Está en la página 1de 9

NORMAS DEL BUEN HABLANTE Y DEL BUEN OYENTE

NORMAS DEL BUEN HABLANTE Y DEL BUEN OYENTE

Del Buen Hablante (Emisor) Pensar bien lo que se vaya a decir Mirar atentamente a la persona a quien se le va hablar. Pronunciar correctamente las palabras y el tono de voz adecuada. Dejar hablar a los dems cuando tengan una idea que quieran expresar. Ser amable y adecuado al hablar.

Del Buen Oyente (Receptor) Escuchar a la persona que esta hablando. Mirar atentamente a la persona con quien se habla. No interrumpir al hablante. Hablar cuando ya la otra persona haya terminado su idea.

y y

y atalo cn las animas y q l ponga la ment clara ponl una belaa a don juan del dominio

Las Normas del buen oyente 1. Mirar a los ojos al hablante. 2. Atender a lo que dice. 3. Evitar interrumpir al hablante. 4. Esperar que el hablante termine, para responder. 9Normas del buen hablante 1. Expresarse en forma clara y sencilla. 2. Mirar a las personas con quien se habla. 3. Utilizar un tono de voz adecuado. 4. Pronunciar correctamente las palabras. Se sabio al escuchar se cauto al responder ignora al necio y no ofendas a los que amas si sigues estas Normas vas a evitarte muchos conflictos en la vida y vas a tener contentos a los que te aman (La maldad es destructiva evita la pues se fluyes maldad por alguna razn de la vida recibes maldad si das amor resibes amor es como cuando siembras algo lo cosechas en abundansia siempre y cuando riegues la planta constantemente).
04169474506 leyda Levi Suarez El Marxista Hola buenas noches este es mi numero para que se comuniquen conmigo 04269941514. 04166438781 duilio buscame cn este correo teng face nuevo es multiserviciogonzalez@gmail.com 0426 330 0396 EJ Consultorio odontologico plaza maracay

Hotel Chalet Ejecutivo El Reloj, C.A. Calle 7 S/N La Barraca

Maracay - Aragua Tel: (0243)233.19.23

Artculo 75. El Estado proteger a las familias como asociacin natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo comn, la comprensin mutua y el respeto recproco entre sus integrantes. El Estado garantizar proteccin a la madre, al padre o a quienes ejerzan la jefatura de la familia.

