Declaración de renta en 2020: ¿qué tener en cuenta?

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Declaración de renta en 2020: ¿qué tener en cuenta?

Se acerca esa época del año en la que las personas naturales deben presentar su declaración de renta. Esto dependerá de cuánto dinero recibieron el año pasado, cuánto gastaron, y otras condiciones que establece la DIAN.

A continuación, te contaremos todo lo que necesitas para saber si debes presentar la declaración de renta, y sobre todo, si estás en la obligación de liquidar el impuesto a la renta.

¿Debo presentar la declaración de renta?

Si cumples con alguna de las siguientes condiciones, debes presentar tu declaración:

  • Si tu patrimonio bruto al término del año gravable 2019 sea igual o superior a $154.215.000.
  • Si tus ingresos totales del respectivo ejercicio gravable en 2019 sean iguales o superiores a $47.978.000.
  • Tus consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $47.978.000
  • Si el valor total de tus compras y consumos sean igual o superior a $47.978.000
  • Cuando el valor total acumulado de tus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $47.978.000.

Estas condiciones no son excluyentes, así que si sólo cumples una de ellas, ya estás en el deber de presentar tu declaración de renta.

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¿Cuándo debo presentar la declaración de renta en 2020? 

Según el calendario tributario de la DIAN, estas son las fechas dispuestas para entregar la declaración:

¿Y si se me hace tarde?

La ley establece la siguiente serie de sanciones a las personas naturales que presenten la declaración de renta fuera de las fechas establecidas:

  • Debes pagar una sanción por extemporaneidad. Esta sanción equivale al 5% de tu impuesto a cargo y aumenta con cada mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual presentes la declaración de renta finalmente.
  • La sanción mínima que se pagará en 2020 a la DIAN es de $356.000. Es decir, si presentas tu declaración un día tarde, debes asumir este valor, incluso si tu declaración de renta arroja un valor a pagar de $0.
  • Te enviarán un mensaje de advertencia, notificando que cuentas con un mes máximo para realizar el pago correspondiente al monto del impuesto. De no ser cumplido este plazo, se te sumará un 10%.
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  • De no presentar la declaración de renta en ninguno de los casos anteriores, se te sumará un 20% como sanción con base en el valor de tus consignaciones bancarias o bien tus ingresos brutos, esto se dará en relación al tiempo que tardaste en declarar los impuestos o en relación a los ingresos de la última declaración que realizaste. 

Pagar o no pagar: esa es la cuestión

La DIAN establece las siguientes condiciones para determinar cuáles personas naturales deben liquidar el impuesto sobre la renta:

  • Las personas naturales y las sucesiones ilíquidas contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios.
  • Las personas naturales, sean nacionales o extranjeras, sin residencia en el país respecto de su riqueza poseída directa o indirectamente, a través de establecimientos permanentes en el país, salvo las excepciones legales y las previstas en los tratados internacionales.​​
  • Las sucesiones ilíquidas de causantes sin residencia en el país al momento de su muerte respecto de la riqueza poseída en el país.

Con todo esto en cuenta, es bueno que te prepares desde ya en caso de que tengas que presentar tu declaración renta. No olvides que la DIAN cuenta con el programa ‘’Ayuda Renta’’, una herramienta muy útil para ayudarte a lo largo del proceso de la declaración.

Igualmente, si tienes dudas puedes contactarte con nosotros, y nuestro equipo de profesionales se encargará de atenderte.



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