SALUD EN EL TRABAJO

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AQUI ENCONTRARA LAS PREGUNTAS MAS FRECUENTES  QUE LLEGAN A TENER  LOS PATRONES SOBRE LOS RIESGOS DE TRABAJO




 
 
 EL Seguro Social por correo certificado (Sepomex) o por medio de auditoria a patrones me pide que llene un formato ST7 (antes formato ST1)  sobre un riesgo de trabajo que yo desconocía sobre uno de mis trabajadores, ¿Qué debo hacer?
 
R=Si el IMSS le solicita que llene el formato ST7 seguramente existe el antecedente de que su trabajador tuvo un probable riesgo de trabajo. Se ha visto que un porcentaje de pacientes ha tenido algun accidente leve que no requiere días de incapacidad  por lo que el trabajador regresa a laborar sin complicaciones, sin embargo por Ley usted deberá de llenar el formato ST7 para dar cumplimiento tal y como establece la Ley del Seguro Social.
 
En otros casos los trabajadores han hecho caso omiso de que  entreguen el formato ST7 a su  Patrón pero como a veces ha sido un caso leve sin ninguna complicación ni repercusión el  trabajador minimiza el tramite y no entrega esa información a su patrón oportunamente y no se concluyen los tramites ante el IMSS.
 
SI LLENO UN FORMATO ST7 ¿SIGNIFICA QUE AUTOMATICAMENTE VA A SER TOMADO COMO RIESGO DE TRABAJO?
 
R=Es importante comprender que el formato ST7 es un "aviso para calificar un probable riesgo de trabajo",  esto quiere decir que el  llenar el formato no automaticamente se acepta como riesgo de trabajo, tiene que pasar por el proceso medico-tecnico y legal de la CALIFICACION DE RIESGO  que hace el SERVICIO DE SALU EN EL TRABAJO.
 
Se ha visto que en un porcentaje alto de los casos es aceptado  como RIESGO DE TRABAJO sin embargo hay algunos casos que por diversas razones  no se acepta.
 
Por tal motivo si se le Solicita que llene el formato ST7 lo tendrá que hacer y estará cumpliendo con la obligación que le impone la Ley.
 
Si desea hacer una observación trate de dar una explicación concreta, breve  y clara del asunto en el area de observaciones que contiene el mismo formato ST-7.
 
 ¿Qué hago si mi trabajador se presenta a mi empresa  posterior a un riesgo de trabajo y no me entregó el formato ST2?
 R=Primero deberá estar seguro que se requisitó y se llenó el formato ST7 y se calificó como SI DE TRABAJO O SI DE TRAYECTO, si así es deberá pedirle a su trabajador que su médico tratante le otorgue el formato ST2 para que pueda volver a reanudar sus labores.
Si el formato ST7  se calificó como NO DE TRABAJO O NO DE TRAYECTO queda el caso por la rama de enfermedad general y en ese caso no se otorga formato ST2
 
 
El servicio de Salud en el Trabajo del IMSS me pidió una carta aclaratoria sobre un riesgo que tuvo uno de mis trabajadores ¿no es suficiente con el formato ST7 que ya se llenó?
 R=La carta aclaratoria es un documento en el cual se solicita informacion complementaria sobre tiempo, circunstancias, hechos, etc. a fín de clarificar o esclarecer algunos puntos específicos sobre un probable riesgo de trabajo.
 
Se solicita que sea en un hoja de papel membretado con sello de la empresa y que contenga nombre y firma del patrón o representante legal
 
¿Porqué no aceptaron el formato ST7 firmado por ausencia?
 R=La razón es porque es un documento médico-legal que debe ser firmado unicamente por el patrón o representante legal, de hecho cuando no se acepta el documento hasta que sea firmado por la persona responsable y es en sí una protección para el patrón o la misma empresa ya que ha habido ocasiones en las cuales firma por ausencia alguna persona de recursos humanos, relaciones industriales, despacho contable etc. que no están facultados para firmar dicho documento y cuando se tiene que hacer alguna aclaración o verificación ante el IMSS,  los patrones o representantes legales se sorprenden cuando se enteran tiempo despues del evento de algun riesgo de trabajo mencionando que no estaban notificados ni enterados, por tal motivo solicitamos que sean cuidadosos al respecto. 
 
 
¿Porqué me regresaron el formato ST-7 si ya lo firmé y me dicen que ponga mi nombre?
 
En el formato ST-7 en el anverso "Datos complementarios para la calificación de probable riesgo de trabajo (para ser llenado por a empresa)" en la parte final hay 2 partes
Nombre del Patrón o su Representante Legal y Firma del Patrón o su Representante Legal
A veces repiten el Nombre de la Empresa en nombre del Patrón y a pesar de que el documento lo haya firmado el patrón o representante legal tiene que aparecer el nombre del Patrón en el rubro que existe para ello. Vea los siguientes ejemplos:



Llenado incorrecto
Nombre del Patrón o de la Empresa: Servicios de Gestion SA de CV
Nombre del Patrón o su representante Legal  : Servicios de Gestion SA de CV
 
Llenado correcto
Nombre del Patrón o de la Empresa: Servicios de Gestion SA de CV
Nombre del Patrón o su representante Legal: Luis Hernandez Alvarez
 
El requisitado correcto del formato ST-7 genera mayor certeza juridica evitando malos entendidos y procedimientos administrativos futuros innecesarios
 
¿Que hago si Salud en el Trabajo calificó el Riesgo como "NO DE TRABAJO" pero el médico tratante le entregó al trabajador un formato ST-2 de Alta por Riesgo de Trabajo?
 
En este caso prevalece la calificacion de Salud en el Trabajo y queda el accidente por la Rama de Enfermedad General, no es necesario que se haga ningun otro trámite adicional.
 
Durante el año en curso mi empresa tuvo algunos Riesgos de Trabajo, pero desconozco cómo concluyó algún caso, ¿qué debo de hacer?
 
Lo primero que tiene que hacer es tener una entrevista con su trabajador a fin de recabar la informacion y documentacion que cuente (formatos St-7, formato ST-2, las incapacidades que recibió) a fín de determinar si  o está concluido el caso.
 
Si aún asi no es posible determinar la conclusión del caso puede acudir con tal documentacion  a alguna instancia del IMSS (Atención a Patrones en la Subdelegación, el Area de atención y orientación al Derechohabiente, Dirección de la UMF donde está adscrito el  paciente) para que se le oriente al respecto.
 
Cualquiera de estas areas solicitará información al area de Salud en el Trabajo en caso de ser necesario para revisar su caso y resolver sus dudas.
 
Es importante no dejar estos casos hasta el final del año previo a la presentacion de la prima de riesgo de trabajo ya que si usted da seguimiento oportuno a cada caso le evitará problemas, trámites complementarios y dificultades innecesarias en el futuro.
 
 
 
 

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