Pregunta por: Maria Josef Monsreal
quién tiene derecho a la sucesion legitima
Artículo 1602. - Tienen derecho a heredar por sucesión legítima: I. Los descendientes, cónyuges, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y la concubina o el concubinario, si se satisfacen en este caso los requisitos señalados por el artículo 1635.
Igualmente, ¿qué parte corresponde a la legitima?
Los hijos tienen derecho, en concepto de legítima, a las dos terceras partes del haber hereditario del padre y de la madre. Si alguno de los hijos hubiera muerto antes, los descendientes de éste tienen el mismo derecho que le hubiera correspondido a aquél.Llegados a este punto, ¿quién tiene más derecho a heredar?
Primero los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes, Segundo, y sólo en el caso de no existir descendientes, lo son los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes. Y, por último, lo es, con sus propias características el viudo o viuda.En la misma linea, ¿cuál es el porcentaje correspondiente a la legitima en Venezuela?
La legitima es solo el 50% que el testador no puede disponer. Pero puede disponer del otro 50% y está en su voluntad distribuirla como quiera. La legítima es solo para los hijos, los ascendientes y el cónyuge.