Pregunta por: Edwin Antonio Ascencio
qué es la nulidad absoluta y relativa
La nulidad relativa es aquella que puede ser saneada por la voluntad de las partes y la absoluta aquella que no puede ser saneada por la voluntad de las partes y que incluso debe ser declarada de oficio por el juez, que conociendo de un asunto cualquiera, se percata de la existencia de este tipo de nulidad.
Mucha gente se pregunta entonces, ¿quién puede pedir la nulidad relativa?
«La nulidad relativa no puede ser declarada por el juez o prefecto sino a pedimento de parte; ni puede pedirse su declaración por el Ministerio Público en el solo interés de la ley; ni puede alegarse sino por aquéllos en cuyo beneficio la han establecido las leyes, o por sus herederos o cesionarios; y puede sanearse ...De igual manera, ¿qué es la nulidad absoluta y la nulidad relativa?
La nulidad relativa es aquella que puede ser saneada por la voluntad de las partes y la absoluta aquella que no puede ser saneada por la voluntad de las partes y que incluso debe ser declarada de oficio por el juez, que conociendo de un asunto cualquiera, se percata de la existencia de este tipo de nulidad.Sabiendo esto, ¿qué es la nulidad relativa en los contratos?
La nulidad relativa hace referencia al vicio que sufre el contrato que puede ser saneado o solventado por las partes. El tercer inciso del artículo 1741 del código civil señala lo siguiente: «Cualquiera otra especie de vicio produce nulidad relativa, y da derecho a la rescisión del acto o contrato.»