ORACION SAN MIGUEL ARCNGEL Arcngel San Miguel , defindenos en la lucha s nuestro amparo contra la malignidad y las insidias del diablo . Imprele Dios ! , te pedimos , suplicantes ; y t Prncipe de la Celeste milicia con divino poder , lanza al infierno a Satans y a los dems espritus malignos que vagan por el mundo para perder las almas . Glorioso Arcngel , defiende el mundo ,para que podamos pronto ver el glorioso triunfo del Inmaculado Corazn de Maria .Amn . Esta oracin es ms efectiva si se enciende una vela de color azul para pedir justicia y para pedir fortaleza se enciende vela roja . FELICIDADES MIGUEL PERSONAJES ILUSTRES
Simn Daz Compositor, cantante, humorista y autor de la internacionalmente famosa pieza musical Caballo viejo, interpretada en todos los idiomas. Nace en Barbacoas (hoy en el estado Aragua, antes en Gurico) el 8 de agosto de 1928. En Caracas estudia en la Escuela Superior de Msica que diriga el maestro Vicente Emilio Sojo; sus conocimientos musicales, sumados al humor y sentimiento nativista, lo han convertido en el ms fiel exponente de la idiosincrasia venezolana. A travs del programa de televisin Contesta por To Simn, ense a nios y adultos en forma sencilla lo ms autntico del folclore de su pas. Adems de Caballo viejo, compuesta en 1980, muchas otras creaciones suyas son interpretadas por cantantes y orquestas de renombre internacional, como La vaca mariposa, Tonada de la luna llena y Tonada del cabestrero, entre otras. Ha sido objeto de innumerables homenajes, y una calle del municipio Baruta, estado Miranda, lleva su nombre Mario Briceo Iragorry Naci en Trujillo (Edo. Trujillo) el 15 de septiembre de 1897 y muri en Caracas el 6 de junio de 1958. Briceo curs sus estudios de primaria en su pueblo natal y el bachillerato lo hizo en el Colegio Federal de Varones de Valencia. En 1912 se traslad a Caracas e ingres ese ao a la Academia Militar donde conoci al futuro presidente Isaas Medina Angarita. Luego de desempearse como periodista para la publicacin Ariel en 1918, viaj a Mrida para seguir sus estudios de derecho en la Universidad de los Andes, los cuales culminaron en 1920. En esa poca, Briceo ingres junto a Lisandro Alvarado, Jacinto Fombona Pachano y Jos Antonio Ramos Sucre a la Direccin de Poltica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores. Simultneamente, era docente del Liceo Andrs Bello, del cual lleg a ser director. Un ao despus se convirti en Secretario de la Cmara de Diputados (1922), para luego desempearse como Cnsul de Venezuela en Nueva Orlens (1923-25). En 1927, Briceo regres a Trujillo y fue nombrado Secretario General del Estado, ejerciendo interinamente la presidencia del mismo. Ese mismo ao, fue Director de la Escuela de Ciencias Polticas. En 1928, fue designado presidente del estado Carabobo y, meses despus, Secretario de la Universidad Central de Venezuela. Mario Briceo Iragorry se incorpor a la Academia Nacional de la Historia y de la Lengua en 1932. Cuatro aos despus, fue designado ministro plenipotenciario en Centroamrica, con sede en San Jos de Costa Rica, donde actu hasta 1941. A raz del golpe de estado que derroc al gobierno de Isaas Medina Angarita (18 de octubre de 1945), Briceo Iragorry fue detenido y llevado preso al Cuartel de la Planicie. A los pocos das es liberado y se dedic a ejercer su profesin de Abogado. En 1946, el trujillano recibi el Premio Municipal de Literatura por su obra Casa de Len y su tiempo, y al ao siguiente, el Premio Nacional de Literatura por su libro El regente Heredia o la piedad heroica. En 1949fue nombrado embajador de Colombia. Iragorry apoy la candidatura presidencial de Jvito Villalba en las elecciones de 1952 y se exili tras el desconocimiento de la Junta Militar a Costa Rica (1953) y Madrid (1953-1958). En esos aos estuvo madurando sus ideales polticos sobre el nacionalismo a travs de diferentes publicaciones.

En abril de 1958, Mario Briceo Iragorry retorn a Venezuela. Dos meses ms tarde muri. Algunas de las publicaciones de Briceo Iragorry son: Horas (1921), Motivos (1922), Ventanas en la noche (1925), El Caballo de Ledesma (1951), Relacin geogrfica de la Provincia de Cuyas, Trujillo, Sentido y mbito del Congreso de Angostura, Lecturas Venezolanas, Sentido y presencia de Miranda, Tapices de Historia Patria, La Tragedia de Pealver, Por la ciudad hacia el mundo (1957). Los restos de este insigne venezolano yacen en el Panten Nacional desde el 6 de marzo de 1991.

Personajes reconocido

                       

David Concepcin, beisbolista. Bob Abreu, beisbolista. Miguel Acosta Saignes, antroplogo. Mara de San Jos Alvarado, Madre Mara de San Jos, activista religiosa catlica. Juan Arango, futbolista. Amador Bendayn, locutor y animador. Jos Mara Bentez, mdico bacterilogo. Juan Vicente Bolvar y Ponte, militar y terrateniente padre de Simn Bolvar. Hiplita Bolvar, esclava de la familia de Simn Bolvar. Federico Brito Figueroa, historiador, antroplogo y terico marxista. Miguel Cabrera, beisbolista. Joaqun Crespo, militar, poltico liberal y presidente de Venezuela. Simn Daz, cantante de msica tpica venezolana. Csar Girn, torero. Alexander Gonzlez, beisbolista. Wiki Gonzlez, beisbolista. Piln Len, modelo. Francisco Linares Alcntara, militar, poltico liberal y presidente de Venezuela. Alicia Machado, modelo. Santos Michelena, abogado y poltico conservador. Pastor Maldonado, piloto de carreras automovilsticas. Jos Nelo, apodado Morenito de Maracay, torero. Luis Pastori, economista. Francisco Pacheco, Cantautor.

