VIUDAS

Estaban protegidas por la ley mosaica: Exo 22:22, Deu 27:19, Sal 94:6, Eze 22:7, Ma12Cr 3:5. Deu 6:11, Deu 6:14, Deu 24:19-21.

– usaban vestidos especiales, Gen 38:14, L9 – podí­an contraer matrimonio, aprovechando el derecho del levirato, Deu 25:5, Mat 22:23-30.

– la Iglesia Cristiana cuidaba de las viudas, Hec 6:1, 1Ti 5:4-10, Sa.1:27.

Diccionario Bí­blico Cristiano
Dr. J. Dominguez

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Fuente: Diccionario Bíblico Cristiano

DicEc
 
En el Antiguo Testamento las viudas son figuras desgraciadas y pobres (Bar 4,12-16; Is 47,9), pero son especialmente queridas a los ojos de Dios, que las protege con su ley (Is 10,2; Dt 26,12-13; Si 35,13-15; Sal 94,6-10). En el Nuevo Testamento, especialmente en los escritos lucanos, aparecen también como objeto de especial afecto por parte de Jesús (Lc 7,11-15; 18,3-5; 20,47; 21,2-4). La atención a las viudas es un importante deber de caridad (Sant 1,27).

La descripción de Ana en Lucas 2,36-38 está en total armoní­a con la presentación de las viudas como institución de las cartas pastorales, en las que las viudas aparecen formando un grupo con un papel especí­fico enla comunidad primitiva. En lTim 5,9-10 vemos que una viuda no puede ser inscrita (chéra katalegesthó) como tal hasta cumplir los 60 y, además, debe “estar acreditada por sus buenas obras, tales como haber educado bien a sus hijos, haber ejercitado la hospitalidad, haber lavado los pies a los creyentes, haber socorrido a los atribulados, haber practicado toda clase de obra buena”. La “verdadera viuda” (ITim 5,3.5.16) que ha quedado desamparada (¿sin nadie que la sustente?) “tiene puesta su esperanza en Dios y persevera dí­a y noche en las plegarias y en las oraciones” (ITim 5,5). La descripción de la “verdadera viuda” influirí­a con el tiempo en la imagen de las diaconisas en varias Iglesias. Las viudas jóvenes no deben estar inscritas: no están maduras y pueden ser causa de escándalo (lTim 5,11-15); es claro que el autor teme las consecuencias derivadas de que las viudas no se comprometan de manera permanente con su viudedad. Pero en algunos lugares se aconseja que las viudas jóvenes vuelvan a casarse (ICor 7,39; 1 Tim 5,14). Por otro lado, se prefiere que los viudos no vuelvan a casarse, de ahí­ la aparente condición de que los ministros se casen una sola vez en ITim 3,2.12; Tit 1,6; aunque estos textos se han interpretado como fidelidad a un matrimonio existente.

La historia de la Iglesia y la espiritualidad de los primeros siglos conceden un lugar importante a las viudas. Aunque la tradición ha mostrado siempre su preferencia por que las viudas no vuelvan a casarse (lCor 7,8.40), siempre se ha mantenido el derecho a contraer nuevo matrimonio, con algunas excepciones: Atenágoras, de los siglos II o III, hablaba de nuevo matrimonio como de “un adulterio decente o velado”; Tertuliano, que escribió tres obras sobre la monogamia; Basilio era particularmente severo en su visión de las segundas nupcias, pero no las condenó rotundamente. Las terceras o subsiguientes nupcias son consideradas casi universalmente con extrema desaprobación.

>Ignacio de Antioquí­a usa una frase curiosa al saludar a las “ví­rgenes llamadas viudas”, con la que parece aludirse a unas ví­rgenes de virtud excepcional o a unas mujeres solteras colocadas junto a las viudas para obtener de ellas asistencia caritativa. Le escribe a Policarpo: “Procura que las viudas no estén desatendidas. Después del Señor, tú debes ser su guardián”. Por su parte, >Policarpo establece especiales disposiciones para las viudas: “Sean sensatas en la fe que deben al Señor; intercedan continuamente por todos; eviten toda calumnia, murmuración, falso testimonio, avaricia y todo tipo de mal, sabiendo que son el altar de Dios”. La sorprendente última frase, repetida por otros escritores, apunta a su continua dedicación a las ofrendas y al culto divino o a su sustento de las ofrendas de los fieles, una parte de las cuales se destinarí­a a su manutención.

