En la NIA 700 se trata todo lo relacionado con una opinión estándar, es decir un dictamen sin modificaciones, sin salvedades o abstención.  En esta NIA 705 se desarrollará toda la temática relacionada con un dictamen modificado, un dictamen u opinión calificada.

Existen tres tipos de opinión modificada:

  1. Opinión con salvedades
  2. Opinión desfavorable (adversa)
  3. Denegación (abstención) de opinión.

La decisión sobre el tipo de opinión modificada que resulta adecuado depende de:

  1. La naturaleza de la cuestión que origina la opinión modificada, es decir, si los estados financieros contienen desviaciones materiales o, en el caso de la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, si pueden contener desviaciones materiales.
  2. El juicio del auditor sobre la generalización de los efectos o posibles efectos de la cuestión en los estados financieros.

Definición de conceptos usados en el texto de la NIA 705.

  • Generalizado: Este término es utilizado, al referirse a las desviaciones (ó errores no corregidos), para describir los efectos de éstas en los estados financieros o los posibles efectos de las incorrecciones que, en su caso, no se hayan detectado debido a la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada. Son efectos generalizados sobre los estados financieros aquellos que, a juicio del auditor:
    • No se limitan a elementos, cuentas o partidas específicos de los estados financieros.
    • En caso de limitarse a elementos, cuentas o partidas específicos, éstos representan o podrían representar una parte sustancial de los estados financieros.
    • En relación con las revelaciones de información, son fundamentales para que los usuarios comprendan los estados financieros.
  • Opinión modificada: opinión con salvedades, opinión desfavorable (adversa) o denegación (abstención) de opinión sobre los estados financieros.

¿Cómo llega el auditor a la conclusión de una opinión modificada?

El proceso para llegar a una opinión modificada requiere tener un adecuado análisis y sustento, seguir los siguientes lineamientos es relevante para evitar errores en el proceso de evaluación y definición de una opinión modificada.

Opinión con salvedades:

El auditor expresará una opinión con salvedades cuando:

  1. Habiendo obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada, concluya que las desviaciones (incorrecciones, individualmente o de forma agregada, son materiales ó significativas, pero no generalizadas, para los estados financieros.
  2. El auditor no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada en la que basar su opinión, pero concluya que los posibles efectos sobre los estados financieros de las desviaciones (incorrecciones) no detectadas, si las hubiera, podrían ser materiales, aunque no generalizados.

Opinión desfavorable (adversa)

El auditor expresará una opinión desfavorable (adversa) cuando, habiendo obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada, concluya que las incorrecciones, individualmente o de forma agregada, son materiales y generalizadas en los estados financieros.

Denegación (abstención) de opinión.

El auditor denegará la opinión (se abstendrá de opinar) cuando no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada en la que basar su opinión y concluya que los posibles efectos sobre los estados financieros de las desviaciones (incorrecciones) no detectadas, si las hubiera, podrían ser materiales y generalizados.

El auditor denegará la opinión (se abstendrá de opinar) cuando, en circunstancias extremadamente poco frecuentes que supongan la existencia de múltiples incertidumbres, el auditor concluya que, a pesar de haber obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada en relación con cada una de las incertidumbres, no es posible formarse una opinión sobre los estados financieros debido a la posible interacción de las incertidumbres y su posible efecto acumulativo en los estados financieros.

Cuáles son las consecuencias de la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada debido a una limitación impuesta por la dirección después de que el auditor haya aceptado el encargo?.

Puede ocurrir, que una vez el auditor se ha posesionado en el cargo, éste se percata con evidencia sólida que la Dirección de la Compañía ha impuesto una limitación al alcance de la auditoria o intenta manipular su trabajo, el auditor debe considera que probablemente suponga la necesidad de expresar una opinión con salvedades o denegar la opinión (abstenerse de opinar) sobre los estados financieros, el auditor solicitará a la dirección que elimine la limitación.

Si el auditor no puede obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, determinará las implicaciones de este hecho como sigue:

  1. Si el auditor concluye que los posibles efectos de incorrecciones no detectadas en los estados financieros, si las hubiera, podrían ser materiales, pero no generalizados, el auditor expresará una opinión con salvedades.
  2. Si el auditor concluye que los posibles efectos de incorrecciones no detectadas en los estados financieros, si las hubiera, podrían ser materiales y generalizados, de tal forma que una opinión con salvedades no sería adecuada para comunicar la gravedad de la situación, el auditor:

i) Debe renunciar al trabajo de auditoría, cuando las disposiciones legales o reglamentarias aplicables lo permitan y ello sea factible.

ii) Si no es factible o posible la renuncia a la auditoría antes de emitir el informe de auditoría, denegará la opinión (se abstendrá de opinar) sobre los estados financieros.

Estructura y contenido del informe de auditoría cuando se expresa una opinión modificada

Opinión del auditor 

Cuando el auditor exprese una opinión modificada, la sección de opinión tendrá el título “Opinión con salvedades”, “Opinión desfavorable (adversa)” o "Denegación (abstención) de opinión”, según corresponda.