  

LAURA EVANGELISTA ALVARADO CARDOZO los 17 aos, en 1892, hizo voto perpetuo de virginidad. Al ao siguien-te fund en Maracay el Hospital de San Jos. El 22 de enero de 1901 fundla congregacin religiosa de Agustinas. Cre numerosos hospitales y colegiosen casi todo el pas. El 19 de enero de 1994, despus de 27 aos de sepultu-ra,al exhumarsesusrestosmortalesseencontrqueestabanintactos.El17desetiembre de ese mismo ao su cuerpo fue trasladado a un sarcfago de cris-tal, para la

veneracin de los fieles, y el 7 de mayo de 1995 fue beatificadaenRomapor JuanPabloII.


 
Discurso Juridico
EL DERECHO Deriva de dos vocablos latinos, DIRECTUS (guiar, dirigir ) y RECTUS ( rectitud moral y fsica) El derecho tiene como fin ordenar las relaciones humanas en sociedad, y que estas se lleven a cabo de acuerdo con las normas morales y el bien comn. DERECHO OBJETIVO: Normas que resultan obligatorias para la vida del hombre en sociedad., independientemente del ser humano como sujeto, es el ordenamiento juridico considerado en si miso, es decir, derecho comercial,derecho civil o derecho penal, expresado asi las normas que imperan en un determinado territorio y en una determinada rama del derecho. DERECHO SUBJETIVO: Es la facultad de cada individuo para obrar de una determinada manera frente a los dems, permitiendo a cada hombre actuar, ejercitando su derecho frente a lasociedad, (dDESDE EL PUNTO DE VISTA OBJETIVO EL DERECHO ES EL CONJUNTO DE NORMAS, LEYES, RESOLUCIONES JUDICIALES, ETC, DESDE EL PUNTO DE VISTA SUBJETIVO SON LAS FACULTADES QUE TIENEN LAS PERSONAS PARA ACTUAR EN VIDA JURIDICA.erecho de propiedad, derecho a laKELSEN: La diferencia entre publico y privado es imprecisa, y contradictoria, pues la norma protege un inters individual, esa proteccin constituye a su vez un inters colectivo, es asi que cada norma de derecho publico se convierte en protectora de los intereses de los p JURISPRIUDENCIA ES EL CONJUNTOM DE FALLOS Y DECISIONES DE LOS TRIBUNALES, SON PRECEDENTES DE LAS DECICIONES DE LOS MAGISTRADOS, A IGUASL SITUACION PROBLEMTICA IGUAL RESOLUCION JNORMA JURIDICA:CONCEPTO Constituyen el principio arquitectnico del derecho, lo que le da forma y sentido, no regulan la actividad humana en su totalidad, si no aquello que es necesario reglamentar para alcanzar la justicia y el bien comn. Son bilaterales, determinan un derecho y un deber, son disyuntivas y heternomas., imputan sanciones y son coercibles. Las normas jurdicas se componen de normas morales, normas sociales y reglastcnicas, sancionadas por autoridad...

