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Preguntas y respuestas sobre los vientres de alquiler en España

Claves para entender la crisis abierta en Ucrania y las actuaciones y rectificaciones del Gobierno en la última semana

Pilar Álvarez
Protesta contra los vientres de alquiler en 2017 en Madrid.
Protesta contra los vientres de alquiler en 2017 en Madrid. SANTI BURGOS

La Embajada de España en Kiev ha informado este martes de que no autorizará nuevos expedientes de menores nacidos por vientres de alquiler en Ucrania, una práctica también conocida como gestación subrogada. En España es ilegal, por lo que cientos de parejas españolas viajan cada año a otros países para recurrir a esta práctica, a la que el Gobierno de Pedro Sánchez se ha opuesto, llegando incluso a compararla con el "tráfico de órganos". Uno de los principales destinos para las familias es Ucrania. Allí unas 39 familias están ahora mismo reiniciando las gestiones para poder inscribir a los bebés y regresar a España. Estas son algunas de las claves sobre este asunto. 

¿Qué son los vientres de alquiler?

Los vientres de alquiler, también conocidos como gestación subrogada o gestación por sustitución, son una práctica que supone que una mujer gesta y pare un bebé y cede la paternidad y/o maternidad a terceros. Durante el embarazo, las parejas dan alguna prestación económica a la mujer, en concepto de manutención. Es una práctica ilegal en España. También está cuestionada por las asociaciones feministas, que consideran que supone la mercantilización del cuerpo de la mujer. El Gobierno socialista se ha mostrado contrario. 

¿Dónde son legales?

Esta práctica es legal, con requisitos más o menos restrictivos, en países como Canadá, Estados Unidos, Rusia, Ucrania, Georgia o Reino Unido.

¿Qué ocurre en España?

Los vientres de alquiler no son una práctica legal en España. Pese a ello, cientos de parejas se ponen cada año en manos de agencias que actúan de intermediarias. El Gobierno español sí reconoce a los hijos nacidos de gestación subrogada en virtud de una instrucción de la Dirección General de Registros y Notariado, aprobada en 2010, que supone una opción legal pero solo válida para algunos casos: aquellos en los que hay una decisión judicial previa sobre la filiación en el país donde se lleva a cabo el proceso. Ocurre en Estados Unidos, en parte de Canadá o Grecia. En ningún caso es un proceso automático, depende de la ponderación final del encargado del registro. 

¿Qué está pasando en Ucrania?

Varias familias aguardan desde diciembre para completar el proceso de inscripción de menores nacidos por vientres de alquiler. El miércoles pasado, la Embajada denegó por primera vez inscripciones por no presentar la resolución judicial que recoge la instrucción de 2010 y que, hasta la fecha, no se exigía en este país (donde por otra parte no se puede conseguir). Desde 2016, la Embajada de España en Kiev desaconseja acudir a Ucrania para acudir a esta práctica, pero la realidad es que se acaban inscribiendo cientos de casos cada año.

¿Qué documentación se exige a las familias en Ucrania?

Hasta el pasado julio, los padres presentaban una documentación, acudían al consulado con la madre que gestó al niño y llevaban una prueba de ADN. En ningún reglamento el ADN figura como requisito. Lo incluía la instrucción que fue enviada a los consulados el viernes y suspendida por el Ministerio de Justicia el sábado, en una rectificación del Gobierno en apenas 24 horas.

¿A qué países acuden las familias españolas que recurren a esta práctica?

La mayoría de los hijos nacidos por vientres de alquiler provienen de Estados Unidos (más de la mitad en Los Ángeles) y de Ucrania. En el primer caso, se registraron a través de consulados y embajadas 553 nacimientos entre 2010 y 2016. En el segundo hubo 231 inscripciones. Son el 78% del total reconocidos oficialmente en 12 países, entre los que también están India, Canadá o Rusia. 

¿Cuántos casos se dan cada año en España?

No hay un registro oficial sobre estos casos. Los que se manejan son estimaciones de agencias y asociaciones que defienden esta práctica y algunos que han salido a cuenta gotas de las Administraciones. En 2017, el Gobierno reconoció que tenía conocimiento de 979 inscripciones en oficinas consulares y misiones diplomáticas entre 2010 y 2016. En una nueva respuesta parlamentaria, especificó cuántos procedían de cada uno de los 12 países donde por entonces la práctica estaba permitida y a los que habían acudido parejas españolas, aunque en este caso la cifra resultante era algo menor: 948 casos. Las asociaciones aluden a un millar de casos anuales y Exteriores confirmó recientemente unos 300 casos anuales solo en Ucrania.

¿Qué requisitos se exigen a las familias y qué pasos deben dar?

Depende del lugar al que recurran. Hay grandes diferencias por países, desde aquellos en los que son admitidos todo tipo de familias (como Canadá) a los que excluyen a homosexuales o a parejas que no estén casadas (como Ucrania). Las legislaciones de los diferentes Estados especifican unos requisitos que deben cumplir tanto las parejas interesadas en recurrir a un vientre de alquiler (por ejemplo, acreditar que la mujer no es fértil) como las futuras gestantes (edad, hijos anteriores, nivel socioeconómico,...). En los países en los que esta práctica se considera altruista también se regula la cuantía económica que pueden percibir las mujeres gestantes en concepto de manutención o gastos de ropa o medicación, como ha ocurrido en Canadá. 

¿Qué opinan los partidos políticos en España?

El partido que más ha defendido la gestación subrogada en España es Ciudadanos. La formación liderada por Albert Rivera ha presentado como una de sus medidas estrella una proposición de ley para regular los llamados vientres de alquiler que lleva más de un año tramitándose en el Congreso. El resto de partidos se encuentran incómodos ante esta práctica. El PSOE y Podemos son manifiestamente contrarios a regularla (Podemos llegó a esa conclusión tras un importante debate interno), también Vox. El PP aún no ha definido su posición.

La propuesta de Ciudadanos regula una práctica "altruista" aunque sí contempla pagos a la mujer gestante en concepto de gastos derivados de su embarazo y del parto. Establece que las mujeres gestantes deben tener ya cumplidos los 25 años, ser españolas o residentes legales, tener una situación socioeconómica "estable" y haber sido madres con anterioridad. Además, según su propuesta, una mujer solo podría ser gestante por subrogación en un máximo de dos ocasiones. El proyecto recoge multas de hasta 1.000 euros para las infracciones leves; de hasta 10.000 para las graves; y de hasta un millón de euros para las muy graves, entre las que se incluyen los pagos a la gestante.

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Sobre la firma

Pilar Álvarez
Es jefa de Última Hora de EL PAÍS. Ha sido la primera corresponsal de género del periódico. Está especializada en temas sociales y ha desarrollado la mayor parte de su carrera en este diario. Antes trabajó en Efe, Cadena Ser, Onda Cero y el diario La Opinión. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Sevilla y Máster de periodismo de EL PAÍS.

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