Pregunta por: Irais Ba%uelos
cuál es la jornada diurna
Artículo 60. - Jornada diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas. ... Jornada mixta es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna.
En consecuencia, ¿cómo está conformada la jornada diurna?
Diurna: de 6:00 a 20:00 horas. Nocturna: de 20:00 a 6:00 horas. Mixta: tiene períodos tanto de la jornada diurna como de la nocturna, cuidando que el período nocturno sea menor a tres horas y media.Aunque, ¿cuál es el horario diurno?
Diurna: de 6:00 a 20:00 horas. Nocturna: de 20:00 a 6:00 horas. Mixta: tiene períodos tanto de la jornada diurna como de la nocturna, cuidando que el período nocturno sea menor a tres horas y media.Lo que hace preguntarse, ¿cuántas horas debe durar como máximo una jornada diurna?
Es la que se establece para trabajadores que laboran completamente durante el día. Entendido este periodo desde las seis de la mañana hasta las ocho de la noche. La duración máxima de esta jornada será de ocho horas diarias.