Algunas de las >colecciones apostólicas canónico-litúrgicas establecen normas en relación con las viudas. En la >Tradición apostólica se dice que la viuda no es ordenada, sino instituida (kathistasthai) por la palabra, tras lo cual entra a formar parte del grupo de las viudas. La viuda no recibe la >imposición de manos. No hay que apresurarse a la hora de aceptarlas como tales. Se dedican a la oración, papel que es común, y han de ayunar frecuentemente. Pero no tienen una función litúrgica. Sin embargo, en el Testamentum Domini, del siglo V, se les asignan casi todas las funciones de las diaconisas en los bautismos, en las visitas a los enfermos y en la instrucción. Este documento parece suponer que las viudas viven juntas, casi como en un monasterio. Ideas semejantes pueden encontrarse en los Estatutos de los apóstoles/Cánones eclesiásticos de la Iglesia, en la Didascalia apostolorum. En los Cánones de Hipólito, procedentes de Egipto hacia el año 340, se les asignan a las viudas tres tareas: la oración frecuente, el servicio a los enfermos y el ayuno frecuente. En el ambiente en que se compilaron estos cánones (¿Alejandrí­a?) no parece que hubiera diaconisas. Las >Constituciones apostólicas, del siglo IV, toman sus materiales de la Didascalia y de otras obras anteriores, pero no es fácil distinguir entre lo que va dirigido a todas las viudas y lo que pertenece al orden de las viudas. El compilador subraya algunos temas: el papel de la viuda es sólo rezar por los benefactores y por la Iglesia; se le prohí­be la formación de otros, salvo en el caso de dar testimonio sobre materias de fe, justicia y esperanza; como las demás mujeres, no puede enseñar en la Iglesia ni bautizar; como altar de Dios que es, ha de permanecer fija en su casa; la viuda ideal es adornada de todas las virtudes humanas y espirituales, con especial énfasis en la obediencia al obispo y a los diáconos; se hacen detalladas advertencias frente a ciertas actividades indeseables. La impresión general que uno saca es que las Constituciones apostólicas son más restrictivas y cautelosas que las obras anteriores. El compilador adopta una postura severa acerca de la cuestión de las nuevas nupcias, pero está pensando en las que han hecho voto de viudedad; sólo las viudas que lo son de un matrimonio pueden ser diaconisas; se condenan las terceras y posteriores nupcias. Con respecto a los hombres también se tiene una visión negativa: se prohí­be el acceso al clero a quienes se han casado dos veces y a quienes se han casado con una viuda.

Junto a los escritos canónico-litúrgicos, hay también en los Padres importantes tratados sobre las viudas u obras dirigidas a ellas. Orí­genes hace una interpretación espiritualizada del mandato de las epí­stolas pastorales de que “laven los pies de los santos” (cf 1Tim 5,10), pero, como otros muchos autores, insiste en la monogamia de las viudas que han sido instituidas como tales en la Iglesia. Existe también en los Padres una tendencia a desaconsejar el segundo matrimonio tanto para las viudas como para los viudos. Algunos escribieron tratados sobre la viudedad: >Ambrosio en su obra sobre las viudas no condena las segundas nupcias; >Agustí­n escribió brevemente el año 414 sobre los méritos de la viudedad; las viudas eran para él también una imagen de la Iglesia; Juan Crisóstomo tiene una obra de consolación para una joven viuda y otra en contra de los segundos matrimonios. Son ideas patrí­sticas: Judit y Ana son modelos bí­blicos; la viuda en el mundo está rodeada por el mal; ha de volverse a la oración, las lecturas santas (divina lectio) y el ayuno; ha de elevar su mente y su corazón a Dios.

En la Edad media el orden de las viudas fue dejando paso gradualmente al monaquismo y otras formas de hermandad (como las beguinas) o vida religiosa, si bien la canonización de viudas como santa Isabel de Portugal, santa Mónica y santa Isabel de Hungrí­a, mantuvo vivos en la Iglesia los ideales de la viudedad.

En relación con la espiritualidad y la eclesiologí­a de la viudedad son frecuentes e importantes los siguientes temas: el estado de viudedad apunta al amor fiel y duradero del matrimonio como sí­mbolo del amor de Cristo a la Iglesia; la viuda pertenece a la categorí­a de los pobres, ya que ha perdido la riqueza del compañero de su vida, por lo que puede esperar la bendición prometida a los pobres de espí­ritu; los retos que plantea la viudedad, especialmente en lo tocante a la educación de los hijos, hacen que la viuda necesite una profunda confianza en Dios; así­ como el amor perdura en la eternidad, y la muerte no rompe el ví­nculo del amor, así­ también el perdón puede alcanzar al marido más allá de la tumba; la viuda sabe que el amor humano y la felicidad son posibles, pero, al mismo tiempo, conoce también su fragilidad. Existen amenazas para una viudedad gratificante en el aburrimiento y el egoí­smo; la anterior bendición de las viudas trata de dirigir la mirada de estas más allá de su dolor, hacia el amor y el servicio a los demás. La Iglesia pone ante las viudas un camino de santidad (LG 41) que es una continuación de la vocación al matrimonio (GS 48), y espera de ellas un servicio especial (AA 4).

En los últimos años ha habido un renovado interés por el estado de viudez, por parte tanto del magisterio como de los teólogos, si bien el desarrollo de asociaciones y grupos ha sido demasiado tardí­o para influir en el Código de Derecho canónico, que reconoce, no obstante, el restablecimiento de la consagración de ví­rgenes. Serí­a conveniente considerar la posibilidad de reconocer también el don de la viudedad en y para la Iglesia.

 

Christopher O´Donell – Salvador Pié-Ninot, Diccionario de Eclesiologí­a, San Pablo, Madrid 1987

Fuente: Diccionario de Eclesiología