Pregunta por: Roger Alberto Maqueo
cuál es el bien juridico protegido en el delito de peculado
El bien jurídico protegido general por el delito de peculado es el recto y normal desarrollo de la administración pública. En cuanto al bien jurídico específico se afirma sin mayor reflexión que sería el patrimonio del Estado.
Igualmente, ¿cuándo se consuma el delito de peculado?
Cuando el destinatario de los caudales o efectos es otra persona, el delito se consuma cuando se hace entrega de los bienes públicos, “momento en que ellos salen de la esfera de dominio estatal”[30]. En el caso del delito de peculado culposo, este se consumará con la sustracción del bien por parte de un tercero[31].Así, ¿quién Cómete el delito de peculado?
- Cualquier persona que sin tener el carácter de servidor público federal y estando obligada legalmente a la custodia, administración o aplicación de recursos públicos federales, los distraiga de su objeto para usos propios o ajenos o les dé una aplicación distinta a la que se les destinó.Sin embargo, ¿qué protege el delito de peculado?
El bien jurídico protegido, en el delito de peculado, es el probo desarrollo de la actividad patrimonial de la administración pública por parte de los funcionarios públicos que, en razón de su cargo, tienen el manejo de los bienes públicos[6].