Ensayo Sobre El Discurso Juridico


Ensayo Sobre El Discurso Juridico
Si entendemos que la racionalidad alude ciertos estndares de reflexin,evaluacin y accin, que son consistentes para la obtencin para ciertos propsitos o fines, podramos afirmar que la racionalidad tiene un compromisocon la realidad y la verdad, pues se considera como racional que es lo real as como lo que es la verdad. En efecto, si la persona por medio de su raciocinio descubre la verdad, esa persona se le considerara racional. Por esto mismo, eldiscurso jurdico debe ser entendido como un discurso racional, pues veremos que sus fundamentos se basan en la obtencin de la verdad por medio de un razonamiento basado en la ley y las discusiones argumentadas. A lo largo de toda la historia, se ha tratado de entender la racionalidad como algo digno de ser evaluado, sintetizado y sobretodo, aplicable a toda persona. Se debe tener en consideracin, que el buscar la racionalidad va directamente ligado con la bsqueda de la verdad. Es por esto que Descartes impone la teora de la duda metdica, siendo esto un mtodo de orden sistemtico y consecutivo que busca dudar de todo hasta que se alcance, si es posible, el no poder seguir dudando. Este mtodo supone una estrategia: el sujeto racional tiene uncompromiso interno con esta duda y se aplica siempre, porque esta duda metdica est destinada para un objetivo fundamental, el cual es el descubrimiento de la verdad. Cabe destacar, que segn Descartes la verdad es sinnimo de lo indudable o indubitado, es decir, lo que tcticamente se tom como verdadero, no puede dudarse. Lo contraproducente de este modelo, es suracionalidad subjetivista, pues es el propio sujeto quien alcanza la verdad y la realidad. En contraposicin a esta teora, est Jrgen Habermas, dejando de lado el individualismo a la hora de buscar la verdad, afirmando que la nica manera de encontrarla, es por medio del dilogo. Para l, lo racional, es decir, lo verdadero y lo real, es toda afirmacin o accin que sea susceptible de crtica... LEER ENSAYO COMPLETO Eres miembro? Iniciar sesin ahora

Este ensayo y ms de 2.100.000 otros ensayos estn disponibles ahora en BuenasTareas.com.

y y y y y y y y y y y y y y y

Enviado por: maraneda9 (Contactar) Fecha de envo: 28/09/2011 02:01 PM Categora: Filosofa Palabras: 1186 Pginas: 5 Visitas: 62 Rango de popularidad: 209928 Denunciar este ensayo Guardar Trabajo

Ensayos relacionados
Discurso Juridico El Discurso Juridico Discurso Juridico Discurso Juridico

y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y y

Discurso Juridico Comunicacion y Aula Ensayo Ensayo Sobre El Discurso De Ensayo Capitulo 3 Regimen Ensayo Sobre El Discurso Del Discurso Juridico Discurso Juridico Discurso Juridico Discurso Juridico Discurso Juridico Ensayo Sobre El Discurso De Discurso Juridico Discurso Juridico Ensayo Sobre El Discurso Del Discurso Juridico El Discurso Juridico - Penal Ensayo Sobre El Discurso De Ensayo Sobre El Discurso De Discurso Juridico Discurso Juridico Ensayo Sobre Un Discurso Discurso Juridico Discurso Juridico Discurso Juridico Discurso Juridico

Discurso Juridico

PATRICIA TERAN

TARDE LO CONOCI

Yo no pens que usted, me fuera a despertar esta grande ilusin que tengo yo, que tengo yo yo no me imagin que en usted iba a encontrar ese tipo de hombre que queria yo, que queria yo. Cuanto diera por tenerlo mi vida mi vida entera la daba por descubrir el misterio que en esos ojos tan bonitos guarda s que tiene compromiso yo s que usted tiene quien lo quiera pero bien vale la pena arriesgarme por tener su cario. Y nose como declararme nose porque le tengo respeto pero es que el amor mio es tan grande tambin que casi no entiende de eso por eso perdoneme si no hago bien pero por usted me muero. Porque lo vine a conocer seor cuando su vida toda de ella es si primero lo hubiera visto yo seguramente fuera su mujer (bis) Pero no me importa porque s que un da muy cercano lo tendr Tengo la esperanza de poder tenerlo y poder sentir su piel. (Juan Camilo, Francisco Jos y Bibian los hijos de Domingo Hernndez; Ivan Andrs Calderon, escucha a tu creador) Nose lo que me da cuando estoy cerca a usted nose lo que me da nose que hacer nose que hacer lo comienzo a mirar y me hace estremecer nose que va a pasar si a mi me ven si a mi ven mirndole fijamente dicindole mucho con la mirada entonces todos comprenden que por usted mi alma est enamorada. Tengo que ser muy discreta si no quiero que se enteren toditos

y eso me daria tristeza si nunca llego a tener su cario Lo quedo mirando y nose que me da usted me pone nerviosa pero a cualquier mujer le puede pasar si como yo se enamora por eso a Dios yo le pido de verdad que esto no le pase a otra Porque lo vine a conocer seor cuando su vida toda de ella es si primero lo hubiera visto yo seguramente fuera su mujer (bis) Pero no me importa porque s que un da muy cercano lo tendr Tengo la esperanza de poder tenerlo y poder sentir su piel

