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Descripción: 

La Subvención de escolaridad o subvención base constituye un sistema de financiamiento público que se realiza a través de un pago mensual al sostenedor de establecimientos municipales y particulares subvencionados (artículo 9 de la Ley de Subvenciones).

IMPORTANTE

Existen distintos tipos de subvenciones, las que se explican a continuación:

1. Subvención de internado:
Es una subvención que se paga a los Establecimientos Educacionales, para el alojamiento y alimentación de alumnas y alumnos internos. Permite la atención educacional a estudiantes con problemas de acceso, sea por movilización o distancia territorial.
El monto unitario por alimentación y alojamiento es fijado anualmente por el Ministerio de
Educación, en conjunto con el Ministerio de Hacienda, mediante Decreto Supremo, no pudiendo ser inferior a 0,1563 USE diarias.

2. Subvención Educacional Pro-Retención:
El Estado paga un monto anual de entre $90.000.- y $215.000.- pesos adicionales (aproximadamente), a los sostenedores de establecimientos municipales y particulares subvencionados que acrediten haber matriculado y retenido alumnos/as que cursan entre séptimo básico y cuarto año medio o que egresen de este último nivel y que pertenezcan al Programa Chile Solidario, de acuerdo con los resultados obtenidos en su Calificación Socioeconómica (RSH), determinados por el Ministerio de Desarrollo Social.
Período de pago: entre los meses de Abril y Junio de cada año.

3. Subvención de Refuerzo Educativo:
Es un monto que se paga a los Establecimientos Educacionales subvencionados, que efectúan cursos de reforzamiento y apoyo a aquellos alumnos/as que hayan obtenido rendimiento deficiente, considerándose preferentemente aquellos que atienden alumnos y alumnas de mayor riesgo social.
Rige durante el segundo semestre de cada año.

4. Subvención Escolar Preferencial:
La Subvención Escolar Preferencia (SEP) es una subvención adicional que se entrega a los establecimientos educacionales que atienden a los alumnos/as prioritarios y partir del año 2016 se incorpora a la SEP a los alumnos/as preferentes. Para ingresar a la SEP, los sostenedores de cada establecimiento educacional firman un Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa con el Ministerio de Educación, mediante el cual se comprometen a entregar ciertos beneficios a los alumnos prioritarios y adquieren una serie de compromisos que apuntan a mejorar los resultados de aprendizaje de todos los estudiantes. Para estos efectos, el establecimiento educacional recibe más recursos, y debe elaborar un plan de mejoramiento educativo en el que debe contener el conjunto de acciones que realizará durante el período escolar, las que deben estar asociadas a metas de resultados de aprendizaje y al mejoramiento de la de gestión institucional.
http://sep.mineduc.cl

5. Subvención Anual de Apoyo al Mantenimiento:
Es una subvención anual de apoyo al mantenimiento de los establecimientos de educación gratuita y de financiamiento compartido, cuyo monto por estudiante está determinado según nivel y modalidad de enseñanza, habiéndose agregado también un monto anual por alumna o alumna interno atendido.
Esta subvención tiene por objeto, apoyar el financiamiento de los gastos que irrogue el mantenimiento de los Establecimientos Educacionales, tales como las obras de conservación, reparación y reposición necesarias para la adecuada conservación física de los locales, su equipamiento y mobiliario y otros similares, sin perjuicio de los demás recursos que para estos efectos destine el sostenedor. También tienen derecho a esta subvención los Establecimientos que tienen servicio de internado.
Período de pago, se produce en los meses de Enero de cada año y es el 100% del monto, si el establecimiento atiende a sus alumnos y alumnas en una jornada diurna y sólo el 50% si el establecimiento atiende en más de una jornada diurna o comparte local con otro establecimiento.
Adicionalmente, la ley establece para los establecimientos de financiamiento compartido, una deducción a aplicar sobre esta subvención, equivalente al porcentaje del descuento según cobro mensual promedio, sobre la subvención base percibida por este establecimiento el año anterior.

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