Pregunta por: Aldo Daniel Andon
qué es la reincidencia y habitualidad
“Artículo 46-B. - Reincidencia. El que, después de haber cumplido en todo o en parte una condena privativa de libertad, incurre en nuevo delito doloso en un lapso que no excede de cinco años tiene la condición de reincidente.
Otra pregunta sería, ¿qué es la reincidencia delictiva?
Desde la concepción más simple, la reincidencia se refiere a la repeti- ción de un acto delictivo por parte del delincuente. Este concepto puede in- ferirse desde la simple observación y la reunión de algunos conocimientos básicos, pues sin hacer uso de herramientas idiomáticas es posible aclarar dicho significado.Sin embargo, ¿qué es la habitualidad en el derecho penal?
El término habitual indica que hay una costumbre en la persona en delinquir adquirida por repetir estos actos delictivos. No significa simplemente que se repitan delitos o que sean varios, sino que el sujeto ya tiene que presentar la costumbre de delinquir.Otra pregunta sería, ¿qué es la reincidencia en el derecho penal?
La Reincidencia es la reiteración de una misma culpa o defecto. Como concepto de derecho penal es un agravante de la responsabilidad criminal, aplicado al reo que reincide en cometer un delito análogo a aquel por el que ya ha sido condenado.