CINTILLOS.
Hola amiga! La gua la envo al correo electrnico, est elaborada por mi, en formato word, con instrucciones y fotos para aprender 5 modelos de tejidos Puedes depositar o transferir a la cta cte de banesco 0134 0386 4838 6104 3214 a nombre de Norma Contreras, c.i 11.740.225 Es facil! Todo es cuestin de practica. Los cintillos flexibles los tengo en 2 medidas, de 15mm en 40,00 la docena y los de 20mm en 45,00 la docenaPor mrw o por ipostel

Ensayo Sobre El Discurso Juridico Si entendemos que la racionalidad alude ciertos estndares de reflexin,evaluacin y accin, que son consistentes

para la obtencin para ciertos propsitos o fines, podramos afirmar que la racionalidad tiene un compromisocon la realidad y la verdad, pues se considera como racional que es lo real as como lo que es la verdad. En efecto, si la persona por medio de su raciocinio descubre la verdad, esa persona se le considerara racional. Por esto mismo, eldiscurso jurdico debe ser entendido como un discurso racional, pues veremos que sus fundamentos se basan en la obtencin de la verdad por medio de un razonamiento basado en la ley y las discusiones argumentadas. A lo largo de toda la historia, se ha tratado de entender la racionalidad como algo digno de ser evaluado, sintetizado y sobretodo, aplicable a toda persona. Se debe tener en consideracin, que el buscar la racionalidad va directamente ligado con la bsqueda de la verdad. Es por esto que Descartes impone la teora de la duda metdica, siendo esto un mtodo de orden sistemtico y consecutivo que busca dudar de todo hasta que se alcance, si es posible, el no poder seguir dudando. Este mtodo supone una estrategia: el sujeto racional tiene uncompromiso interno con esta duda y se aplica siempre, porque esta duda metdica est destinada para un objetivo fundamental, el cual es el descubrimiento de la verdad. Cabe destacar, que segn Descartes la verdad es sinnimo de lo indudable o indubitado, es decir, lo que tcticamente se tom como verdadero, no puede dudarse. Lo contraproducente de este modelo, es suracionalidad subjetivista, pues es el propio sujeto quien alcanza la verdad y la realidad. En contraposicin a esta teora, est Jrgen Habermas, dejando de lado el individualismo a la hora de buscar la verdad, afirmando que la nica manera de encontrarla, es por medio del dilogo. Para l, lo racional, es decir, lo verdadero y lo real, es toda afirmacin o accin que sea susceptible de crtica...
LEER ENSAYO COMPLETO

DISCURSO JURIDICO
La argumentacin jurdica resulta importante porque permite suplir la falta deprueba fehaciente respecto a la veracidad o falsedad del objeto de laargumentacin. Constituye tambin parte de la necesidad social de comunicacinal servicio de la actividad cognoscitiva y prctica, ya que constituye objeto de laargumentacin un hecho, un acto, un fenmeno, etc., que pueda generar puntosde visto a favor y en contra . La argumentacin jurdica tiene como finalidad conseguir que la declaracin de loshechos expuestos sea admitida por el juez. La argumentacin est orientadaespecficamente
a persuadir a los dems sobre lo que dice el argumentante eneste caso el abogado y si fuere el caso, lograr que se obre de acuerdo a lo quese persuadi.El objetivo del discurso oratorio - la persuasin- se alcanza cuando se produceuna conexin fsica, emocional y racional, se logra un verdadero encuentrointerpersonal. El orador se da a los oyentes y stos aceptan al orador. El orador debe asumir que los oyentes son distintos a l y, al mismo tiempo, iguales que l;con su imagen, con sus expresiones, con sus tonos y con sus palabras tiene quedemostrar los oyentes le merecen todo su respeto.El que habla ha de reconocer explcitamente ante quien se dirige, en este caso elabogado

