Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

concebido no nacido

Civ. Concebido que aún está en proceso de gestación y que no ha salido del vientre de la madre.
El concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables. Estos efectos suelen producirse ordinariamente en el ámbito hereditario y de las asignaciones a título lucrativo, no obstante como dice el artículo 29 del Código Civil , «el nacimiento determina la personalidad».