Y si la Junta de Buenos Aires, según se explica con la Real Audiencia y con la ciudad de Montevideo, como consta de las gacetas de la capital, ha suspendido el acto del reconocimiento al Consejo de Regencia por falta de aviso oficial, nosotros que en estos documentos los tenemos muy suficientes, no debemos demorarlo un momento en desahogo de nuestro celo y lealtad, y mucho más existiendo en la provincia disposiciones de la Regencia depositaria de la soberanía en la provisión y gracias concedidas al Administrador de Correos de esta ciudad, obedecidas y mandadas practicar por la Administración General de esta Renta residente en la ciudad de Buenos Aires.
En 1825, justamente con motivo de la elección de los miembros de la Asamblea Nacional de la Florida, se estableció lo siguiente en el artículo 9º de las Instrucciones pasadas por el Gobierno Provisorio de los Pueblos, el día 17 de junio: “ Acto continuo reunidos los electores, harán el nombramiento del Diputado en el individuo que mereciese su confianza, sea de la clase civil, militar o eclesiástica, reuniéndose (nótese) las circunstancias de Americano o con carta de ciudadanía; propietario y residente en cualquiera de los distintos pueblos de la Provincia, y conocido amigo de su independencia ”.
En Panamá, en este dicho día, mes y años dichos, el dicho Don Baltazar Samángo, indio, presentó por testigo a Álvaro Núñez de Herrera, Vecino y residente en esta Ciudad, el cual juró según y prometió decir verdad; y siendo preguntado por el pedido dijo que conoce a Pedro Fernández, Escribano, ha visto que el susodicho era Escribano Público y del Cabildo de la Ciudad de Puerto Viejo, y le parece lo presentado y la dicha informacion que le fue mostrada la tiene por cierta y más de lo susodicho, al cual, como tal Escribano y ve y ha usado su oficio, y lo que hace y ha hecho se le daba entera fe y crédito en juicio y fuera de él; tal es la verdad y lo firma de su nombre; declaró ser de edad de más de treinta años y no le tocan las generales.
8.º-El guineano o extranjero residente en Guinea Ecuatorial que cometa cualquier delito contra el Derecho de Gentes, incendio, devastación, inundación, saqueo, robo, etc., será castigado severamente conforme a la Ley.
Ninguna persona residente en el territorio de España y de Indias podrá ser presa, como no sea en flagrante delito, sino en virtud de una orden legal y escrita.
Para ser Consejero provincial se requiere ser nacional guineano, mayor de edad y natural de la Provincia o residente en ella durante más de diez años.
Nadie podrá ser Gobernador a menos que, a la fecha de la elección, haya cumplido treinta y cinco años de edad, y sea, y haya sido durante los cinco años precedentes, ciudadano de los Estados Unidos de América y ciudadano y residente bona fide de Puerto Rico.
C) PARA LA PARTICIPACION DE LA POBLACION RESIDENTE EN LOS / INSTITUTOS DE DEMOCRACIA SEMIDIRECTA QUE PREVE LA LEY / 4233 Y SUS MODIFICATORIAS -ORGANICA MUNICIPAL-, CUANDO / ELLO RESULTE PERTINENTE.
ESA AMPLIACION DE LA JURISDICCION TERRITORIAL NO IMPLICA LA/ EXTENSION A LOS TERRITORIOS SITUADOS FUERA DE LOS RESPECTIVOS EJIDOS O A LA POBLACION RESIDENTE EN LOS MISMOS DE LA POTESTAD TRIBUTARIA MUNICIPAL.
Junta Provisional Gubernativa residente enla Capital, á nombre del Soberano para mantener y defender los sagrados derechos de su adorado Monarca, el Señor Natural D.
Y la verdad que estaban todos asombrados, pero desde la última enfermera hasta el primer residente, todo de las cosas que se decían.
Por lo demás, concretando al campo de la historia rioplatense, nuestra observación para establecer pruebas objetivas de la vigencia de dicho concepto (no entramos a la historia general porque solo este tópico agotaría nuestro tiempo) advertimos que, por ejemplo, el proyecto de constitución elaborado en la Sociedad Patriótica de Buenos Aires en 1812 estatuía que “ todo hombre, libre y nacido y residente en las Provincias Unidas es ciudadano americano desde que llegue a la edad de veinte años ”.