hacia su defendido, para obtener la mayor informacin de los hechos quele permita analizarlos. Su discurso como interlocutor es establecer un dilogo quE 13puede aceptar sus mensajes o contradecirlos, discutirlos o matizarlos,enriquecerlos o empobrecerlos. El discurso oratorio es intencin y es racionalidad pero tambin posee algo deintuicin, de magia y. por lo tanto, de irracionalidad. La recepcin de un discursoes tambin un proceso racional e irracional. Suele resultar difcil de explicar por qu vibramos al escuchar determinados discursos, en especial cuando vienen de juristas que imparten sus conocimientos que tiene que enfocar desde diferentesperspectivas tanto polticas como legales y dirigidos a un pblico heterogneopero con sentido muy crtico a cerca del mensaje jurdico que pudiera orientarlo enla bsqueda de una solucin particular o comunitaria.El campo de accin del abogado cada da es ms amplio y es fundamental tener la capacidad y la herramientas para dirigirse a un pblico actual con gran acceso ala informacin por diferentes medios de comunicacin, que con gran sentido crticoevala la calidad del mensaje del orador jurdico cuando este expone sus razonesde aplicabilidad del derecho dentro de la realidad social general o particular.En el campo jurdico y, en particular, en los sistemas de justicia que contemplandiversas instancias orales en el proceso, como en el Venezolano en el rea penal,con el juicio oral y pblico, los actores intervinientes deben contar con un conjuntode competencias y habilidades para disear estrategias, establecer dilogos,narrar los hechos de manera clara y verosmil, participar en el examen de laspruebas, realizar interrogatorios y contrainterrogatorios, estructurar susintervenciones, exponer convenientemente los fundam entos de derecho en losque ha basado su teora del caso refutar los argumentos de la parte contraria yproducir alegatos comprensibles y persuasivos.SI bien la oralidad tiene la ventaja de que pone a las partes frente a frente paraque le hablen directamente al rgano juzgador - juez, tribunal o jurado- sinIntermediarios, la formacin del abogado tiende, en general, a soslayar elentrenamiento en el uso y perfeccionamiento del discurso oral por considerar que

14las dotes oratorias constituyen una habilidad natural en todo aqul que haabrazado la carrera de abogado. Ante la vigencia del Cdigo Orgnico Procesal Pena en el cual el juicio oral es elmomento culminante del proceso penal acusatorio, el fiscal, los abogadosdefensores y el mismo juez, hacen uso del discurso bien sea para presentar susinformes, conducir interrogatorios o intervenir en el proceso con comentario jurisprudenciales o citas. Aqu es donde la oratoria y las capacidades del abogado juegan un papel fundamental en el esclarecimiento de los hechos y la bsquedade la verdad en el desarrollo del proceso penal.En tal sentido es fundamental hoy el dominio de tcnicas para lograr exponer losargumentos jurdicos ante el juez y el pblico

Los derechos de la mujer


La Declaracin Universal de los Derechos Humanos, 1948, signific el reconocimiento de que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y en consecuencia prohibi la discriminacin; sin embargo encontraremos deficiencias y obstculos como el trato de inferioridad a una persona o colectivo por razn de sexo. El argumento propuesto en laConferencia Mundial de los Derechos Humanos de Viena (1993) y recogido en la Conferencia de Beijing, donde se reconoce que los derechos de las mujeres son derechos humanos, reiterando el mensaje dado que necesitan ser reconocidas por s mismas y su propia historia, como sujetos de derecho.

La Constitucin Espaola de 1978, proclama la dignidad de la persona y los derechos inviolables que le son inherentes, prohibiendo la discriminacin por razn de sexo, se ha transformado la constitucin de manera que se eliminaba el trato discriminatorio ante una constitucin democrtica y de derecho. A pesar de estar plenamente conseguida la igualdad formal y las indudables transformaciones legales, sociales y culturales, la situacin de subordinacin y exclusin que han padecido las mujeres en todos los tiempos, como consecuencia de estructuras discriminatorias, y la pervivencia , cuando no perpetuacin, de determinados roles tradicionales junto a la perenne infravaloracin de la actividad femenina, limitan en la prctica la capacidad de las mujeres para ejercitar plenamente y en igualdad con los varones, los derechos fundamentales de las que son titulares.

