penales establecidas por los gobiernos) y la justicia de rehabilitación (que tiene un enfoque terapéutico que aborda la necesidad de tratamiento de un delincuente).

Esencialmente, ambas perspectivas se concentran en las reglas y leyes con respecto a las acciones de los delincuentes.

El Estado es visto como la víctima en ambos sistemas, y el delincuente es responsabilizado mediante el castigo (en el sistema retributivo) o el tratamiento (en el modelo de rehabilitación). Sin embargo las víctimas, en el mejor de los casos, se convierten en una preocupación secundaria, sirviendo generalmente como testigos del Estado.

En comparación con la justicia retributiva y de rehabilitación, la justicia restaurativa otorga una importancia mucho mayor a la participación de los protagonistas, de manera que tanto la víctima como el delincuente asumen un papel activo.

Las víctimas pueden hacer preguntas y recibir respuestas.

Se alienta a los delincuentes a comprender las consecuencias perjudiciales de su comportamiento.

Reconocen su culpabilidad y se responsabilizan de hacer las paces.

Se alientan los esfuerzos de la comunidad para reparar las lesiones de víctimas y delincuentes.

Mientras la justicia retributiva a menudo libera al delincuente de la obligación de reconocer la culpa o de pagar a la víctima y la comunidad, la justicia restaurativa busca corregir el daño que se ha cometido y repararlo.

Sin embargo, cuando la prisión es necesaria para la seguridad pública, debe ser parte de la resolución. Los ejemplos de resultados de justicia restaurativa incluyen la restitución, el servicio a la comunidad y la reconciliación víctima-delincuente.

El componente más utilizado de la restauración es la restitución, porque la forma más obvia de responsabilizar a los delincuentes por las lesiones que causan es que hagan una restitución a las víctimas.

Si bien la restitución proporciona una vía para la recuperación de las pérdidas, su importancia real radica en el reconocimiento del error y una declaración de responsabilidad.

La restitución también ayuda a los delincuentes a enfrentar su culpabilidad de una manera constructiva, y apoya a la comunidad al poner a menos delincuentes no violentos tras las rejas.

Los defensores de la restitución sugieren que esto se traduce en tasas más bajas de reincidencia (una tendencia hacia el comportamiento criminal crónico) entre los delincuentes.

ALGUNOS EJEMPLOS

En España, la justicia restaurativa o reparadora está afianzándose en los juzgados y cada vez son más los abogados que se forman en mediación profesional. Juzgados, como los de Alicante, Álava, Barcelona, Cádiz Guipúzcoa, Huelva, Huesca, La Rioja, Lérida, Madrid, Navarra, Palencia, Tarragona, Valladolid, Vizcaya y Zaragoza la aplican desde hace tiempo.

En la Comunidad de Madrid se han realizado programas piloto en diversos juzgados de instrucción, penal y ejecuciones penales, así como en el Juzgado de Instrucción nº 32 de Madrid.

En Getafe y Leganés, la Universidad Carlos III tiene un servicio de mediación intrajudicial, cualquiera de los Juzgados de estas localidades, puede derivar asuntos de cualquier jurisdicción, entre ellos penales.

Costa Rica es uno de los países pioneros en implementar los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC) en el continente americano, con un Programa de Justicia Restaurativa que se  enfoca en tres grandes áreas temáticas: Justicia Restaurativa en materia Penal, Justicia Juvenil Restaurativa y Programa de Tratamiento de Drogas bajo Supervisión Judicial.

El poder judicial de Costa Rica apostó por la implementación de la justicia restaurativa con buenos resultados.

El 4 de diciembre de 1998 la Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó una ley histórica, la Ley 7.727 sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, acompañada de un programa de capacitación en conciliación y resolución alternade conflictos a quince jueces; y creó cinco plazas de juez conciliador para el Primer Circuito Judicial de San José.

Asimismo, se fundó la Oficina de Defensa Civil de la Víctima, que entró en vigor junto con el nuevo Código Procesal Penal que recogía la suspensión del procedimiento a prueba y la reparación integral del daño, que se viene utilizando desde entonces en causas penales.

RECONCILIACIÓN NACIONAL

Colombia es el ejemplo más claro de la aplicación de la justicia restaurativa para cerrar las heridas de un país tras cinco décadas de conflicto armado.

Hace un año tomaron posesión los 38 magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) designados para desarrollar los postulados más importantes de esta jurisdicción pactados en el Acuerdo Final de Paz: hacer justicia, reparar a las víctimas, buscar la verdad y evitar que se repitan los hechos de violencia que dejaron más de ocho millones de víctimas durante medio siglo de conflicto.

Paralelamente, con la creación en 2016 de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia en la Alcaldía de Bogotá, se comenzó a aplicar el Programa de Justicia Juvenil Restaurativa (PDJJR), para menores de edad.

Quienes son menores de 18 años y cometen delitos, más allá de su grado o índole, son susceptibles de entrar en este programa, siempre y cuando la víctima forme parte del proceso.

Cuando las dos partes se comprometen a un cese de violencia firman un acuerdo, y se inicia una terapia psicosocial reparativa. Al final del proceso, el juez determina si se reanuda la acción penal o si el ofensor ha cumplido los acuerdos pactados y puede dársele un cese definitivo a su proceso judicial.

En Colombia la mediación penal es un proceso establecido por una serie de bases legales que especifican cómo habrá de guiarse el proceso y sus pasos, comenzando por la solicitud de mediación, nombramiento del mediador y aceptación de parte de un juez, siguiendo con el encuentro entre las partes (momento de responsabilidad, momento de compensación o reparación y momento de reintegración) y terminando con el acta de compromiso y la posmediación.

En Sudáfrica, Nelson Mandela y Desmond Tutú impulsaron la investigación  los crímenes del apartheid mediante la creación de la Comisión para la verdad y la reconciliación de 1996 en la que se confrontaba a las dos partes de un delito en una confesión pública que buscaba el rechazo de la violencia ejercida por el agresor y la reparación de la víctima, para llegar al perdón y a la reparación del daño.

El objetivo de la Comisión para la Verdad era negociar un acuerdo pacífico entre dos bandos: el grueso de la sociedad civil que había sufrido décadas de violencia y los perpetradores en el poder.

El obispo sudafricano de Ciudad del Cabo, Desmond Tutu, presidió las primeras vistas de la Comisión para la reconciliación y la verdad que se llevaron a cabo en 1996.

Se trataba de dar satisfacción a las demandas de justicia por los crímenes cometidos contra los derechos humanos de miles de personas y, a la vez, evitar la ruptura de las alianzas que dieron fin al apartheid.

El modelo de justicia restaurativa buscaba recuperar la palabra silenciada de las víctimas y sus familiares sin sacrificar el proceso de reconstrucción nacional.

Sin embargo, era necesario dar sustento a los testimonios consignados y esa fue una labor muy ardua, debido a que hubo instituciones oficiales que no estaban dispuestas a cooperar por su implicación en los crímenes.

Pero la conferencia de justicia restaurativa más grande de la historia se llevó a cabo en el transcurso de una campaña de reconciliación que puso fin a las disputas de sangre entre los albaneses de Kosovo en Verrat y en Llukës el 1 de mayo de 1990, a la que asistieron entre 100.000 y 500.000 participantes.

La campaña de reconciliación fue liderada por Anton Çetta.

Durante un período de tres años (1990-1992), se documentó que aproximadamente un tercio de la población total de Kosovo participó activamente en conferencias de justicia restaurativa para poner fin a las disputas de sangre.

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