Opinión con salvedades

Cuando el auditor exprese una opinión con salvedades debido a una incorrección material en los estados financieros, el auditor manifestará que, en su opinión, excepto por los efectos de la  cuestión o cuestiones descritas en la sección “Fundamento de la opinión con salvedades”:

  • Cuando informe de conformidad con un marco de imagen fiel, los estados financieros adjuntos presentan fielmente, en todos los aspectos materiales, de conformidad con (el marco de información financiera aplicable);
  • Cuando informe de conformidad con un marco de cumplimiento, los estados financieros adjuntos han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con [el marco de información financiera aplicable]
  • Si la opinión modificada se debe a la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, el auditor utilizará para la opinión modificada la siguiente frase: “excepto por los posibles efectos de la cuestión o cuestiones”

Opinión desfavorable (adversa)

Cuando el auditor exprese una opinión desfavorable (adversa), manifestará que, en su opinión, debido a la significatividad de la cuestión o cuestiones descritas en la sección “Fundamento de la opinión desfavorable (adversa)”: 

  1. cuando informe de conformidad con un marco de imagen fiel, los estados financieros adjuntos no presentan fielmente, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información financiera aplicable;
  2. cuando informe de conformidad con un marco de cumplimiento, los estados financieros adjuntos no han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información financiera aplicable.

Denegación (abstención) de opinión 

Cuando el auditor deniegue la opinión (se abstenga de opinar) porque no haya podido obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, manifestará que:

  1. El auditor no expresa una opinión sobre los estados financieros adjuntos;
  2. Debido a la significatividad de la cuestión o cuestiones descritas en la sección “Fundamento de la denegación (abstención) de opinión”, el auditor no ha podido obtener evidencia de auditoría que proporcione una base suficiente y adecuada para expresar la opinión de auditoría sobre los estados financieros, y
  3. Corregirá la declaración que indica que los estados financieros han sido auditados, para manifestar que el auditor fue contratado para auditar los estados financieros.

Fundamento de la opinión 

Cuando el auditor emita una opinión modificada sobre los estados financieros, además de los elementos específicos requeridos por la NIA 700:

  1. Sustituirá el título "Fundamento de la opinión" requerido por el apartado 28 de la NIA 700 (Revisada) por "Fundamento de la opinión con salvedades", "Fundamento de la opinión desfavorable (adversa)" o "Fundamento de la denegación (abstención) de opinión", según corresponda.
  2. Dentro de dicha sección, incluirá una descripción de la cuestión que motiva la opinión modificada.
  • Si existe desviaciones materiales en los estados financieros que afecta a cantidades concretas de los estados financieros (incluidas revelaciones de información cuantitativa en las notas explicativas de los estados financieros), el auditor incluirá en la sección “Fundamento de la opinión” una descripción y cuantificación de los efectos financieros de la incorrección, salvo que no sea factible. Si la cuantificación de los efectos financieros no es factible, el auditor lo indicará en esa sección.
  • Si existe desviaciones materiales en los estados financieros en relación con la información descriptiva revelada, el auditor incluirá en la sección “Fundamento de la opinión” una explicación de las razones por las que tal información es incorrecta.
  • Si existe desviaciones materiales en los estados financieros en relación con la falta de revelación de información requerida, el auditor: i) discutirá la falta de revelación de información con los responsables del gobierno de la entidad;  ii) describirá en la sección “Fundamento de la opinión” la naturaleza de la información omitida; y  iii) salvo que disposiciones legales o reglamentarias lo prohíban, incluirá la información a revelar omitida, siempre que sea factible y que el auditor haya obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre la información a revelar omitida.
  • Si la opinión modificada tiene su origen en la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, el auditor incluirá en la sección “Fundamento de la opinión” los motivos de dicha imposibilidad.
  • Cuando el auditor exprese una opinión con salvedades o una opinión desfavorable (adversa), rectificará la declaración sobre si la evidencia de auditoría que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para su opinión para incluir los términos "con salvedades" o "desfavorable (adversa)", según corresponda.
  • Cuando el auditor deniegue la opinión (se abstenga de opinar) sobre los estados financieros, el informe de auditoría incluirá los siguientes elementos son: i) una referencia a la sección del informe de auditoría en la que se describen las responsabilidades del auditor; y  ii) una declaración de que la evidencia de auditoría obtenida proporciona una base suficiente y adecuada para la opinión del auditor. 
  • Aun cuando el auditor haya expresado una opinión desfavorable (adversa) o haya denegado la opinión (se haya abstenido de opinar) sobre los estados financieros, describirá en la sección “Fundamento de la opinión” los motivos de cualquier otra cuestión de la que tenga conocimiento que hubiera requerido una opinión modificada, así como los efectos correspondientes.

En la siguiente tabla se resume la mezcla de opciones para calificar la opinión según la naturaleza del asunto, lo material del impacto y la generalización sobre los estados financieros.

Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad

Cuando el auditor prevea tener que expresar una opinión modificada en el informe de auditoría, se comunicará con los responsables del gobierno de la entidad acerca de las circunstancias que le llevan a prever dicha opinión modificada y la redacción de la modificación.


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José Mauricio Farfán Cárdenas - contacto@Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - 57 3188491237

Fundador y Director General de la firma JMFarFán Assurance S.A.S. Contador público con especializaciones en revisoría fiscal y en gestión de finanzas. Certificado en IFRS por el instituto ICAEW, Country Manager en una firma de BPO, 20 años de experiencia en firmas internacionales de auditoría y consultoría, realiza catedra universitaria en postgrados. Colaborador de Auditool.

Bogotá, Colombia

 

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