Si bien la prohibicin de discriminacin por razn de sexo en nuestro ordenamiento jurdico protege tanto a los hombres como a las mujeres, la historia real de la discriminacin de las mujeres, dentro de la cual se enmarca la violencia que se ejerce contra las mismas es bien distinta. El tribunal supremo vino a sealar que la discriminacin por razn de sexo comprende aquellos tratamientos peyorativos que se fundan, no solo en la pura y simple constatacin del sexo de la vctima, sino en la concurrencia de razones y circunstancias que tenga en el sexo de la persona una p

osibles conexin directa o inequvoca (STS 136/1996, 23 de julio). El Tribunal Constitucional en su sentencia 128/1987 vino a declarar que la prohibicin de discriminacin por razn de sexo halla su razn concreta en la voluntad de terminar con la histrica situacin de inferioridad en que, en la vida social y jurdica, se haba colocado a la poblacin femenina, situacin histrica que no puede ignorarse si no quieren dejar vacos de contenido los preceptos constitucionales contrarios a la discriminacin de la mujer.

En 1998, la Comisin de la Condicin Jurdica de la Mujer de la ONU advirti sobre la importancia de introducir la perspectiva de genero en todas las polticas pblicas, especialmente en tratar la violencia contra las mujeres, la violencia de genero, que ejercen hombres fundamentalmente a causa de la cultura y por la historia, (STS, Sala 2, de 26 de diciembre de 2002). La igualdad en la ley o igualdad de trato, implica trato igual en situaciones iguales, en ese sentido el Tribunal Constitucional ha establecido ciertos requisitos que sirven para determinar si una desigualdad de trato vulnera o no el mandato del Art.14 de la Constitucin. Al legislador le est permitido establecer un trato distinto para los ciudadanos en aquellos casos en los que tenga que resolver situaciones de hechos diferentes. En este sentido el Tribunal Constitucional (TC, en adelante) en su Sentencia 75/1983 de 3 de agosto, seala que resulta impensable que exista justificacin objetiva razonable, de acuerdo con criterios y juicios de valor generalmente aceptados, dejando al legislador con carcter general la apreciacin de situaciones distintas que sea procedente diferenciar y tratar diferente, basando la jurisprudencia en el criterio de razonabilidad. Reconociendo expresamente la referidaSTC 229/1992 en su fundamento jurdico 2, que la consecucin del igualitario entre hombres y mujeres permite el establecimiento de un derecho desigual igualitario, para lograr una efectiva equiparacin entre mujeres, socialmente desfavorecidas. (STC 181/2000,21/2001, de 29 de enero, 49/2002, de 25 de febrero y 156/2003, de 15 de septiembre), doctrina de jurisprudencia reiterada a la igualdad consagrada en el artculo 14 C.E.

Resoluciones de jurisprudencia constitucional, para remediar las discriminaciones, histricamente arraigadas en la sociedad, de grupos concretos, especficamente del sexo femenino, pueden justificar acciones positivas, medidas que tiendan a corregir situaciones desfavorables concediendo determinadas ventajas a los sectores desfavorecidos, persiguiendo suprimir aquellas circunstancias de carcter social general que llevan a que los componentes de grupos determinados se encuentren con un trato social desfavorable. De acuerdo con el concepto de igualdad ha desarrollado en TC, entre otras, en las siguientes sentencias: STC. 128/87, de 16 de julio, STC. 19/89, de 31 de enero, STC 28/1992, de 9 de marzo, STC 269/94, de 3 de octubre. En el 2004 se aprob la importantsima norma de Proteccin de la mujer vctima de actos violentos. LO 1/2004, de 28 de diciembre, tiene por objeto actuar contra la violencia, que con discriminacin, la situacin de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres hombre las mujeres. Pretendiendo hacer efectiva la igualdad real entre mujeres y hombres, mediante la eliminacin de la discriminacin contra la mujer. (STS 1156/2005, de 19 de septiembre) -

Jurisprudencia feminista-discurso juridico

También podría gustarte